Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/11/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 06 de noviembre de 2019

correspondiente al Ejercicio 2017, conforme se expone en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aplicar la sanción de Llamado de atención a la señora Gisela Mariam MONTENEGRO y Multa de $8.100,00 a la señora Andrea Paola FICCA, Multa de $8.100,00 a la señora Gisela Elisabet FERNANDEZ y Multa de $8.100,00 al señor Diego Raúl ZARAGOZA, por considerarlos responsables de acuerdo al Considerando Cuarto.
ARTÍCULO TERCERO: Desaprobar egresos y formular cargo por la suma de $533.103,03 al que deberán responder solidariamente el señor Martin Ezequiel LABORDA y la señora Andrea Paola FICCA Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias, en virtud de los fundamentos expuestos en el Considerando Primero.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a las autoridades: señoras Gisela Elisabet FERNANDEZ, Andrea Paola FICCA y Gisela Mariam MONTENEGRO, y señores Martin Exequiel LABORDA y Diego Raúl ZARAGOZA de lo resuelto en los artículos precedentes, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893, y en la cuenta fiscal Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543
ambas a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar para su conocimiento la presente resolución, al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo Social -Subsecretaría de Políticas Sociales-, a la Dirección General de Cultura y Educación Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO SEXTO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16 del H.
Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de seis fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento, durante los términos fijados en el Artículo Cuarto. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 711/2019
Firmado: Ariel Héctor Pietronave; Gustavo Eduardo Diez, Daniel Carlos Chillo y Eduardo Benjamín Grinberg.
Rubricado: Ricardo César Patat.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
CONSEJO ESCOLAR DE ITUZAINGÓ
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 13/08/2019
N de Expediente: 2-220.10-2017
Ejercicio: 2017
Resuelve:
EL H. TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE ITUZAINGO
correspondiente al Ejercicio 2017, conforme se expone en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otro alcance de lo tratado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO TERCERO: Aplicar la sanción de Multa de $8.100,00 a la señora Nancy Leonora NUÑEZ y de Amonestación a las señoras Nancy Beatriz DAVIES, Claudia Mabel GIMENEZ y Carla Susana GONZALEZ, conforme lo expuesto en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Encomendar a la División Relatora que en el próximo estudio de la cuenta informe sobre lo tratado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a las autoridades, señoras Nancy Leonora NUÑEZ, Nancy Beatriz DAVIES, Claudia Mabel GIMENEZ y Carla Susana GONZALEZ de lo resuelto en los artículos precedentes, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar para su conocimiento la presente resolución, al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo Social -Subsecretaría de Políticas Sociales-, a la Dirección General de Cultura y Educación Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de cinco fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, y reservar este
SECCIÓN OFICIAL > página 25

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/11/2019 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data06/11/2019

Conteggio pagine101

Numero di edizioni3411

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione17/07/2024

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