Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/01/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 19 de enero de 2022

de regularización de deudas en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda;
debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com.
Artículo 5º. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición Nº DISPO-2021-371-GDEBADPTFMIYSPGP Queda usted debidamente notificado.
Hector Camarotti, Director ene. 14 v. ene. 20
POR 5 DÍAS - Notifico a la firma AUTOTRANSPORTE CERES S.R.L. CUIT N 30-71097344-6 con domicilio real en Sanchez de Rial N 2 de Carmen de Patagones, pcia. de Buenos Aires, que por Expediente EX-2021-08914924-GDEBADPTLMIYSPGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 N 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: "La Plata, 24 de junio de 2021. Visto el Expediente N EX-2021-08914924-GDEBADPTLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos; y Considerando: Que las presentes actuaciones están originadas con motivo del contralor sobre los denominados servicios de transporte de pasajeros, efectuado en Terminal de Ómnibus de Bahía Blanca, partido de Bahía Blanca, el día 15 de marzo de 2021, en donde se labró el Acta de Comprobación Nº 0002068; Que en dicha acta se imputa a la empresa Autotransporte Ceres S.R.L. por realizar tráficos no autorizados, en el caso: con el vehículo Dominio AB575CP, se realizaba un servicio de transporte de pasajeros desde Bahía Blanca hasta Monte Hermoso, presenta habilitación de la CNRT Nº 60071; Que la imputada no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada no se considera reincidente en los términos del Artículo 185 del Decreto N 6864/58; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, se estima pertinente dictar el acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el Artículo 212 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones;
Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 16.378/57 y el Decreto Nº 6864/58; Por ello, el Director Provincial de Fiscalización del Transporte de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1. Sancionar a la empresa Autotransporte Ceres S.R.L. por la infracción configurada en el Artículo 212 del Decreto N 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una 1 multa de Pesos Cuarenta y Tres Mil Diez $43.010. Artículo 2º. Informar al imputado que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del Artículo 89 del Decreto Ley Nº 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez 10 días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte 20 días hábiles computables a partir del acto notificatorio.
Artículo 3º. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante Interdepósito Bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden Fondo Provincial del Transporte -Ley 11.126- cuenta 1568/6 Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7
Nº 1267 piso 7 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4º. Se comunica que mediante Decreto Nº 871/02, se ha aprobado el Régimen de regularización de deudas en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda;
debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com.
Artículo 5º. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición Nº DISPO-2021-370-GDEBADPTFMIYSPGP Queda usted debidamente notificado.
Hector Camarotti, Director ene. 14 v. ene. 20
POR 5 DÍAS - Notifico a la firma LA CENTRAL DE VICENTE LÓPEZ S.A.C. CUIT N 30-54625055-1 con domicilio real en Nueve de Julio N 3903 de Carapachay, pcia. de Buenos Aires, que por Expediente EX-2020-29695720-GDEBADPTLMIYSPGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 N 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: "La Plata, 15 de junio de 2021. Visto el Expediente N EX-2020-29695720-GDEBADPTLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y Considerando: Que las presentes actuaciones se originan con motivo de la denuncia realizada por la empresa Micro Ómnibus Primera Junta S.A. Línea 324
contra la empresa La Central de Vicente López S.A.C. Línea 129 Ramal identificado como 19 por lo que se realizó un operativo de contralor de los servicios de transporte de pasajeros realizado el día 3 de septiembre de 2020 en la calle 1112
N 2610 partido de Florencio Varela, en el que se labró el Acta de Comprobación Nº 3860; Que por dicha acta, se imputó a la precitada por realizar tráficos no autorizados; en el caso: Con el vehículo Dominio NUB-587 interno 824, realizaba un servicio desde Florencio Varela hasta Jumbo localidad de Quilmes por calles 1112, 1149, Plaza 5 Esquinas, 1148, 1155, 1282, Ruta 2, Calchaquí con destino final Jumbo en Quilmes, con ascenso y descenso desde el inicio; Que la imputada no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada no registra antecedentes que permitan considerarlo reincidente en los términos del Artículo 185 del Decreto N 6864/58; Que en cuanto al encuadre normativo, resultan de aplicación al caso bajo análisis el Artículo 212 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 16.378/57 y el Decreto Nº 6864/58; Por ello, el Director Provincial de Fiscalización del Transporte de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1. Sancionar a la empresa La Central de Vicente López S.A.C. Línea 129 por la infracción configurada en el Artículo 212 del Decreto N
6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una 1 multa de Pesos Catorce Mil Trescientos Treinta y Siete $14.337. Artículo 2º. Informar a la imputada que podrá recurrir el presente acto resolutivo en
SECCIÓN OFICIAL > página 62

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/01/2022 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data19/01/2022

Conteggio pagine66

Numero di edizioni3421

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione31/07/2024

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