Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 07 de agosto de 2019

contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18
de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar para su conocimiento la presente resolución al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo Social -Subsecretaría de Políticas Sociales-, a la Dirección General de Cultura y Educación Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de siete fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
CONSEJO ESCOLAR DE GENERAL SAN MARTÍN
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 04/04/2019
N de Expediente: 2-051.10-2016
Ejercicio: 2016
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE GENERAL SAN
MARTÍN correspondiente al Ejercicio 2016, conforme se expone en el Considerando Sexto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aplicar la sanción de Llamado de atención a las señoras Georgina Soledad BITZ, Gabriela del Carmen DIEGUEZ, Ana María GIOSA, Tatiana Noelia GOMEZ,Lorena Marisa PERCIANTE, Silvana Marisa TULLI y a los señores Hernán Rodrigo ALVAREZ y Daniel Alejandro PALAZZO,y la sanción de Amonestación a los señores Néstor Daniel SPRIANO y Diego Sebastián MARLETTA de acuerdo a lo tratado en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia sin otro alcance de la cuestión tratada en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar al Ministerio de Desarrollo Social lo tratado en los Considerandos Primero y Segundo y a la Dirección General de Cultura y Educación lo tratado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar a las autoridades del Consejo Escolar de General San Martín las propuestas de mejora generadas por la División Relatora, y encomendar a ésta el seguimiento de las mismas en el próximo estudio de cuenta, conforme lo expuesto en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a las señoras Georgina Soledad BITZ, Gabriela del Carmen DIEGUEZ, Ana María GIOSA, Tatiana Noelia GOMEZ, Lorena Marisa PERCIANTE, Silvana Marisa TULLI y a los señores Néstor Daniel SPRIANO, Hernán Rodrigo ALVAREZ, Daniel Alejandro PALAZZO y Diego Sebastián MARLETTA, de lo resuelto en los artículos precedentes. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H.
Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar para su conocimiento la presente resolución, al Presidente del Consejo Escolar, al Ministerio de Desarrollo Social -Subsecretaría de Políticas Sociales- ,a la Dirección General de Cultura y Educación Auditoría Generaly al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales y oportunamente devolver al Organismo la documentación presentada.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018/16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de siete fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
CONSEJO ESCOLAR DE MORENO
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 04/04/2019
N de Expediente: 2-078.10-2016
Ejercicio: 2016
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE MORENO
correspondiente al Ejercicio 2016, conforme se expone en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar parcialmente sin efecto el reparo efectuado de acuerdo a lo tratado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia de lo tratado en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar egresos y formular cargo por la suma de $37.417,98 al que deberán responder solidariamente, la señora Mónica Claudia Alicia BERZONI y el señor Jorge Eduardo ALMADA Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias, en virtud de los fundamentos expuestos en el Considerando Primero.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora Mónica Claudia Alicia BERZONI y al señor Jorge Eduardo ALMADA de lo resuelto en los artículos precedentes, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 108/9

SECCIÓN OFICIAL > página 99

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data07/08/2019

Conteggio pagine239

Numero di edizioni3423

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione02/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031