Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/06/2016 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 4608

LA PLATA, MARTES 14 DE JUNIO DE 2016

publicidad y relaciones públicas. Formación en los campos artísticos. En el caso que la actividad lo requiera, será desarrollada por profesionales con título habilitante. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. 4 $ 60.000, dividido en sesenta mil cuotas de $ 1 v/n c/u y un voto c/u. 5
Administración y representación legal: uno o más gerentes, socios o no. 6 Fiscalización a cargo de los socios, conforme Art. 55, Ley 19.550. 7 Cierre ejercicio: 30/09
c/año. Sede social: Ecuador 570, localidad El Talar de Pacheco, Partido Tigre, Prov. Bs. As. Gerente: Cristian Antonio Manzanelli, quien constituye domicilio especial en la sede social fijada. Suscripción: Cristian Antonio Manzanelli suscribe 42.000 cuotas y Juliana Lucía Portela, Lilian Verónica Rojas y Yessica Paola Pohl, suscriben, cada una, 6000 cuotas. Ezequiel Pinto. Abogado.
L.P. 21.031


DISTRINANDO S.A.
POR 1 DÍA - Por Acta de Asamblea General Ordinaria N 34 del 11/01/2016, Directorio N 136 del 22/01/2016, Directorio N 137 del 3/04/2016 se designó el nuevo Directorio quedando conformado así: Presidente: Jorge Enrique López, Vicepresidente: Juan Pablo López, Director Titular: Carlos López, Director Suplente:
Fernando Juan López. Silvina E. De Virgiliis. Notaria.
L.P. 21.035


AIBAL S.A.
POR 1 DÍA - Por Asamblea y reunión Directorio del 26/2/16, se designaron Presidente: Ignacio Martín Aristi;
Vicepresidente: Matías Ignacio Aristi; Directores titulares:
Javier Ignacio Aristi y María Susana Demichelis de Aristi.
Fdo. Lorenzo Vallerga. Abogado.
L.P. 21.036


ONLYCOM S.A.
POR 1 DÍA - Por A.G.E. del 02/05/16 se trasladó sede social de la Ciudad de Buenos Aires a Calle 467 e/calles 142 y 148 Lote 265 de Gran Bell, Loc. de City Bell Pdo. de La Plata, Prov. de Bs. As., reformando el Art. 1 del estatuto por cambio de jurisdicción. Dra. María Constanza Robledo abogada autorizada.
L.P. 21.038


LEYNARIELY S.A.
POR 1 DÍA - 1 Britos Leandro Ariel, 26/07/86, DNI
32.334.987, 8 N 1016- La Plata, Pdo. de La Plata, Prov.
de Bs. As.; Britos Melina Elizabeth, 13/05/97, DNI
40.542.565, 48 N 476- Santa Teresita, Pdo. de La Costa.
Prov. de Bs. As., ambos arg., solteros, comerciantes.; 2
20/04/2016; 3 Leynariely S.A.; 4 Calle 1 N 1468 de Las Toninas, Pdo. Partido de La Costa, Prov. Bs. As.; 5
Gastronomía: Cafetería, comidas rápidas, restaurante.
Venta de productos alimenticios. Servicios gastronómicos.; 6 99 años; 7 $ 100.000; 8 presidente Britos Leandro Ariel; Suplente Britos Melina Elizabeth; 1 a 7 tit. y supl. por 3 ej.; Art. 55; 9 presidente 10 31/03; 11 Cr.
Ricardo Chicatun. Contador Público.
L.P. 21.039


DURANTE HERMANOS Sociedad de Responsabilidad Limitada POR 1 DÍA - Por Escritura 305 del 19/05/2016 se Modifican los Artículos Quinto; Sexto y Séptimo del Estatuto, quedando redactados de la siguiente manera:
Cláusula Séptima: El día 31 de diciembre de cada año, se confeccionará un balance general y demás documentos ajustados a las disposiciones legales vigentes, y sin perjuicio de los que puedan realizarse excepcionalmente a pedido de cualquiera de los socios. Los socios se reunirán por lo menos una vez al mes y toda vez que cualquiera de los socios lo solicite. Todas las resoluciones deberán ser asentadas en el libro de Actas que se llevará al efecto. Los balances serán aprobados de acuerdo al artículo 67 de la Ley 19.550, y por mayoría del capital presente en la respectiva reunión. Las decisiones sociales que no concier-

BOLETÍN OFICIAL

nan a la modificación del contrato social se adoptarán por simple mayoría. Las decisiones sociales que tengan por objeto la modificación del contrato social se adoptarán por una mayoría conformada por el voto afirmativo dos tercios del capital social. Quinta: Administración y Representación social. La administración y representación social estará a cargo, de uno o más gerentes, socios o no.
Si se designara una administración plural, los gerentes desempeñarán sus funciones en forma conjunta. En este supuesto, se requerirá al menos la firma de dos cualesquiera de los gerentes para la realización de cualquier acto o contrato que obligue a La Sociedad. La determinación del número de gerentes que integrarán la administración y la designación de las personas que desempeñarán ese cargo se hará en reunión de socios, requiriéndose el voto afirmativo de la mayoría de dos tercios del capital social, tanto para la determinación del número de integrantes del órgano de administración, como de las personas a designarse.. Los gerentes desempeñarán el cargo hasta ser removidos o reemplazados, sin necesidad de expresión de causa. Podrán ser removidos del cargo por el voto de la mayoría absoluta del capital social. En el ejercicio de la administración los gerentes podrán realizar todos aquellos actos que posibiliten cumplir adecuadamente con el objeto social con la firma, en todos los supuestos, de dos gerentes, en caso de administración por gerencia plural. En particular podrán otorgar poderes generales y especiales, celebrar todo tipo de contratos, incluso de locación de servicios, administrar bienes de terceros, abrir cuentas corrientes y efectuar toda clase de operaciones con los bancos oficiales o privados de capital nacional o extranjero, sus agencias y sucursales, presentarse en licitaciones públicas o privadas, representar a La Sociedad ante las reparticiones públicas, sean nacionales, provinciales, municipales o de cualquier naturaleza, estar en juicio como actora, demandada, querellante o denunciante, y en general realizar todos los actos y contratos que se relacionan directamente con el objeto social incluso los previstos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, los que se dan por reproducidos.
Asimismo podrán efectuar todas clase de operaciones con los Bancos de la Nación Argentina, Hipotecario, Nacional de Desarrollo, de la Provincia de Buenos Aires, Municipal, privado, del país o del extranjero, constituir hipotecas, dejando constancia que la enumeración anterior es enunciativa, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se relacionen directamente con el objeto social, no pudiendo comprometer a la sociedad en negocios ajenos al objeto de la misma al otorgar garantías o avales a favor de terceros. Finalizada la exposición del Sr.
Gerente, y luego de un intercambio de opiniones, se resuelve aprobar por unanimidad la propuesta de reforma, quedando así reformada la Cláusula Quinta del Contrato Social y redactada la misma en la forma arriba indicada.
Sexta: Las cuotas sociales pueden ser libremente transferidas entre socios. Las cuotas sociales no pueden ser cedidas a terceros extraños a La Sociedad sin la autorización de los socios que representen al menos las dos terceras partes del capital social, sin computar la proporción del capital correspondiente. EI balance a confeccionarse para establecer los valores se realizará en un plazo no mayor de 30 días a contar del vencimiento del plazo anterior. Los herederos y/o cónyuge supérstite con derecho a gananciales del socio fallecido acreditarán su condición de tales mediante declaratoria de herederos. Dicha acreditación será también requerida para el caso de la incorporación de uno, algunos o todos los herederos a la sociedad. El socio o la Sociedad que hayan optado por adquirir las cuotas del socio fallecido podrán optar por abonar el precio que resulte establecido por el procedimiento indicado en veinticuatro 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Para el caso de optarse por el pago en cuota se abonará un interés anual equivalente a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documento comerciales en pesos a treinta días tasa activa sobre saldos, pagaderos con cada cuota. La primera cuota vencerá a los treinta días de acreditada la calidad de heredero o cónyuge supérstite con derecho a gananciales mediante declaratoria de herederos. Por el lapso que medie entre la formulación del balance previsto en el párrafo anterior y la fecha de la acreditación de la calidad de heredero y/o cónyuge supérstite con derecho a gananciales se reconocerá un interés equivalente al convenido para el pago de cuotas. El importe que resulte de dicho interés no será capitalizable y su monto se prorraterá entre las veinticuatro cuotas 24, en caso de optarse por esa forma de pago. En el caso en que se trate de una transferencia de cuotas sociales inter vivos, a terceros extraños a la sociedad, los socios que ejerzan el derecho de preferencia podrán optar por abonar el precio que resulte, conforme el procedimiento
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

establecido en el párrafo primero, en veinticuatro cuotas 24 mensuales iguales y consecutivas, un interés anual equivalente a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documento comerciales en pesos a treinta días tasa activa sobre saldos, pagadero con cada cuota. La primera cuota vencerá a los treinta 30 días de establecido el precio conforme el párrafo primero. Escribana María Cecilia Fernández Rouyet.
L.P. 21.040


NH CONSULTORES EN RRHH S.R.L.
POR 1 DÍA - Por Escritura 281 del 09/05/2016, se Cedieron las Cuotas Sociales. Néstor Walter Ratuta, Cede a Martín Beltrán Simó Cuatrocientas cuotas sociales 400
de Cien Pesos valor nominal cada una, transmitiéndole todos los derechos y acciones en la misma. Por Escritura 282 del 09/05/2016, Se modifica el Artículo Cuarto del estatuto social quedando redactado de la siguiente manera: Artículo Cuarto: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Ochenta Mil Pesos $ 80.000 dividido en Ochocientas cuotas de Pesos Cien $ 100 valor nominal cada una totalmente suscriptas en partes iguales por los socios Horacio Beltrán Simó y Martín Beltrán Simó. Las cuotas se integran en un veinticinco por ciento en dinero en efectivo. Los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años, computados a partir de la fecha de constitución. Reunión de socios dispondrá el momento en que se completará la integración.
Escribana María Cecilia Fernández Rouyet.
L.P. 21.041


ALDYL ARGENTINA S.A.
POR 1 DÍA - Por escritura N 468 al folio 1381 pasada por ante el registro 1500 en CABA el 19/11/15 se resolvió la modificación del artículo primero de estatutos sociales, fijación de la sede de domicilio social en jurisdicción de la provincia de Bs. As. y texto ordenado del estatuto social de la firma que gira en plaza bajo la denominación de Aldyl Argentina S.A. Queda modificado el domicilio legal de la sociedad de la calle Esmeralda 625 Piso 4 Of. L de CABA a Av. Mitre 5595 de la ciudad de Ezpeleta, partido de Quilmes, Provincia de Bs. As. Artículo Primero: Bajo la denominación de Aldyl Argentina S.A. continúa funcionando la sociedad que se constituyera originalmente bajo la denominación Uponor Aldyl S.A. Su domicilio legal se fija en la jurisdicción de la Provincia de Bs. As. Sin prejuicio de ello, el Directorio puede resolver el establecimiento de agencia, sucursales o cualquier otra clase de representación dentro y fuera del país. Se modifica el Texto Ordenado del Estatuto Social. Denominación: Aldyl Argentina S.A. Duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto:
a Industriales: La compra venta, comercialización, fabricación y distribución de todo tipo de caños realizados en cualquier tipo de material. La fabricación de productos derivados del plástico o con materias primas derivadas del petróleo, su distribución en el país y en el extranjero, b Comerciales: compra venta, locación, consignación, distribución, representación, importación y exportación de maquinarias, vehículos, equipos, motores, instrumental, accesorios, implementos, repuestos, herramientas, pinturas y productos químicos para uso y aplicación en la industria y el agro: Artículos del Hogar, Eléctricos, Menaje, Caza, Pesca y campamento, c Agropecuarias: la explotación de establecimientos ganaderos, explotación de tambos: avicultura y apicultura, d Importación y Exportación:
la importación y exportación, transporte y distribución por cuenta propia o de terceros de todo tipo de bienes y asesoramiento sobre todo tipo de operaciones de importación y exportación, e Mandatos y Representaciones:
administración por cuenta de terceros de negocios de todo tipo, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones, inversiones y asesoramientos con referencia a estas últimas quedando excluidas aquellas que en virtud de la materia hallan sido reservadas a profesionales con títulos habilitantes., según las respectivas reglamentaciones. Capital Social: $ 9.537.580.
Administración: Estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de nueve, con mandato por tres años. Representación Legal: Corresponde al Presidente del Directorio o Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento del Presidente. La sociedad prescinde de la Sindicatura en los términos del Art. 284, 2

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/06/2016 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data14/06/2016

Conteggio pagine27

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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