Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/08/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 01 de agosto de 2022

en Bioquímica - treinta y seis 36 horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría Superiora Sor María Ludovica de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, que había sido dispuesta por Resolución N 3000/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 2. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir del 10 de diciembre de 2021, en la planta permanente, por Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, en el grado de Asistente, a Julieta CHIODINI D.N.I. N 37.245.348 - Clase 1993, para desempeñar el cargo de Licenciada en Bioquímica, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales guardia artículo 26 de la Ley N 10.471 , en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría Superiora Sor María Ludovica de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud.
ARTÍCULO 3. Dejar establecido que, a partir del 10 de diciembre de 2021, la profesional mencionada en el artículo precedente debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que percibe, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 inciso b del Decreto - Ley N 9650/80 texto ordenado por Decreto N
600/94, en virtud de lo determinado por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N 2868/02.
ARTÍCULO 4. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0019 Subprograma: 007 - Actividad: 1 - Ubicación Geográfica: 441 - Finalidad 3 - Función 1 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N 15.310.
ARTÍCULO 5. Registrar, notificar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro.

RESOLUCIÓN Nº 1706-MJGM-2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 19 de Mayo de 2022
VISTO el expediente electrónico N EX-2022-03807442-GDEBA-HLESLMSALGP, por el cual tramita la designación de María Florencia LAMARCHE, en el Hospital Local Especializado "San Lucas" de La Plata, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 3491/2021 y modificatorias del Ministerio de Salud, se formuló el llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, dos 2 cargos de Fonoaudiólogo - Licenciado en Fonoaudiología Asistente, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales de labor, en el Hospital Local Especializado "San Lucas" de La Plata, a partir del 17 de diciembre de 2021.
Que obran copias debidamente certificadas de las actas labradas por el jurado, de las cuales se desprende que se han cumplimentado las etapas previstas por la resolución citada, en lo referido a la realización del examen, el acto de consenso, y el cómputo de antigedad y antecedente.
Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar por la presente, a partir del 17 de diciembre de 2021, la designación de carácter interino de la agente María Florencia LAMARCHE, en el mismo cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, que había sido efectuada con anterioridad.
Que la agente cuya designación se propicia se desempeña de forma efectiva en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, contando la mencionada jurisdicción con el cargo que se pretende cubrir de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley Nº 15.310.
Que obra en el expediente la totalidad de la documentación requerida en los artículos 4 y 6 de la Ley N 10.471.
Que por el artículo 4º inciso b del Decreto-Ley Nº 9650/80 texto ordenado por Decreto Nº 600/94, se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba.
Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02, María Florencia LAMARCHE
debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior.
Que, por el Decreto N 99/2020, se incorporó al Decreto N 272/2017 E el artículo 4 bis, mediante el cual se delegó en el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, la facultad de designar al personal comprendido en el artículo 7 incisos 1 y 2 de la Ley N 10.471 y al personal previsto en la Ley N 10.430 que cumpla tareas esenciales y que desempeñe servicios efectivos en establecimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, previo requerimiento fundado por la Dirección Provincial de Hospitales, o aquella que en el futuro la reemplace.
Que, asimismo, el artículo 11 del mencionado Decreto N 272/2017 E, modificado por el Decreto N 99/2020, establece que deberán tomar intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, intervenciones que se encuentran acreditadas en las presentes actuaciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 272/2017 E y su modificatorio Decreto N 99/2020, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 7 inciso 1 y 21 inciso b de la Ley N 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91.
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N 272/2017 E Y MODIFICATORIOS
EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECCIÓN OFICIAL > página 14

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/08/2022 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data01/08/2022

Conteggio pagine109

Numero di edizioni3404

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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