Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/05/2018 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Martes 22 de mayo de 2018

especial con el objeto de efectuar el seguimiento de los casos señalados, conforme lo expuesto en los Considerandos Primero, Tercero y Cuarto, manteniendo subsistente la responsabilidad de los señores y Claudia Alejandra DENTONE y notificar a los mismos, conforme el presente Artículo. ARTÍCULO DUODÉCIMO: Rubríquese, archívese. Firmado: Miguel Oscar TEILLETCHEA Vocal; Gustavo Ernesto FERNÁNDEZ Vocal; Eduardo Benjamín GRINBERG Presidente, ante mí: Ricardo César PATAT Director General de Receptoría y Procedimiento. La Plata, 03 de abril de 2018.
C.C. 4.729 / may. 15 v. may. 21

Provincia de Buenos Aires HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30º y 27º in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término de CINCO 5 días a la señora Daniela Leticia TUNESSI, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 07 de marzo de 2018, en el Expediente N 4-015.0-2016 relativo a la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de BRANDSEN, cuya parte pertinente dice: LA PLATA, 07 de marzo de 2018. RESUELVE ARTÍCULO
TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Séptimo aplicar llamados de atención al y Sra. Daniela Leticia TUNESSI artículo 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.-ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese, archívese. Firmado:
Gustavo Ernesto FERNÁNDEZ Vocal; Miguel Oscar TEILLETCHEA Vocal; Eduardo Benjamín GRINBERG Presidente, ante mí: Nelva Haydée GONZÁLEZ ZANONI Directora General de Actuaciones. La Plata, 08 de mayo de 2018. Ricardo C.
Patat Director General.
C.C. 4.730 / may. 15 v. may. 21

Provincia de Buenos Aires HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De acuerdo con los Artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término de cinco 5 días al señor Juan Carlos Ibarra, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado fallo con fecha 19 de abril de 2018, en el Expediente N 3-166.0-2016 relativo a la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Tigre, cuya parte pertinente dice: La Plata, 19 de abril de 2018: Resuelve: Artículo décimo quinto: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre los temas tratados en los Considerandos Segundo Inciso 8 in fine, Tercero inciso 5 apartado a in fine, Cuarto apartado b, Quinto y Sexto Incisos 1, 2, 5, 6, 7 y 8 y disponer que la Delegación Zonal y la Relatoría tomen nota para informar en su próximo estudio.
Artículo Décimo Sexto: Declarar que Juan Carlos Ibarra funcionarios alcanzados por las Reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga. Artículo Décimo Noveno: notificar a Juan Carlos Ibarra de las reservas dispuestas por el Artículo Décimoquinto. Artículo Vigésimo Tercero: Rubricar, archivese. Firmado:
Gustavo Ernesto Fernández Vocal, Miguel Oscar Teilletchea Vocal, Eduardo Benjamín Grinberg Presidente, ante mí, Ricardo César Patat Drector General de Receptoría y Procedimiento. La Plata, 8 de mayo de 2018.
C.C. 4.779 / may. 16 v. may. 22

Provincia de Buenos Aires JUZGADO DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL N 1
Departamento Judicial de Lomas de Zamora POR 3 DÍAS - A través del presente, hace saber que conforme las disposiciones de los Arts. 118 y 119 del Acuerdo N
3397/08 y Resolución Nº 3354/10 de la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, el día 24 de octubre de 2018, se procederá a la destrucción de 546 quinientos cuarenta y seis expedientes que tramitaron ante el ex Tribunal de Menores Nº 1, Secretaría Nº 2, posteriormente Tribunal de Menores Nº 4, y que actualmente es el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1. La nómina de las causas se encuentra a disposición para su compulsa en la Secretaría de este Juzgado sito en la calle Talcahuano 278, 1 piso de la localidad de Banfield, partido de Lomas de Zamora. En dicho marco se dispone el plazo de 20 veinte días corridos, a efectos que aquellos que acrediten un interés legítimo, puedan solicitar desgloses de documentación, ser designado de depositario del expediente y/o plantear revocatoria de la autorización de Destrucción, en el marco del Art. 120
del Acuerdo referido. Transcurrido el término sin mediar oposición se procederá a la destrucción de los expedientes. Se transcribe el decisorio que ordena la medida: Lomas de Zamora, 19 de febrero de 2018: Vistas las disposiciones de la Resolución Nº 2935
del 9 de septiembre del año 2010, Resolución Nº 3354/10 del 10 de noviembre del año 2010 y Acuerdo N 3397/08 del 5 de noviembre de 2008 de la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, y Considerando: IResuelvo: 1Proceder a la Destrucción de 546 quinientos cuarenta y seis expedientes de índole asistencial y penal, que tramitaran durante el período comprendido entre los años 1973 a 2006 por ante el ex Tribunal de Menores Nº 1 Secretaría Nº 2, que a partir del año 2002 se transformó en Tribunal de Menores Nº 4, y que actualmente es el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1
del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, el día 24 de octubre del año 2018. 2- Realizar las siguientes publicaciones y notificaciones, haciendo saber que aquellos que posean un interés legítimo podrán formular la oposición que consideren pertinente en el plazo de 20 veinte días corridos; como así también que las nóminas de identificación de expedientes, se encuentran en la Secretaría de este Juzgado para su compulsa: a Publicar Edictos por 3 tres días en el Boletín Oficial, y en el Diario La Unión. b Publicar, en el sitio web de la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. c Comunicar a las Secretarías de Derechos Humanos de la Nación y de la Provincia, Comisión Provincial por la Memoria, Archivos de la Nación y de la Provincia, y Colegio de Abogados de Lomas de Zamora. 3- Efectivizar las comunicaciones que anteceden en el marco de las disposiciones de los Arts. 1, 2 y 3 de la Resolución Nº 2921/12 del 31/10/12 de la Ecxma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. 4- Hacer saber a los organismos detallados en el apartado II c del presente, que podrán anoticiar del acto de destrucción a otras entidades de defensa de los Derechos Humanos que a su entender, pudieran tener interés en el resguardo del material a ser destruido y el contralor del cumplimiento del acto que se llevará a cabo. 5- Comunicar a APRILP
lo aquí dispuesto. 6- Dejar debida constancia de todo lo actuado por Secretaría. Fdo. Isabel Ación, Juez. Dado y firmado en mi público Despacho, en Lomas de Zamora a los dos días del mes de marzo de 2018. Emilia Cassetta, Secretaria.
C.C. 4.854 / may. 17 v. may. 21

SECCIÓN OFICIAL > página 31

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/05/2018 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data22/05/2018

Conteggio pagine61

Numero di edizioni3419

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione29/07/2024

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