Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 17 de febrero de 2022

Mario HATFIELD, Llamado de Atención al señor Agustín María IBAÑEZ y Llamado de Atención a la señora la señora María Alejandrina ARROUZET, conforme lo señalado bajo el Considerando Décimo Cuarto.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el Considerando Quinto con formulación de Cargo de $73.815.712,08 por el que deberán responder solidariamente los señores Raffaele SARDELLA, Alejandro Emilio MARCHIONNA FARE, Héctor Hugo DOMÍNGUEZ, Horacio Daniel PASCUAL, Luis Juan BOUZON, Gastón José CIMA
BERRETTA, Sebastián Daniel BAILLIEAU y Diego Hernán SANTOS Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias, en virtud de los fundamentos expuestos en el citado Considerando.
ARTÍCULO QUINTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el Considerando Undécimo con formulación de Cargo de $1.933.042,91 por el que deberán responder en forma solidaria los señores Luis Juan BOUZON, Gastón José CIMA
BERRETTA y Diego Hernán SANTOS y la señora María Alejandrina ARROUZET Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias, en virtud de los fundamentos expuestos en el citado Considerando.
ARTÍCULO SEXTO: Dar por cumplida a la División Relatora las encomiendas dispuestas por los Artículos Cuarto y Sexto de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 370/2020, recaída sobre el estudio de la cuenta de Aguas Bonaerenses S.A. - Ejercicio 2018, conforme lo expuesto en el Considerando Duodécimo y encomendar a la Relatoría actuante en ocasión del estudio de la cuenta del próximo ejercicio, que retome e informe sobre la implementación de las propuestas de mejora tratadas en el Considerando citado.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar constancia de las limitaciones al alcance expuestas en el Considerando Décimo Tercero, diferir el tratamiento de las cuestiones allí señaladas. Declarar que los cuentadantes de Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima - Ejercicio 2019, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga y encomendar a la División Relatora actuante en el próximo estudio de la cuenta, su análisis y conclusión.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar constancia de lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a los señores Raffaele SARDELLA, Alejandro Emilio, MARCHIONNA FARE, Horacio Daniel PASCUAL, Héctor Hugo DOMINGUEZ, José Luis STRATICO, Rodrigo PAREDES BLUMA, Claudio Marcelo CRISSIO, Luis Juan BOUZON, Alfredo Mario HATFIELD, Agustín María IBAÑEZ, Gastón José CIMA BERRETTA, Roberto Francisco PECORARI, Diego Hernán SANTOS y Sebastián Daniel BAILLIEAU y a la señora María Alejandrina ARROUZET, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 y/o Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893 ambas a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar la presente Resolución al Presidente de Aguas Bonaerenses S.A., al Subsecretario de Servicios Públicos del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, al Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos y al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018-16
del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de setenta y uno 71 fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo Noveno. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Improcedencia Fecha de Acuerdo: 21/10/2021
N de Expediente: 3-098.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Rivadavia Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar la improcedencia formal de la presentación efectuada por el Sr. Leonardo Raúl PATERNO
contra lo resuelto en el Artículo Tercero, por los temas incluidos en el Considerando Tercero inciso 2 del decisorio de fecha 10/09/2020, Municipalidad de Rivadavia, ejercicio 2018, de conformidad con los fundamentos consignados en el Considerando Único primera parte.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar la improcedencia formal de la presentación efectuada por el Sr. Leonardo Raúl PATERNO, contra el fallo de fecha 10/09/2020, Municipalidad de Rivadavia, ejercicio 2018, de acuerdo con lo motivos consignados en el Considerando Único segunda parte.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar a Leonardo Raúl PATERNO de lo expuesto en los Artículos Primero y Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Rivadavia.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de dos fojas y firmarlo en un ejemplar. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 16/07/2021
N de Expediente: 2-333.0-2018

SECCIÓN OFICIAL > página 81

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data17/02/2022

Conteggio pagine156

Numero di edizioni3404

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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