Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2022 - Sección Oficial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 14 de septiembre de 2022

Fecha de Acuerdo: 31/08/2022
N de Expediente: 2-078.10-2020
Ente u Organismo: Consejo Escolar de Moreno Ejercicio: 2020
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE MORENO
correspondiente al Ejercicio 2020, conforme se expone en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el Considerando Primero y formular cargo por la suma de $555.077,10, por el que deberán responder por la suma de $309.335,83 el señor Sebastián Matías NASIF y por la suma de $245.741,27 la señora Ana Karina POLITI Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias, en virtud de los fundamentos expuestos en el citado Considerando.
ARTÍCULO TERCERO: Dar por cumplida a la División Relatora la encomienda dispuesta por el Artículo Cuarto de la Resolución Nº 256/2021 de fecha 28/09/2021 de este H. Tribunal de Cuentas recaída sobre el estudio de la cuenta del Consejo Escolar de Moreno - Ejercicio 2019, conforme lo expresado en el Considerandos Primero.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a Sebastián Matías NASIF y Ana Karina POLITI, de lo resuelto en los artículos precedentes y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU
0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar para su conocimiento la presente resolución, al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad -Subsecretaría de Políticas Sociales-, a la Dirección General de Cultura y Educación -Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO SEXTO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16 del H.
Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de cinco 5 fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Cuarto. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 751/2022
Juan Pablo Peredo, Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo y Federico Gastón Thea. Rubricado: Ricardo Cesar Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 31/08/2022
N de Expediente: 2-049.10-2020
Ente u Organismo: Consejo Escolar de General Pueyrredón Ejercicio: 2020
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE GENERAL
PUEYRREDON correspondiente al Ejercicio 2020, conforme se expone en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aplicar la sanción de: Llamado de atención a María Sofía BADIE, Esteban Andrés ROMAN, Adriana CASTELANELLI, Claudia Elizabeth PICCOLO, Eva María Ludmila FERNANDEZ, Bruno Adrián SAPERE, Gustavo Raúl SASIA, Alejandro Ricardo MOVIGLIA, y Claudia Rosana FREIJE, en mérito a los fundamentos expuestos en el Considerando Primero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar sin efecto la observación mantenida en suspenso de tratamiento por el Artículo Segundo, Considerando Segundo, de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 261/2021 de fecha 28/09/2021, recaída sobre el estudio de la cuenta del Consejo Escolar de General PueyrredónEjercicio 2019, conforme lo expuesto en el Considerando Segundo de la presente, liberando de responsabilidad a María Sofía BADIE, Esteban Andrés ROMAN, Adriana CASTELANELLI, Claudia Elizabeth PICCOLO, Eva María Ludmila FERNANDEZ, Bruno Adrián SAPERE, Gustavo Raúl SASIA, Alejandro Ricardo MOVIGLIA, y Claudia Rosana FREIJE.
ARTÍCULO CUARTO: Dar por cumplida a la División Relatora las encomiendas dispuestas por el Artículo Segundo de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 261/2021 de fecha 28/09/2021, recaída sobre el estudio de la cuenta del Consejo Escolar de General PueyrredónEjercicio 2019, conforme lo expresado en los Considerandos Primero y Segundo del presente.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a María Sofía BADIE, Esteban Andrés ROMAN, Adriana CASTELANELLI, Claudia Elizabeth PICCOLO, Eva María Ludmila FERNANDEZ, Bruno Adrián SAPERE, Gustavo Raúl SASIA, Alejandro Ricardo MOVIGLIA, y Claudia Rosana FREIJE, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de
SECCIÓN OFICIAL > página 121

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2022 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data14/09/2022

Conteggio pagine208

Numero di edizioni3418

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione26/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2022>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930