Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de junio de 2021

VISTO el Expediente EX-2020-18962217-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, mediante el cual se tramitan diversas designaciones en la Planta Permanente de la Dirección Provincial de Energía, y CONSIDERANDO:
Que se propicia la designación de nueve 9 personas en la Dirección Provincial de Energía, dependiente de la Subsecretaría de Energía del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en las condiciones que en cada caso se indican, y con un régimen de treinta y cinco 35 horas semanales de labor;
Que la jurisdicción cuenta con los cargos vacantes disponibles a tal efecto, de conformidad con el Presupuesto General 2021 - Ley Nº 15.225;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que Contaduría General de la Provincia se ha expedido favorablemente;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con el artículo 3º del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.14, -Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos-, Subsecretaría de Energía, Dirección Provincial de Energía, a partir de la fecha de notificación del acto, en la Planta Permanente, en los cargos, agrupamientos y categorías que en particular se establecen, a los y las agentes que se consignan en el Anexo Único IF-2021-04200946-GDEBA-DPEMIYSPGP, que forma parte integrante del presente decreto, con un régimen de treinta y cinco 35 horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido por el artículo 3º del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75.
ARTÍCULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo precedente se atenderá con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2021 -Ley Nº 15.225 - 1. Sector Público Provincial no Financiero; 1. Administración Provincial, 1. Administración Central, Jurisdicción 14 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOSUnidad Ejecutora 127; Programa 5; Actividad 1; Finalidad 1; Función 3; Subfunción 0; Fuente de Financiamiento 1.1; Inciso 1; Partida Principal 1; Régimen Estatutario 8; Agrupamiento Ocupacional 4; Ubicación Geográfica 999; Nueve 9
cargos.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Pablo Julio López, Ministro; Agustín Pablo Simone, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador
DECRETO N 360/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Domingo 6 de Junio de 2021
VISTO el expediente EX-2020-22007459-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, por el cual tramitan las designaciones de diversas personas en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, y CONSIDERANDO:
Que por el presente se gestiona la designación de diecinueve 19 personas en la Planta Temporaria de la Ley Nº 10.430, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 inclusive, de conformidad con los Artículos 111 inciso d y 117 de la Ley N 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario N
4161/96;
Que las personas citadas reúnen las condiciones de admisibilidad necesarias;
Que, de acuerdo a los destinos asignados a los y las postulantes, procede liquidarles la bonificación prevista por el Artículo 2º del Decreto Nº 1351/71 y sus modificatorios, asignándoles el régimen de cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor, conforme lo dispone el Decreto N 786/91, ampliado por su similar N 710/98;
Que el Ministro de Desarrollo de la Comunidad ha prestado su conformidad con la gestión incoada;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA

SECCIÓN OFICIAL > página 11

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data08/06/2021

Conteggio pagine100

Numero di edizioni3428

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione09/08/2024

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