Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/05/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de mayo de 2023

Explotac. de emisiones radiofónicas. Transmis. de datos, video, textos, teletextos, o cualq. otra aplicac. telemática y electr.
en comunicación. Explot. de t/tipo de espectáculos públ. o priv., juegos mecánicos, exposiciones, convenciones, desfiles, culturales, musicales, deportivos o editoriales. Desempeñar como asesora publicitaria. H Consultoría, agencia y mandatos:
T/clase de activ. agencia, asesoramiento y consultoría empresaria y política. Podrá realizar distribuc., representac. cciales., mandatos, comisiones y consignaciones; adm. de bs., capitales y empresas de 3ros.; explotac. de patentes y marcas. I
Ops. inmobiliarias por cta. propia o de 3º de bs. inmuebles, urbanos y rurales; explotac. agropecuarias: Construcc. de t/clase de edificio y obras. J Fciera. salvo Ley 21526. Duración: 99 años; $100.000, representado por 100 acciones de VN
$1.000 c/u y 1 voto por acción, suscriben: Ariel Alejandro Colombino 50 acc., Jorge Omar Hallak 25 acc. y Leandro Ariel Barberis 25 acc. Integran 25 % en efvo., sdo. a integrar en 2 años; Cierre ejerc. 31/7; Drio. 1/5 DTs e igual N DSs por 3
ejerc.; Presidente: Ariel Alejandro Colombino y Director Spte: Jorge Omar Hallak. Fiscalizac: Los accionistas arts. 55 LGS.
Maria Laura Sanchez, Contadora.

VARIOS
MINISTERIO DE TRANSPORTE
POR 5 DÍAS - Notifico a la firma MAPA VIRULANA S.A.I.C. CUIT 30- 50081143-5 con domicilio real en Avda Leandro N
Alem N 1067 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que por expediente N EX-2022-31456246-GDEBADSTECMTRAGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N 1402 esquina 61, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: La Plata, 12 de noviembre de 2022. Visto el Expediente N EX-202231456246-GDEBA-DSTECMTRAGP del Registro del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo del contralor efectuado sobre vehículos de transporte de pasajeros habilitados en el orden provincial, realizado el día 5 de agosto de 2022 en la calle Otto Krause y Colectora Panamericana del partido de Malvinas Argentinas, en el que se labró el Acta de Comprobación Nº 3782; Que por dicha acta se imputó a la empresa Mapa Virulana Sociedad Anónima Industrial y Comercial, CUIT 30- 50081143-5, por el hecho de realizar un servicio intercomunal sin autorización, en el caso: con el vehículo dominio AC720LP, realizaba un servicio desde Garín en el partido de Escobar, con destino final a General Pacheco en el partido de Tigre, transportando dos 2 pasajeros;
Que la imputada no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada no registra antecedentes que permitan considerarla reincidente en los términos del artículo 185 del Decreto N 6864/58; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 211 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto-Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224
y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto-Ley Nº 16378/57, el Decreto Nº 6864/58 y el Decreto Nº 382/2022; Por ello, El Director Provincial de Fiscalización del Transporte del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1. Sancionar a la empresa Mapa Virulana Sociedad Anónima Industrial y Comercial CUIT 30- 50081143-5 por la infracción configurada en el artículo 211 del Decreto N
6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una 1 multa de Pesos Ciento Noventa y Cuatro Mil Cuatrocientos $194.400. Artículo 2º. Informar a la imputada que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley Nº 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez 10 días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte 20 días hábiles computables a partir de la notificación. Artículo 3º. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante Interdepósito bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden Fondo Provincial del Transporte - Ley 11.126 - Cuenta 1568/6 Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 Nº 1267 Piso 7
de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4º. Se comunica que mediante Decreto Nº 871/02, se ha aprobado el Régimen de Regularización de Deudas en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com. Artículo 5º.
Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición Nº DISPO-2022-475-GDEBA-DPTFMTRAGP.
Horacio Anello, Director abr. 28 v. may. 5
POR 5 DÍAS - Notifico a la firma RODRIGUEZ TOUR S.R.L. CUIT 30- 68367053-3 con domicilio real en Tucumán N
1250 de Yuto, pcia. de Jujuy, que por Expediente N EX-2021-03159917-GDEBA-DPTLMIYSPGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 10 N 1402 esquina 61, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: "La Plata, 2 de junio de 2021. Visto el Expediente N EX-2021-03159917-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos; y Considerando: Que las presentes actuaciones están originadas con motivo del contralor sobre los servicios de transporte de pasajeros, efectuado en Ruta Nº 11 y Rotonda a partido de San Clemente del Tuyú, el día 4 de enero de 2021, en donde se labró el Acta de Comprobación Nº 2361; Que en dicha acta y por el informe de los funcionarios actuantes se imputa a la empresa Rodríguez Tour Sociedad de Responsabilidad Limitada CUIT Nº 30- 68367053-3 por el hecho de realizar un servicio intercomunal sin autorización; en el caso: con el vehículo Dominio AB-200-RJ interno 257, se realizaba un servicio desde José C. Paz hasta Mar de Ajó, transportando cuarenta y cuatro 44 pasajeros Que el imputado no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que en consecuencia, y no habiéndose aportado nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 211 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto-Ley Nº 16.378/57 y sus
SECCIÓN OFICIAL > página 175

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/05/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data03/05/2023

Conteggio pagine194

Numero di edizioni3426

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione07/08/2024

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