Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/06/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 22 de junio de 2023

LA SUBSECRETARIA DE TURISMO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE
ARTICULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado Apart Hotel Minerva, la firma titular MOLDEME COMPAÑIA HOTELERA SA CUIT N 30-71207274-8, cuya presidente es Vanesa Carmen BENTIVEGNA DNI 22.913.696, ubicado en la calle 3 N 2173 de la localidad de San Clemente del Tuyu, partido de La Costa, como HOTEL Y APART HOTEL DOS ESTRELLAS del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Determinar que, la firma titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado, deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por la firma solicitante en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4º. Dejar constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/2014, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que la titular de la firma explotación comercial deberá solicitar la recategorización respectiva tres 3 meses antes del vencimiento de dicho plazo. Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Dejar asentado que el establecimiento, dentro del periodo de vigencia de la categoría otorgada, deberá contar con una habitación para personas con discapacidad motriz conforme con lo establecido por la Ley Nacional Nº 22.431 artículos 20 y 21, Ley Provincial Nº 10.592 artículo 24 y su Decreto Reglamentario Nº 1149/90 artículo 1, Ley de Adhesión de la Provincia de Buenos Aires Nº 14.095 y Resolución de la entonces Secretaría de Turismo Nº 23/2014. El no cumplimiento constituirá falta punible conforme Decreto Nº 13/2014.
ARTÍCULO 6º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
Maria Soledad Martinez, Subsecretaria
RESOLUCIÓN Nº 66-SSTMPCEITGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 13 de Junio de 2023
VISTO el expediente electrónico Nº EX-2023-09072210-GDEBA-DRYFMPCEITGP, la Ley Nº 14.209, los Decretos Nros.
13/2014 y 54/2020, modificado por su par Nº 90/2022 y las Resoluciones Nros. 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo y 10/2019 de la Subsecretaría de Turismo, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;
Que su Decreto reglamentario N 13/2014 establece que la autoridad de aplicación de la misma será la Secretaría de Turismo u organismo que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto N 54/2020, modificado por su par Nº 90/2022, aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y estableció que corresponde a la Subsecretaría de Turismo dependiente del mismo entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley Nº 14.209 y sus modificatorias;
Que por la Resolución N 23/2014 del entonces Secretario de Turismo, se creó el Registro de Prestadores Turísticos en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en el territorio provincial, y, dentro del mismo, el Registro de Hotelería y Afines, estableciendo las formas de clasificación y categorización de los alojamientos turísticos;
Que a través de la Resolución N 10/2019 del entonces ministro de Producción se aprobaron los nuevos requerimientos documentales, circuito administrativo, formularios y demás documentación para la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines, derogando el artículo 14 de la Resolución N 23/2014;
Que, por las presentes, Pablo CAIVANO, DNI 20.330.317 se presenta en carácter de apoderado de la firma titular de explotación comercial ZONG LAI CUIT N 30-71227240-2, solicitando la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines del establecimiento denominado Bagu Santander ubicado en la calle Garay N1644 de la localidad de Mar del Plata y partido de General Pueyrredón;
Que en las actuaciones referidas obra en orden 3, formulario de inscripción con carácter de declaración jurada con firma certificada ante funcionario actuante IF-2023-09020198-GDEBA-DCTMPCEITGP, en orden 4 contrato de locación del establecimiento como vínculo que legitima la posesión del mismo y habilitación municipal IF-2023-09204981-GDEBADCTMPCEITGP, en orden 5 estatuto constitutivo de la sociedad IF-2023-09033341-GDEBA-DCTMPCEITGP, en orden 6
poder administrativo IF-2023-09020159-GDEBA-DCTMPCEITGP, en orden 7 copia del documento nacional de identidad del solicitante en carácter de apoderado IF-2023-09020186-GDEBA-DCTMPCEITGP, en orden 8 fotografías color que permitan contrastar con el formulario de inscripción y determinar el estado del edificio y su entorno, la fachada, lugares e instalaciones de uso común para el huésped, mobiliarios, sistema de calefacción y de refrigeración, instalaciones sanitarias, desayunos que ofrecen, habitaciones/unidades tipo, sistema de ingreso IF-2023-09020175-GDEBA-DCTMPCEITGP y en orden 9 constancia de CUIT IF-2023-09223298-GDEBA-DCTMPCEITGP;
Que, en cuanto al uso del Libro de Reclamos y Sugerencias, se reemplaza el de formato papel por uno de formato digital,
SECCIÓN OFICIAL > página 53

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/06/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data22/06/2023

Conteggio pagine177

Numero di edizioni3418

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione26/07/2024

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