Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/05/2018 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Lunes 14 de mayo de 2018

ARTÍCULO 4: El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Andrés Roberto Scarsi Ministro Ministerio de Salud
Federico Salvai Ministro Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal Gobernadora Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto Número: DECTO-2018-400-GDEBA-GPBA
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 3 de Mayo de 2018
Referencia: 2964-8616/17 - Designación FONDEVILA Juan Pablo VISTO el expediente N 2964-8616/17 del Ministerio de Salud, por el cual se tramita la designación, a partir del 18 de septiembre de 2017, de Juan Pablo FONDEVILA en el Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito de Avellaneda, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y CONSIDERANDO:
Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de Sebastián FERMAN, concretado por Resolución 11112 Nº 994/14 y contemplada en el presupuesto general ejercicio 2018 - Ley Nº 14.982;
Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N 10.471, sustituido por el artículo 1 de la Ley N 10.528;
Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto N 272/17 E;
Que en autos se informa que el agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;
Que por el artículo 4º inciso b del Decreto-Ley Nº 9.650/80 texto ordenado por Decreto Nº 600/94, se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba;
Que en virtud de lo establecido por Decreto N 2.198/01, el profesional de referencia debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;
Que la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4 y 6 de la Ley N 10.471;
Que han tomado intervención la Contaduría General de la Provincia, la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1: Designar en la Jurisdicción 11112 Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, a partir del 18 de septiembre de 2017, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N 10471, sustituido por el artículo 1 de la Ley N 10.528, en el Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito de Avellaneda, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a Juan Pablo FONDEVILA D.N.I. 31.918.690 Clase 1986, para desempeñarse como Médico especialidad: Diagnóstico por Imágenes, con un régimen de treinta y seis 36 horas semanales guardia artículo 26 de la Ley N 10.471.
ARTÍCULO 2: Dejar establecido que la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4 y 6 de la Ley N 10.471.
ARTÍCULO 3: Dejar establecido que, a partir del 18 de septiembre de 2017, Juan Pablo FONDEVILA D.N.I. 31.918.690
Clase 1986, debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 inciso b del Decreto-Ley N 9650/80 texto ordenado por Decreto N 600/94, en virtud de lo determinado por Decreto N 2198/01.
ARTÍCULO 4: Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD Jurisdicción 02: Dirección Provincial de Hospitales - Unidad Ejecutora: 103 Programa: 0014 Subprograma: 003 Actividad: 1 - Finalidad 3 Función 1 Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 Inciso 1 - Partida Principal 1 Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria Presupuesto General Ejercicio 2018 Ley N 14982.

SECCIÓN OFICIAL > página 22

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/05/2018 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data14/05/2018

Conteggio pagine74

Numero di edizioni3402

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/07/2024

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