Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/10/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 30 de octubre de 2019

el área, conforme lo determine la reglamentación. La Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial o la repartición que en el futuro la reemplace, será quien autorice el uso de todos estos dispositivos en jurisdicción provincial y municipal.;
Que el artículo 28 inciso a del Anexo I del Decreto N 532/09, modificado por el Decreto N 1350/18, establece que La Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial será la autoridad competente para autorizar el uso e instalación en la vía pública de estos instrumentos o sistemas de control en jurisdicción provincial y municipal. Tendrá a su cargo el funcionamiento y regulación del Registro de Proveedores autorizados de tecnología de instrumentos cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, cuya información no pueda ser alterada manualmente, de constatación de infracciones, el que será actualizado periódicamente en función de la incorporación de nuevas tecnologías o proveedores, así como por la baja de aquellos que no cumplan con los estándares de calidad y servicio.;
Que resulta prioridad central de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial mejorar la gestión administrativa y adoptar buenas prácticas en la materia, a los efectos de lograr mayor eficiencia en los procesos y circuitos administrativos;
Que esta política incluye también el fortalecimiento del ambiente de control en el organismo, asegurando la mejor utilización de los recursos públicos en el marco de la eficiencia y economía, que no pierda de vista el logro de resultados razonables y adecuados a los fines perseguidos;
Que metodológicamente se ha optado por un desarrollo secuencial de la revisión de los procedimientos que emplea la jurisdicción, estimando pertinente priorizar la actualización de aquellos circuitos que por su reiteración o criticidad resulten de más urgente formalización, siendo los mismos el i Procedimiento de autorización y alta de equipos fijos y móviles de constatación de infracciones de tránsito, ii Procedimiento de Gestión de Infracciones, iii Check List del Procedimiento de Solicitud de instalación y uso de equipos de constatación de infracciones y, iv Especificaciones Técnicas de Protocolos de Radares;
Que en el orden N 4 obra Plan de Trabajo realizado por las Expertas en Gestión Pública, Virginia Renteria y Victoria Rubbini, a solicitud de la asistencia técnica requerida por la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial;
Que en el orden N 9 obra informe legal de la Dirección Técnica Administrativa, sin tener objeciones que formular desde el ámbito de sus competencias;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N 13.927 y modificatorias, el Decreto Nº 532/09 y modificatorios y el Decreto N 169/18;
Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL
DEL MINISTERIO DE GOBIERNO
DISPONE
ARTÍCULO 1. Aprobar el Procedimiento de autorización y alta de equipos fijos y móviles de constatación de infracciones de tránsito IF-2019-36757601-GDEBA-DPPYSVMGGP, conjuntamente con el Procedimiento de Gestión de Infracciones IF-2019-36757440-GDEBADPPYSVMGGP, el Check List del Procedimiento de Solicitud de instalación y uso de equipos de constatación de infracciones IF-2019-36757522-GDEBA-DPPYSVMGGP y las Especificaciones Técnicas de Protocolos de Radares IF-2019-36757676-GDEBA-DPPYSVMGGP, los cuales forman parte integrante de la presente Disposición, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2. Establecer que para la instalación en la vía pública de instrumentos o sistemas de control de infracciones de tránsito en jurisdicción provincial y municipal deberá procederse conforme lo previsto en el artículo 1 de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3. La presente Disposición tendrá vigencia a partir del primer día hábil siguiente al de su publicación.
ARTÍCULO 4. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Victor Augusto Stephens, Director
ANEXO/S
ANEXO I

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Ver
ANEXO II

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Ver
ANEXO III

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Ver
ANEXO IV

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Ver
Licitaciones MUNICIPALIDAD DE CARLOS TEJEDOR
Licitación Pública N 4/19
POR 15 DÍAS - Número de Expediente: 4020-6094/19.
Organismo Solicitante: Iniciado por Oficina de Compras.

SECCIÓN OFICIAL > página 11

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/10/2019 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data30/10/2019

Conteggio pagine59

Numero di edizioni3412

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione18/07/2024

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