Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/05/2018 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Jueves 24 de mayo de 2018

Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTICULO 1º. Reconocer que a Raúl Marzano, con documento DNI Nº 4.936.935, le asistía el derecho al goce del beneficio de Pensión equivalente al 37 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Obrero Categoría 3 Clase IV
30 hs. con 20 años de antigedad, desempeñado en la Municipalidad de Rojas, el que debería ser liquidado a partir del 16
de octubre de 2013, hasta el 23 de julio 2017 , fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.ARTICULO 4º. Registrar en Actas. Publicar Edictos. Remitir al Sector Gestión y Recupero de Deudas.Christian Alejandro Gribaudo Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente N 21557171915-10 La Resolución N885.656 del 07/03/2018.VISTO el presente expediente por el cual Liliana Beatriz Hernandez, solicita se le acuerde el beneficio de jubilación ordinaria, y;
CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación fallece la titular por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio y revocar la Resolución Nº 872.178, de fecha 16 de agosto de 2017 atento que la misma fue dictada con posterioridad al fallecimiento de la solicitante;
Que, se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el Decreto-Ley Nº 9650/80 T.O. 1994;
Que, contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTICULO 1º. Revocar la Resolución Nº 872.178, de fecha 16 de agosto de 2017, atento los argumentos vertidos en los considerandos.ARTICULO 2º. Reconocer que a Liliana Beatriz Hernandez, con DNI Nº 14.161.906, le asistía el derecho al goce del beneficio de Jubilación Ordinaria equivalente al 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Vicedirectora de Primera Menos de 20 Secciones Rural 1 EPC, con 24 años, desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del 30 de diciembre de 2010 y hasta el 5 de julio de 2017, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.ARTICULO 3º. Notificar que contra la presente podrá interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20
días de notificado, de acuerdo al artículo 74 del Decreto Ley N 9650/80 T.O. 1994.ARTICULO 4º. Registrar en Actas. Publicar Edictos.Christian Alejandro Gribaudo Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, Notifica por 5 días en el Expediente Nº 2918-388677 La Resolución N 883.797 del 31/03/2018.VISTO el presente expediente por el cual se analiza la situación previsional de Juan Carlos Ferraris, y;
CONSIDERANDO:
Que, del análisis de las actuaciones surge que Juan Carlos FERRARIS gozaba de una prestación en el orden nacional desde el 10/02/1962 sin existir normativa alguna que permitiera la percepción de dos prestaciones en las fechas obtenidas por lo que resulta ilegítima la prestación provincial obtenida primero en el tiempo 01/01/1978;
Que, con fecha 04/08/2010 se dictó la Resolución N 686.228 que declaró legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de $1.141.891,77 por haberes percibidos indebidamente por Juan Carlos Ferraris desde el 01/01/1978 hasta el 06/01/2004, fecha de su fallecimiento, intimándose de pago a su cónyuge, Frida RUDMAN;
Que, con fecha 21/12/2016 fallece Frida RUDMAN sin proponer forma de pago alguna;
Que, en dicha resolución no fueron intimados de pago los derechohabientes del causante, por lo que corresponde subsanar la situación y proceder a revocar la Resolución N 686.228 e intimarlos de pago;
Que, contando con el dictamen de la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTICULO 1º. Revocar la Resolución N 686.228 de fecha 4 de agosto de 2010, atento los argumentos vertidos en los considerandos.-

SECCIÓN OFICIAL > página 47

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/05/2018 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data24/05/2018

Conteggio pagine77

Numero di edizioni3423

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione02/08/2024

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