Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/05/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 3864

LA PLATA, LUNES 22 DE MAYO DE 2017

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Oficial Resoluciones


Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución N 84
La Plata, 15 de mayo de 2017.
VISTO el Expediente Nº 2300-1162/17, por el cual se propicia aprobar las contrataciones que resultan necesarias para la implementación de las emisiones de títulos de deuda pública y/u operaciones de crédito público a realizarse bajo legislación argentina durante el ejercicio 2017, las Leyes Nº 13.767, Nº 13.981 y N 14.879, los Decretos Nº 3.260/08, Nº 1.300/16 y Nº 117/17 E, y CONSIDERANDO:
Que, el artículo 34 de la Ley Nº 14.879 de Presupuesto para el Ejercicio 2017, autoriza al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de pesos cincuenta y dos mil millones $52.000.000.000 o su equivalente en otras monedas, con el objeto de financiar la ejecución de proyectos y/o programas sociales y/o de inversión pública actualmente en desarrollo o que se prevea iniciar durante el ejercicio 2017, afrontar la cancelación y/o renegociación de los servicios de deuda, como así también tender a mejorar el perfil de endeudamiento de la deuda pública;
Que, el citado artículo establece que dicho endeudamiento será contraído mediante los mecanismos y/o instrumentos financieros que el Poder Ejecutivo juzgue más apropiados, que en todos los casos deberán asegurar que el producido del financiamiento sea afectado a la atención de los objetos determinados en el párrafo precedente;
Que, asimismo, dispone que los servicios de amortización, intereses y demás gastos asociados a este endeudamiento serán afrontados a partir de las rentas generales de la Provincia;
Que, el artículo citado establece que el Poder Ejecutivo podrá afectar para el pago de dichos servicios de capital, intereses y demás gastos asociados, como para las operaciones de crédito autorizadas y/o en garantía de los mismos, como así también ceder como bien fideicomitido, cualquier recurso de origen provincial sin afectación específica y/o los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación - Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12.888, o aquél que en el futuro lo sustituya, así como también activos financieros y/o las garantías extendidas en el marco de lo establecido en el artículo 40 de la Ley N 14.331, prorrogado por el artículo 32 de la Ley N 14.552, y/o flujos de recursos provinciales;
Que, el Decreto Nº 117/17 E encomendó al Ministerio de Economía las emisiones de títulos de deuda pública y/o la realización de toda otra operación de crédito público bajo legislación argentina durante el ejercicio 2017, en el marco de la autorización otorgada por el artículo mencionado en los párrafos precedentes;
Que, conforme lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley Nº 13.767 y el artículo 61 inciso 4 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, el Órgano Rector del Subsistema de Crédito Público está facultado para contratar instituciones financieras para que actúen como agentes colocadores, suscriptores y/o estructuradores, como agentes fiduciarios, de pago, de registro, de proceso, de información y/o de canje, firmas de asesores legales, firmas calificadoras de riesgo y casas de registro y compensación, así como cualquier otro agente que resulte necesario a fin de perfeccionar las operaciones de crédito público de la Administración Central y Organismos Descentralizados, de acuerdo con la normativa legal aplicable sobre la materia ;
Que, asimismo, los mencionados artículos establecen que el Órgano Rector del Subsistema de Crédito Público podrá solicitar la participación del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de agente financiero de la Provincia, instituido por el artículo 9 de su Carta Orgánica Decreto Ley N 9.434/79 y modificaciones, para cumplir el rol de intermediario en las operaciones financieras que se lleven adelante, si las condiciones de mercado lo ameritan;
Que, entre sus funciones, la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, dependiente de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, entiende en la planificación, dirección, coordinación y control del funcionamiento del Subsistema de Crédito Público previsto por la Ley Nº 13.767;
Que, en dicho marco normativo, la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, recibió una propuesta de BBVA Banco Francés S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A, Banco Santander Río S.A. y HSBC Bank Argentina S.A para realizar una emisión de títulos de deuda pública denominada en pesos del país bajo legislación argentina para ser suscriptos tanto por inversores locales como por inversores internacionales;
Que, en consecuencia, se propicia aprobar la citada propuesta y, en consecuencia, designar a dichas entidades para que, por sí o a través de sus respectivas casas matrices y/o controlantes y/o afiliadas y/o subsidiarias, actúen como agentes colocadores en la primera emisión de títulos de deuda pública a realizar bajo legislación argentina con participación de inversores internacionales;

Que, asimismo, el Banco de la Provincia de Buenos Aires ha prestado su conformidad para actuar en calidad de agente colocador de los títulos a emitir;
Que, resulta pertinente aprobar los modelos de Contratos de Colocación Local y Suscripción a ser firmados con los agentes colocadores relativos a la oferta dentro y fuera del país;
Que, asimismo, se considera conveniente contar con el asesoramiento del estudio jurídico Cabanellas - Etchebarne Kelly, que ha asesorado a la Provincia en las emisiones de deuda pública en el mercado local de capitales, dado que, dentro de las firmas especializadas en mercados de capitales, es la que cuenta con mayor conocimiento de la Provincia y de la normativa provincial;
Que, en esta oportunidad, dado que la operatoria requiere entre otros documentos la elaboración de un documento destinado a dar publicidad de la oferta a inversores internacionales, se considera conveniente el asesoramiento de Cleary, Gottlieb, Steen &
Hamilton LLP, firma que ha asesorado a la Provincia en reiteradas oportunidades en materia de legislación extranjera en las operaciones de financiamiento;
Que, dado que se requiere que los títulos públicos a emitir cuenten con la debida calificación de riesgo a escala global y nacional de una agencia de reconocido prestigio en el mercado, resulta conveniente contratar a Moodys Latin America Agente de Calificación de Riesgo Sociedad Anónima para la calificación de las emisiones a realizarse, dado el conocimiento que tiene de la Provincia, pudiendo emitir su opinión crediticia en tiempo y forma requeridos;
Que, teniendo en cuenta las particulares condiciones de especialización técnica requeridas, las contrataciones antes mencionadas se enmarcan en lo dispuesto por el artículo 18 inciso 2 apartado h de la Ley Nº 13.981 y el artículo 18 del Anexo 1 del Decreto Nº 1.300/16;
Que, han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que, la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 61 de la Ley Nº 13.767, 61 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, 18 inciso 2 apartado h de la Ley Nº 13.981, el artículo 18 del Anexo 1 del Decreto Nº 13.00/16 y el Decreto Nº 117/17 E;
Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar la propuesta presentada por BBVA Banco Francés S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., Banco Santander Río S.A. y HSBC Bank Argentina S.A. y designar a dichas entidades para que, por sí o a través de sus respectivas casas matrices y/o controlantes y/o afiliadas y/o subsidiarias, actúen como agentes colocadores en la primera emisión de títulos de deuda pública a realizarse bajo legislación argentina en el ejercicio 2017.
ARTÍCULO 2º. Autorizar al Banco de la Provincia de Buenos Aires para que actúe como agente colocador local en la primera emisión de títulos de deuda pública a realizarse bajo legislación argentina en el ejercicio 2017.
ARTÍCULO 3º. Aprobar los modelos de contratos de Colocación Local y Suscripción a suscribir con los agentes colocadores relativos a las ofertas a realizar dentro y fuera del país en relación a los títulos de deuda pública a emitir bajo legislación argentina, que integra la presente como Anexo 1 y 2.
ARTÍCULO 4º. Aprobar el modelo de contrato con el estudio jurídico Cabanellas
Etchebarne Kelly, para que actúe como asesor legal en las emisiones de títulos de deuda pública y/o operaciones de crédito público a realizar bajo legislación argentina durante el ejercicio 2017, que integra la presente como Anexo 3.
ARTÍCULO 5º. Aprobar el modelo de contrato con Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton LLP, para que actúe como asesor legal internacional de la Provincia en las emisiones de títulos públicos y/o operaciones de crédito público a realizar bajo legislación argentina durante el ejercicio 2017, que forma parte integrante de la presente como Anexo 4.
ARTÍCULO 6º. Aprobar el modelo de contrato con la firma Moodys Latin America Agente de Calificación de Riesgo Sociedad Anónima, para que efectúe la calificación a escala nacional y global de las emisiones a realizar bajo legislación argentina durante el ejercicio 2017, que integra la presente como Anexo 5 .
ARTÍCULO 7. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido archivar.
Hernán Lacunza Ministro de Economía NOTA: Los anexos podrán ser consultados en el Ministerio de Economía C.C. 6.108

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/05/2017 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data22/05/2017

Conteggio pagine27

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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