Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 15 de marzo de 2023

LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 7 de Marzo de 2023
VISTO el EX-2023-05537638-GDEBA-DDDPPMDCGP, mediante el cual se propicia aceptar la renuncia presentada por Stefano Alejandro ZITO al cargo de Director Provincial de Torneos y Eventos Deportivos, dependiente de la Subsecretaría de Deportes, en la órbita del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, y CONSIDERANDO:
Que mediante NO-2023-03832670-GDEBA-DPTYEDMDCGP, de fecha 1º de febrero de 2023, Stefano Alejandro ZITO
presentó la renuncia al cargo de Director Provincial de Torneos y Eventos Deportivos, dependiente de la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, en el que había sido designado mediante RESO-2022-1119GDEBA-MDCGP;
Que el Ministro de Desarrollo de la Comunidad, mediante NO-2023-06934420-GDEBA-MDCGP, determina que dicha renuncia debe ser considerada a partir del 15 de febrero de 2023;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el agente de referencia no registra Sumarios Administrativos pendientes de resolución;
Que la situación se ajusta a lo previsto por los términos del artículo 14 inciso b de la Ley 10.430 texto ordenado por Decreto N 1969/96 y su Decreto Reglamentario N 4161/96;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N 272/17 E
Y MODIFICATORIOS EL MINISTRO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Dar por aceptada en la Jurisdicción 1.1.1.18, Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Subsecretaría de Deportes, a partir del 15 de febrero de 2023, la renuncia de Stefano Alejandro ZITO DNI N 34.023.326 - Clase 1988, al cargo de Director Provincial de Torneos y Eventos Deportivos, en el que fuera designado mediante RESO-2022-1119GDEBA-MDCGP, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 inciso b de la Ley N 10430, Texto Ordenado mediante el Decreto N 1869/96 y su reglamentación aprobada por el Decreto N 4161/96.
ARTÍCULO 2. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Andres Larroque, Ministro.

RESOLUCIÓN Nº 379-MDCGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 9 de Marzo de 2023
VISTO la Ley N 15.164, modificada por Ley N 15.309, el Decreto N 77/2020, modificado por los Decretos N 510/2021 y N 53/2022, y el EX-2022-35843499-GDEBA-DASDFSCMDCGP, por el cual tramita el otorgamiento de tres subsidios a favor de Romero Gabriel Oscar, destinado a asistencia crítica y habitacional, en virtud de lo establecido por el Decreto Nº 938/2020, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 938/2020 se crea, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, el Programa de Asistencia Crítica y Habitacional, que tendrá por objeto atender a la población vulnerable de la provincia de Buenos Aires que necesite asistencia para acceder a una vida digna, tanto desde el punto de vista alimentario, como habitacional, mejorando las condiciones de habitabilidad de grupos en situación de riesgo social, y la calidad de vida de los mismos, incorporado al Decreto como Anexo Único IF-2020-22645014-GDEBA-SSLYTSGG;
Asimismo, por su artículo 2 se crea el Fondo Especial de Subsidio para la Asistencia Crítica y Habitacional", con el objetivo de dotar al Programa mencionado, de los recursos necesarios para el desarrollo de actividades de atención a la población vulnerable de la Provincia, a fin de mejorar las condiciones de habitabilidad de grupos en riesgo social;
Que el mismo Decreto, faculta al/la Ministro/a Secretario/a en el Departamento de Desarrollo de la Comunidad, a otorgar subsidios a las personas humanas comprendidas en el Programa, con cargo al Fondo Especial mencionado, hasta el monto máximo de pesos cincuenta mil $50.000,00, los cuales podrán ser otorgados en un mismo ejercicio financiero, hasta un máximo de seis 6 veces a cada beneficiario;
Que a su vez, dichos subsidios se documentarán mediante un acto administrativo o una planilla demostrativa de gasto, que configurará una orden de pago en los términos establecidos por el artículo 3 del Anexo I de la Resolución N 586/11 del Honorable Tribunal de Cuentas, y para el procedimiento de rendición de cuentas y la forma de pago de los subsidios será de aplicación lo establecido al efecto en el Decreto N 467/07 conforme artículo 5 del Decreto N 124/2023;
Que seguidamente el artículo 6º del Decreto de marras, faculta a los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros, a dictar, en forma individual o conjunta, en el ámbito de sus respectivas competencias, las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la efectiva implementación del Programa;
Que en tal sentido, se dictó la RESO-2021-698-GDEBA-MDCGP, de fecha 13 de abril de 2021, mediante la cual se aprobó el DOCUMENTO DE GESTIÓN -NORMAS INTERPRETATIVAS, ACLARATORIAS Y COMPLEMENTARIAS - DECRETO
N 938/2020, Manual de ProcedimientoIF-2021-08885509-GDEBA-SSTAYLMDCGP;

SECCIÓN OFICIAL > página 31

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data15/03/2023

Conteggio pagine140

Numero di edizioni3429

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/08/2024

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