Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/08/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 05 de agosto de 2019

Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la MUNICIPALIDAD DE SALADILLO ejercicio 2017, acorde a lo expresado en el Considerando Octavo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos Segundo, Tercero y Quinto y en base a la determinación efectuada en el Considerando Séptimo aplicar Amonestación al Intendente Municipal José Luis SALOMÓN a la Contadora Municipal María de los Ángeles STORTI y Llamado de atención al Jefe de Compras Municipal Diego Ariel LUCCA; al Tesorero Municipal Marcelo Alejandro DE PAULA y al Secretario de Hacienda Marcelo TOMATTI RIVANERA.
Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los motivos detallados en el Considerando Cuarto desaprobar las extralimitacionespresupuestariassin posibilidades de compensación, formulando cargo de $ 78.457,67 por el que responderá el Intendente Municipal José Luis SALOMÓN. Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, sobre la materia tratada en el Considerando Sexto y disponer que la Delegación Zonal y la Relatoría tomen nota para informar en su próximo estudio. Declarar que los Intendentes Municipales Carlos Antonio GOROSITO y José Luis SALOMÓN, quienes resultan alcanzados por la reserva, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta que el Honorable Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a José Luis SALOMÓN; María de los Ángeles STORTI; Diego Ariel LUCCA; Marcelo Alejandro DE PAULA; Marcelo TOMATTI RIVANERA y Carlos Antonio GOROSITO; de lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 108/9 cargos Pesos CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Resolución a la Municipalidad de Saladillo y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SÉPTIMO Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016
del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la presente resolución que consta de once fojas;
publíquese en el Boletín Oficial, y en la página electrónica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar éste Expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Quinto. Fírmese, cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Sumario de responsabilidad Patrimonial: MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 28/03/2019
N de Expediente: 21100-473656-2012-0-1
Ejercicio: 2012
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $ 2.900,00 referido al mes de abril de 2012, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar patrimonialmente responsable al señor Facundo Baltazar SUAREZ, D.N.I. Nº 32.999.011, por transgresión a los artículos 112 y 114 de la Ley Nº 13767 arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T. O. 9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario por la suma total de pesos veintitrés mil seiscientos treinta $ 23.630,00 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar al señor Facundo Baltazar SUAREZ el cargo pecuniario que se le formula en el Artículo Segundo y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 CBU 0140999801200000010893 a la orden del Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se le hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubricar por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del H.
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires esta resolución que consta de tres 3 fojas, firmarla en un ejemplar,
SECCIÓN OFICIAL > página 98

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/08/2019 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data05/08/2019

Conteggio pagine135

Numero di edizioni3422

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/08/2024

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