Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/06/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 15 de junio de 2021

Aires N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Cuarto apartado 2 y en base a lo allí expuesto, formular cargo de $23.335,89 por el que deberán responder el Intendente Municipal Salvador Ignacio SERENAL en solidaridad con la Contadora Municipal Andrea Alejandra GUERRA y el Secretario de Producción y Medio Ambiente Juan Cruz MARTÍNEZ. Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N
10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, sobre las materias tratadas en el Considerando Segundo apartado 3; Considerando Séptimo apartado 2-II y Considerando Undécimo apartado 2. Declarar que el Intendente Municipal Salvador Ignacio SERENAL, la Contadora Municipal Andrea Alejandra GUERRA, el Asesor Letrado Diego CORRAL, el Contador Municipal Franco Wenceslao PINO, el Contador Municipal Walter Daniel FERNÁNDEZ, el Contador Municipal Mario Enrique RUIZ, la Contadora Municipal Graciela Elsa LAVARRA, el Tesorero Municipal Hernán Mauro LIBERTO, el Tesorero Municipal Federico Agustín NANNI, el Tesorero Municipal Rodolfo Pablo ROUILLET, el Tesorero Municipal Marcelo Roberto PORTO, el Tesorero Municipal Fernando Eduardo AGOSTANI, quienes resultan alcanzados por las reservas, según corresponda, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta que el Honorable Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar sin efecto las reservas mantenidas en el Considerando Undécimo apartado 1 en razón de remitirse su tratamiento al Considerando Séptimo apartado 2; apartado 3 en razón de la sanción que se aplicó por el Artículo Tercero de la presente Resolución, apartados 4 y 5 por haberse subsanado las observaciones allí tratadas y apartado 6 con los alcances allí previstos. Que debe comunicarse de los alcances previstos en cada uno de los apartados al Intendente Municipal Salvador Ignacio SERENAL, a la Contadora Municipal Andrea Alejandra GUERRA; al Tesorero Municipal Hernán Mauro LIBERTO; al Contador Municipal Franco Wenceslao PINO; al Contador Municipal Walter Daniel FERNÁNDEZ, al Contador Municipal Mario Enrique RUÍZ; a la Contadora Municipal Graciela Elsa LAVARRA; al Tesorero Municipal Federico Agustín NANNI, al Tesorero Municipal Rodolfo Pablo ROUILLET; al Tesorero Municipal Marcelo Roberto PORTO; al Tesorero Municipal Fernando Eduardo AGOSTANI; al Intendente Municipal Jorge Abel FERNÁNDEZ; al Jefe de Personal Luis Ángel LATASA, a la Secretaria de Acción Social Valeria Fabiana MENNA; al Secretario de Hacienda Alberto Luis SALA; al Jefe de Personal Aníbal Fabián SÁNCHEZ; al Secretario de Obras y Servicios Públicos Roberto COSENTINO; al Asesor Letrado Diego CORRAL; al Secretario de Gobierno Ramón Haroldo PARERA; al Asesor Letrado Sergio Daniel BRACKEN; al Secretario de Producción y Medio Ambiente Juan Cruz MARTÍNEZ; al Secretario de Salud Gustavo Adolfo BRUSCA DE GIORGIO; a la Secretaria de Cultura y Educación María Isabel SERENAL y a la Agente Municipal Marisa Miriam TITO.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a Salvador Ignacio SERENAL, Andrea Alejandra GUERRA; Matías Leonardo COSENTINO;
Federico Agustín NANNI; Luis Ángel LATASA; Patricia Nélida GALINELLI; Hernán Mauro LIBERTO; María Andrea ROSSETTI; Ramón Haroldo PARERA; Diego CORRAL; Franco Wenceslao PINO; Walter Daniel FERNÁNDEZ; Mario Enrique RUIZ; Graciela Elsa LAVARRA; Hernán Mauro LIBERTO; Rodolfo Pablo ROUILLET; Marcelo Roberto PORTO;
Fernando Eduardo AGOSTANI; Jorge Abel FERNÁNDEZ; Valeria Fabiana MENNA; Alberto Luis SALA; Aníbal Fabián SÁNCHEZ; Roberto COSENTINO; Sergio Daniel BRACKEN; Juan Cruz MARTÍNEZ; Gustavo Adolfo BRUSCA DE
GIORGIO; Marisa Miriam TITO y María Isabel SERENAL de lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90
días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 y Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893
ambas a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159
de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar a AFIP, lo dispuesto en el Considerando Segundo apartado 4 de la presente Resolución.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Encomendar a la Delegación Zonal el seguimiento de las reservas dispuestas por el Artículo Séptimo, del tema tratado en el Considerando Undécimo apartado 6 y de las recomendaciones efectuadas en el Considerando Duodécimo de la presente Resolución.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente Resolución a la Municipalidad de Lincoln, a la Relatoría actuante, a la Delegación Junín y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la presente resolución que consta de setenta y tres fojas; publíquese en el Boletín Oficial, y en la página electrónica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar éste Expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Noveno. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 3-073.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Marcos Paz Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Marcos Paz, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Decimotercero.

SECCIÓN OFICIAL > página 92

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/06/2021 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data15/06/2021

Conteggio pagine96

Numero di edizioni3409

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione15/07/2024

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