Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 07 de agosto de 2019

regularizaciones de los temas referidos en los Considerandos Tercero y Cuarto.ARTICULO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y a la Municipalidad de PILA.ARTICULO NOVENO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento el presente fallo que consta de once fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas, y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Sexto. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Municipalidad de GENERAL BELGRANO
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 04/04/2019
N de Expediente: 4-041.0-2017
Ejercicio: 2017
Resuelve:
ARTICULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de GENERAL BELGRANO, ejercicio 2017, con arreglo a los libros y documentos examinados.ARTICULO SEGUNDO: Dejar constancia de los incumplimientos consignados en los Considerandos Segundo a Sexto, en los Apartados correspondientes, así como de las aclaraciones efectuadas en los mismos.
ARTICULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Séptimo, aplicar MULTAS de $ 15.000,00 al Intendente Municipal Osvaldo Mario DINAPOLI; de $ 11.000,00 al Contador Municipal y Responsable del Sistema de Contabilidad Lucas Javier FINOCHIETTO; AMONESTACIÓN a la Contadora Municipal y Responsable del Sistema de Contabilidad INT Sra. Agustina Anastasia OLSOWY; y LLAMADOS DE ATENCIÓN al Secretario de Hacienda Sr. Enrique Alberto ACHA; al Tesorero Municipal y Responsable del Sistema de Tesorería Ricardo Francisco DOLESCHAN; al Secretario de Gobierno Román DELLA VEDOVA; a la Directora de Ingresos Públicos, Sra. Andrea Beatriz VERA; a la Subdirectora de Personal y Responsable del Sistema de Administración de Personal: Sra. Nancy Emilce LEGUIZAMON; y al Presidente del Honorable Concejo Deliberante: Sr. Miguel Ángel SCAMINACI artículo 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas sobre los temas tratados en el Considerando Sexto, Apartados b-a y b-b, y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO QUINTO: Declarar que los Intendentes Municipales: Sr. Jorge Alejandro EIJO y Sr. Osvaldo Mario DINAPOLI;
Secretario de Hacienda: Sr. Luis Hernán GODOY BERROCAL; Contador Municipal y Responsable del Sistema de Contabilidad y Secretario de Hacienda: Sr. Enrique Alberto ACHA; Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos:
Sr. Juan Pablo TRUMINO; Directora de Bienes Físicos y Responsable del Sistema de Bienes Físicos: Sra. María Lorena URCOLA; Asesor Legal y Técnico: Sr. Julián Ricardo GÓMEZ; todos ellos alcanzados, según cada caso, por las Reservas del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Honorable Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente sobre los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTICULO SEXTO: Dejar sin efecto la reserva impuesta sobre el tema tratado en el Considerando Sexto, Apartado b-d, por los motivos allí expuestos, liberando de responsabilidad por las cuestiones allí detalladas a los siguientes funcionarios:
Intendentes Municipales: Sr. Jorge Alejandro EIJO y Sr. Osvaldo Mario DINAPOLI; Secretario de Hacienda: Sr. Luis Hernán GODOY BERROCAL; Secretario de Hacienda y Contador Municipal y Responsables del Sistema de Contabilidad: Sr.
Enrique Alberto ACHA; Secretarios de Salud: Sra. Andrea Viviana DALDOSSO, y Sr. Hugo Arnaldo NARTALLO; Asesor Legal y Técnico: Sr. Julián Ricardo GÓMEZ.
ARTICULO SÉPTIMO: Notificar a Jorge Alejandro EIJO, Osvaldo Mario DINAPOLI; Lucas Javier FINOCHIETTO; Enrique Alberto ACHA; Luis Hernán GODOY BERROCAL, Agustina Anastasia OLSOWY; Román DELLA VEDOVA; Ricardo Francisco DOLESCHAN; Andrea Beatriz VERA; Nancy Emilce LEGUIZAMON; Miguel Ángel SCAMINACI; Juan Pablo TRUMINO; María Lorena URCOLA; Julián Ricardo GÓMEZ; Andrea Viviana DALDOSSO, y Hugo Arnaldo NARTALLO; lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanción de multa, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal 1865/4 multas Pesos - CBU 0140999801200000186543, a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva su ejecución artículos 159
de la Constitución Provincial y 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, hacerles saber que la Sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a éste H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTICULO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de GENERAL BELGRANO.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la situación exteriorizada en el Considerando Segundo, Apartado f, a ARBA Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, y aquella descripta en el Considerando Quinto al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO DÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento el presente fallo que consta de quince fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas, y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Séptimo. Cumplido, archívese.

SECCIÓN OFICIAL > página 110

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/08/2019 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data07/08/2019

Conteggio pagine239

Numero di edizioni3411

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione17/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031