Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 05 de abril de 2023

LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 13 de Febrero de 2023
VISTO el expediente electrónico N EX-2022-39952602-GDEBA-DRYFMPCEITGP, las Leyes Nros. 12.484 y 14.209, los Decretos Nros 1627/2003, 13/2014 y 54/2020 -modificado por Dec. 90/2022- y la Resolución Nro 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;
Que la Ley Nº 12.484 crea en el ámbito de la autoridad de aplicación el Registro Provincial de Guías de Turismo en el que deberán inscribirse los interesados en matricularse que hayan cumplimentado los requisitos establecidos para su inscripción;
Que el Decreto Nº 1627/03 establece la obligatoriedad de todas las personas que se desempeñen como Guías de Turismo de estar inscriptos en el Registro Provincial de Guías de Turismo y los requisitos necesarios para cumplimentarla;
Que el Decreto Reglamentario Nº 13/14 establece que la autoridad de aplicación de la misma será la Secretaría de Turismo u organismo que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto Nº 54/2020 -modificado por Dec. 90/2022- aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y estableció que corresponde a la Subsecretaría de Turismo, dependiente del mismo, entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley Nº 14.209 y sus modificatorias;
Que por la Resolución Nº 23/14 del entonces Secretario de Turismo, se creó el Registro de Prestadores Turísticos en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en el territorio provincial, incorporando al mismo el Registro Provincial de Guías de Turismo;
Que por las presentes tramita la inscripción en el Registro Provincial de Guías de Turismo a Alejandro Pedro CORRADINI CUIL 20-14595429-1, domiciliado en la calle Suarez N 966 de localidad y partido de Coronel Suarez, legajo Nº 218;
Que obran en el orden 2, formulario de inscripción debidamente firmado IF-2022-39354266-GDEBADRYFMPCEITGP, en orden 3 copia del Documento Nacional de Identidad del solicitante IF-2022-39354626-GDEBA-DRYFMPCEITGP, en el orden 4, copia del analítico del secundario IF-2022-39355103-GDEBA-DRYFMPCEITGP, en orden 5 copia del título de estudios Superiores IF-2022-39355705-GDEBA-DRYFMPCEITGP, en orden 6 título de Guía de Turismo expedido por el Instituto de Educación Física N 9-016 Dr. Jorge E. COLL Escuela Provincial de Guías de Montaña Cnel. Valentín Ugarte", en orden 7 constancia de grupo sanguíneo IF-2022-39357659-GDEBA-DRYFMPCEITGP, en orden 8 síntesis curricular IF-2022-39936431-GDEBA-DRYFMPCEITGP y en orden 9 constancia de inscripción en AFIP IF-2022-39358005GDEBA-DRYFMPCEITGP;
Que en concordancia con el informe IF-2022-43203045-GDEBA-DRYFMPCEITGP emitido por la Dirección de Registro y Fiscalización, se estima pertinente expedir la credencial habilitante a Alejandro Pedro CORRADINI CUIL 20- 14595429-1, de conformidad con lo normado por la Ley Nº 12484 y su Decreto reglamentario Nº 1627/2003;
Que han tomado intervención prestando conformidad a la continuidad del presente trámite Asesoría General de Gobierno;
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por las Leyes Nros. 12.484/2011 y 14.209/2011, los Decretos Nros. 1627/2003, 13/2014 y 54/2020 -modificado por Dec.90/2022- y las Resolución Nro. 23/2014.
Por ello, LA SUBSECRETARIA DE TURISMO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Autorizar la expedición de la credencial de Guía Provincial a Alejandro Pedro CORRADINI CUIL 2014595429-1, domiciliado en la calle Suarez N 966 de localidad y partido de Coronel Suarez, legajo Nº 218, en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden.
ARTÍCULO 2. Establecer que la credencial reviste el carácter de personal e intransferible, y deberá renovarse cada seis 6 años contados a partir de la presente resolución, el titular deberá solicitar dicha renovación cuatro 4 meses antes del vencimiento de conformidad al artículo 22 del Decreto Nº 1627/2003.
ARTÍCULO 3. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
Maria Soledad Martinez, Subsecretaria
RESOLUCIÓN Nº 28-SSTMPCEITGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 13 de Febrero de 2023
VISTO el expediente electrónico N EX-2022-40439788-GDEBA-DRYFMPCEITGP, las Leyes Nros. 12.484 y 14.209, los Decretos Nros 1627/2003, 13/2014 y 54/2020 -modificado por Dec. 90/2022- modificado por su par 90/2022 y la Resolución Nro 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;

SECCIÓN OFICIAL > página 81

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data05/04/2023

Conteggio pagine206

Numero di edizioni3425

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione06/08/2024

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