Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/06/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 15 de junio de 2023

2023-07812482-GDEBA-DRYFMPCEIYGP y en orden 8 fotografías tanto del interior como del exterior del establecimiento IF-2023-07812862-GDEBA-DRYFMPCEITGP;
Que, en cuanto al uso del Libro de Reclamos y Sugerencias, se reemplaza el de formato papel por uno de formato digital, que se pondrá a disposición del establecimiento una vez finalizada la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines;
Que conforme lo declarado en el formulario de inscripción, el establecimiento tiene una antigedad de cincuenta 50 años, su última refacción en el año 2023, permanece abierto en temporada alta, dispone de treinta y una 31 habitaciones, con un total de ciento diez 110 plazas y una 1 planta edificada;
Que cuenta con recepción y sala de estar integrada, equipada con teléfono, caja de seguridad general y televisor de veintiuna pulgadas 21, una 1 sala de estar independiente con televisor, barra, mesas, sillas y sillones, salón desayunador con capacidad para sesenta y seis 66 personas y dos 2 baños, galería con jardín, equipado con mesas y sillas;
Que en cuanto a lo que a seguridad refiere, dispone de luz de emergencia, matafuegos y señalización;
Que según se detalla, el establecimiento está equipado con sistema de refrigeración por ventiladores de techo;
Que brinda los servicios de desayuno continental, servicio a la habitación veinticuatro horas 24 hs., internet inalámbrico por WI-FI, guardavalijas, cambio de ropa de cama cada tres 3 días y estacionamiento descubierto para doce 12
automóviles;
Que todas las habitaciones disponen de mesa de luz, placard, espejo de cuerpo entero, silla/butaca/sillón, mesa de trabajo y colchones placa. Los baños están provistos de ducha con/sin pediluvio y artículos de tocador;
Que, respecto de las instalaciones y servicios para personas con discapacidad, el establecimiento no dispone de una 1
habitación totalmente adaptada para personas con discapacidad motriz o movilidad reducida, por lo que, dentro del periodo de vigencia de la categoría otorgada, la firma titular del mismo deberá adecuarlo a la normativa nacional y provincial vigente;
Que en concordancia con el informe IF-2023-08877593-GDEBA-DRYFMPCEITGP emitido por la Dirección de Registro y Fiscalización, que ha sido elaborado con fundamento exclusivo en lo declarado en el formulario de inscripción, se estima pertinente clasificar y categorizar al establecimiento dentro del alojamiento turístico hotelero como Hotel Una Estrella; de conformidad con lo normado por los artículos 6º inciso a, 9º inciso A, 11, 15, 16, 18, 34, 35, 36, 38, 43 y concordantes del Anexo 1 de la Resolución Nº 23/14 del entonces Secretario de Turismo, modificada por su par N 10/2019;
Que asimismo manifiesta que la información brindada por el prestador surte efectos de presunción de verdad, pudiendo este Organismo verificar de oficio la veracidad de lo manifestado, dejando establecido que su falta lo hará pasible de sanción, según lo reglado en el artículo 11 del Decreto Nº 13/2014;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, prestando conformidad a la continuidad del presente trámite;
Que la presente gestión se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 14.209, y los Decretos Nº 13/14 y 54/2020 modificado por su par N 90/2022.
Por ello, LA SUBSECRETARIA DE TURISMO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado Hotel Eluney, cuyo titular de la explotación comercial es Maximiliano Damián MORMANDI CUIT N 20-31344035-5, ubicado en la calle 18 N 271 de la localidad de San Clemente del Tuyú, partido de La Costa, como HOTEL UNA ESTRELLA del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Determinar que, el titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado, deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por el solicitantes en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4º. Dejar constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/2014, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que el titular de la explotación comercial deberá solicitar la recategorización respectiva tres 3 meses antes del vencimiento de dicho plazo.
Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Dejar asentado que el establecimiento, dentro del periodo de vigencia de la categoría otorgada, deberá contar con una habitación para personas con discapacidad motriz conforme con lo establecido por la Ley Nacional Nº 22.431 artículos 20 y 21, Ley Provincial Nº 10.592 artículo 24 y su Decreto Reglamentario Nº 1149/90 artículo 1, Ley de Adhesión de la Provincia de Buenos Aires Nº 14.095 y Resolución de la entonces Secretaría de Turismo Nº 23/2014. El no cumplimiento constituirá falta punible conforme Decreto Nº 13/2014.
ARTÍCULO 6º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
María Soledad Martinez, Subsecretaria.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN Nº 597-MHYFGP-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 13 de Septiembre de 2022

SECCIÓN OFICIAL > página 75

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/06/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data15/06/2023

Conteggio pagine169

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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