Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/02/2020 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 27 de febrero de 2020

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1: Declarar legítimo el cargo deudor practicado a la Sra. Angela Gimenez, por la suma de PESOS DOS MIL
QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 62/100 CENTAVOS $ 2.575,62, por haberes indebidamente percibidos por el período 1/5/2017 al 30/5/2018, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80 y argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 2: Se deberá notificar el presente mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial, en los términos del art. 66 del Decreto-Ley 7647/70, a los posibles derecho-habientes de la ex beneficiaría de autos e intimarlos de pago, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales pertinentes.
ARTÍCULO 3 Si cumplido el plazo correspondiente no existiere presentación alguna por parte de los derecho-habientes, deberá tomar intervención el área técnica pertinente, a los fines de confeccionar el pertinente título ejecutivo y accionaer contra el acervo sucesorio.
ARTÍCULO 4: Registrar. Notificar. Cumplido, seguir el trámite como por derecho corresponda. Hecho, archivar.
Departamento Relatoría. Firmado Dra. Virginia Borghi. Abogado Relator.
Christian Gribaudo, Presidente feb. 26 v. mar. 3

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente Nº 291810917/92 a los derechohabientes del Sr. MIGUEL JULIO, la Resolución N 690202 del 06/10/2010 y Se lo intima al pago a los derechohabientes del cargo deudor declarado legitimo por el termino improrrogable de 10 diez días, o en su defecto, a que celebren convenio de pago con el Instituto de Previsión Social dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial de apremio. Asimismo, vencido el plazo indicado sin que se verifique el pago o la celebración del convenio de pago, se los deja intimados a los derechohabientes del titular de la deuda, a que procedan a abrir la sucesión dentro del término de 30 días de notificados y denunciar su radicación dentro de los diez días de decretada su apertura, bajo apercibimiento de instar el recupero judicial de las sumas adeudadas a ésteInstituto de Previsión Social de conformidad con lo establecido en el Art. 729 Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.La Plata, 9 de Diciembre de 2019. Firmado Dra. María Evangelina Fortier.
El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente Nº 2918-666-77 la Resolución 690202 del 06/10/10
RESOLUCIÓN N 690202
LA PLATA, 6 de octubre de 2010
VISTO, el expediente N 2918-666-77 iniciado en vida por el hoy fallecido Julio MIGUEL, atento el cargo deudor determinado en autos, y CONSIDERANDO, Que por Resolución de fecha 4 de Noviembre de 1999 de fs. 177 se recepta parcialmente el recurso deducido por el titular reduciéndose la deuda determinada por acto de fs. 146, y declarándose legítimo un cargo deudor que asciende a la suma de $ 48.937,01 que se determinara al titular atento haber percibido indebidamente haberes jubilatorios;
Que el acto de fs. 146 dispuso la afectación del haber a los fines cancelatorios, existiendo una deuda de $ 42.580,88 al momento del fallecimiento;
Que a fs. 75 se dictaminó declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos e intimar de pago a los derechohabientes;
Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 6 de octubre de 2010, según consta en el Acta N 3018;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Declarar legítimo el saldo deudor que asciende a la suma de $ 42.580,88 existente en autos, según lo expuesto ut supra, ello conforme al art. 61 del Decreto-Ley 9650/80 T.O 1994.
ARTÍCULO 2. Intimar de pago a los derechohabientes, a fin de que propongan forma de pago dentro de los diez días, bajo apercibimiento de iniciar las acciones que por derecho correspondan contra el acervo sucesorio.
ARTÍCULO 3. Notificar a Carolina HAAG, beneficiaría de pensión, en su caráctende cónyuge supérstite del causante de autos.
ARTÍCULO 4. Se deja constancia que a fin de posibilitar la notificación de la presente resolución a otros posibles herederos y habilitar en su caso la confección del pertinente título se deberá notificar la misma mediante edictos.
ARTÍCULO 5. Diligenciar Oficio ante el Registro de Juicios Universales a fin de verificar antecedentes.
ARTÍCULO 6. Regístrese. Pasen las actuaciones a la Dirección de Recaudación y Fiscalización -Sector Gestión y Recupero de Deudapara que tome la intervención de su competencia. Cumplido pasen las actuaciones al Dpto. Técnico Sector Edictos - para su publicación. Hecho siga su trámite como por derecho. Oportunamente archívese.

SECCIÓN OFICIAL > página 44

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/02/2020 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data27/02/2020

Conteggio pagine63

Numero di edizioni3404

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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