Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/01/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 20 de enero de 2021

ARTÍCULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado Hotel Mariska, cuyo titular es Antonio ALEKSIC CUIT N 20-08609883-1, ubicado en la calle 1 N 3046 y paseos 130 y 131 de la localidad y partido de Villa Gesell, como HOTEL DOS ESTRELLAS del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. El titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por el solicitante en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4. Se deja constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/14, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que el titular de la explotación comercial deberá solicitar la recategorización respectiva tres 3 meses antes del vencimiento de dicho plazo. Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
Debora Ianina Bak, Subsecretaria.

RESOLUCIÓN Nº 8-SSTMPCEITGP-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 15 de Enero de 2021
VISTO el expediente EX-2020-26085598-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, la Ley 14.209, los Decretos Nº 13/14 y Nº DECRE-2020-54-GDEBA-GPBA, las Resoluciones Nº 23/14 y RESOL-2019-10-GDEBA-MPGP, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;
Que su Decreto reglamentario N 13/14 establece que la autoridad de aplicación de la misma será la Secretaría de Turismo u organismo que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto N DECRE-2020-54-GDEBA-GPBA aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y estableció que corresponde a la Subsecretaría de Turismo, dependiente del mismo, entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley 14.209 y sus modificatorias;
Que por la Resolución N 23/14 del entonces Secretario de Turismo, se creó el Registro de Prestadores Turísticos en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en el territorio provincial, y, dentro del mismo, el Registro de Hotelería y Afines, estableciendo las formas de clasificación y categorización de los alojamientos turísticos;
Que a través de la Resolución N RESOL-2019-10-GDEBA-MPGP del entonces Ministerio de Producción se aprobaron los nuevos requerimientos documentales, circuito administrativo, formularios y demás documentación para la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines, derogando el artículo 14 de la Resolución N 23/14;
Que, por las presentes, la firma interesada AUSTRALIS EMPRENDIMIENTOS TURÍSTICOS S.R.L CUIT N 30-709137650, solicita la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines del establecimiento denominado Australis Campana, ubicado en Ruta 9 km 80.5 de la localidad y partido de Campana;
Que en las actuaciones referidas obra en orden 2, planilla de inscripción PD-2020-26085763-GDEBADTAYLDLIMPCEITGP, en orden 3, contrato de locación IF-2020-26085788-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, en orden 4 la constancia de habilitación IF-2020-26085790-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP y en orden 5 fotografías tanto del interior como del exterior del establecimiento IF-2020-26085824-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP;
Que se considera elemento suficiente de verificación de identidad, el ingreso al Módulo de Trámites Online MoTO
mediante la utilización por parte del solicitante de su CUIT y clave fiscal, prescindiéndose de esta manera de la presentación de copias de documento nacional de identidad o de documentación que acredite personería jurídica en caso de corresponder;
Que en cuanto al uso del Libro de Reclamos y Sugerencias, se reemplaza el de formato papel por uno de formato digital, que se pondrá a disposición del establecimiento una vez finalizada la inscripción en el Registro de Hotelería y Afines;
Que conforme lo declarado en el Formulario de Inscripción, el establecimiento fue construido en el año 2007 y su última refacción fue en 2015, permanece abierto todo el año, dispone de un total de doscientos dieciséis 216 plazas distribuidas en cuarenta y ocho 48 habitaciones dobles, veinticinco 25 cuádruples, diez 10 suites y dos 2 plantas edificadas;
Que asimismo cuenta con recepción equipada con teléfono, sala de estar equipada con cuatro 4 baños, un 1 salón desayunador/comedor con capacidad para ciento veinte 120 huéspedes y seis 6 baños. Dispone de dos 2 salones de usos múltiples, equipados con TV, teléfono y dos 2 baños, cuatro 4 salones de convenciones, con capacidad para cuatrocientas 400 personas equipados con guardarropa, teléfono, internet inalámbrico por wi-fi, doce 12 baños, un 1
salón de juegos con capacidad para sesenta 60 huéspedes, que cuenta con personal para cuidado de niños y está equipado con TV Led de 32, dos 2 baños, ping pong, pool, juego de mesa, metegol y plaza blanda;
Que cuenta con dos 2 piscinas descubiertas, una 1 cubierta climatizada y una 1 para niños, con indicadores de profundidad, solárium, elementos de salvamento, iluminación e instalaciones gastronómicas en adyacencia. También posee Spa, equipado con sauna seco, sala de relax, sala de masajes, ducha escocesa, tratamiento de belleza y gimnasio con cinco 5 aparatos;
Que se desprende del Formulario de Inscripción que el establecimiento dispone de medidas generales contra incendios,
SECCIÓN OFICIAL > página 48

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/01/2021 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data20/01/2021

Conteggio pagine119

Numero di edizioni3423

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione02/08/2024

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