Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/03/2016 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 1590

LA PLATA, MIÉRCOLES 9 DE MARZO DE 2016

BOLETÍN OFICIAL

Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO 1.856/06 EL
PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Establecer, a los efectos previsionales, la equiparación de los cargos aprobados mediante la sanción de la Ordenanza N 280/2013, de la Municipalidad de General Alvarado, la que suprime las categorías 01-15 y se reubica al personal en la categoría inmediata superior, conforme procedimiento instaurado por el art. 1 inc. 2 del Decreto N 1.856/06 y Art. 51 del Decreto 9.650/80 T.O 600/94, considerando a tal efecto el informe elaborado a foja 63.
ARTÍCULO 2. Establecer que los efectos patrimoniales surtirán efectos a partir del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 3. Registrar, notificar a la Fiscalía de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, pasar al Instituto de Previsión Social. Hecho, archivar.
Christian Alejandro Gribaudo, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N 799.457
La Plata, 8 de octubre de 2014.
VISTO el expediente N 2803-91135/91 correspondiente a RODRÍGUEZ LIDA ELBA s/
Suc en el cual se han depositado haberes en demasía en el sucesorio de la causante de autos y, CONSIDERANDO:
Que oportunamente atento la solicitud de pago de haberes incoada por los derechohabientes de la causante de autos, se procedió al depósito de haberes adeudados a la misma, en la cuenta de los autos caratulados: Rodríguez Lida Elba s/Sucesión AbIntestato, por la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco con 88/100
centavos;
Que con posterioridad se advierte que se han depositado haberes en demasía por la suma de pesos novecientos noventa y dos con 13/100 centavos $992.13, correspondiendo declarar legítimo en esta instancia el saldo a recuperar.
Que la mentada deuda encuentra su origen en la percepción indebida de los haberes adeudados a la causante de autos, toda vez que se produjo el depósito de los mismos en demasía.
Que, se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, que faculta a este IPS
a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte de los derecho-habientes de la causante de autos, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 499, 784, 792 y concordantes del Código Civil;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 7 de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Declarar legítimo el saldo a recuperar, depositado en más en los autos caratulados: Rodríguez Lida Elba s/Sucesión Ab-Intestato, por la suma de pesos novecientos noventa y dos con 13/100 centavos $992.13, por haberes indebidamente percibidos por los derecho-habientes de la causante de autos;
ARTÍCULO 2: Deberá tomar intervención la Dirección de Planificación y Control de Gestión Sector Gestión y Recupero de Deudas, a fin de confeccionar el pertinente título ejecutivo y accionar contra el acervo sucesorio.
ARTÍCULO 3: Registrar. Cumplido, seguir su trámite como por derecho corresponda.
Hecho, archivar.
Sector Gestión y Recupero De Deudas/Departamento Relatoria Mariano Cascallares, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N 829.318
La Plata, 16 de diciembre de 2015.
VISTO el presente Expediente por el cual IRMA ADELA VERGARA, solicita la adecuación de su haber en base a la Ley N 14.025, y;
CONSIDERANDO:
Que, durante la tramitación fallece la titular por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio en los términos de la Ley N 14.025;
Que, se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el Decreto-Ley Nº 9650/80
T.O. 1994;
Que, contando con la vista del Fiscal de Estado y lo dictaminado por la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Revocar la Resolución N 805.736 de fecha 21 de enero de 2015, atento haber sido dictada con posterioridad al fallecimiento de la titular de autos.
ARTÍCULO 2º. Reconocer que a Irma Adela Vergara, con documento DNIF Nº 5.119.257, le asistía el derecho a regular su beneficio jubilatorio en base al 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Técnico Categoría 17 48 hs. con 31 años de antigedad, desempeñado en el Ministerio de Salud, el que debía ser liquidado a partir del 9 de agosto de 2011, atento la fecha del reclamo y lo dispuesto en el artículo 62,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

párrafo 2º, del Decreto-Ley Nº 9.650/80 T.O.1994, hasta el 27 de julio de 2014, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.
ARTÍCULO 3º. Liquidar dicho monto y las diferencias que correspondan con imputación a la cuenta del Instituto de Previsión Social - Sección Administración General.
ARTÍCULO 4º. Declarar legítimo el cargo deudor en concepto de aportes personales no efectuados por la titular que asciende a la suma de pesos mil quinientos noventa y dos con siete centavos $1.592,07, debiéndose compensar dicha deuda con las sumas que surjan a favor de la causante.
ARTÍCULO 5º. Arbitrar los medios conducentes para el recupero de la suma de pesos mil trescientos sesenta y cuatro con sesenta y cuatro centavos $1.364,64 en concepto de contribución patronal, debiéndose notificar previamente al Ente Empleador.
ARTÍCULO 6º. Notificar que contra las Resoluciones del Instituto de Previsión Social los interesados podrán interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20
días de notificado artículo 74 del Decreto-Ley Nº 9.650/80 T.O. 1994.
ARTÍCULO 7º. Verificar si hubo percepción indebida con posterioridad al fallecimiento de la causante.
ARTÍCULO 8º. Registrar en Actas. Publicar edictos. Girar al Departamento Liquidación y Pago de Haberes. Remitir al Departamento Control Legal atento el punto 5 del dictamen de fs. 64. Hecho, girar a la Dirección de Recaudación y Fiscalización. Cumplido, remitir al Sector Gestión y Recupero de deudas.
Departamento Resoluciones Mailen Vélez, Vicepresidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N 776.571
La Plata, 30 de octubre de 2013.
VISTO el expediente N 2350-25288-97 iniciado por quien en vida fuera Jorge Ricardo BRUNO, causante de autos, en virtud de la situación generada en torno a la percepción de la prestación previsional oportunamente acordada y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 422.843 dictada con fecha 10/12/98 se acordó beneficio de pensión a Jessica Vanesa BRUNO, en su calidad de hija del causante de autos a liquidarse a partir del 24 de abril de 1997, supeditando la prórroga de la prestación acordada al cumplimiento de los recaudos exigidos por el art. 37 del Decreto Ley Nº 9.650/80 TO
600/94;
Que en el citado decisorio se fija como fecha de caducidad al 19 de julio de 1998, momento en el cual la pensionada cumple los 18 años de edad;
Que a fojas 31/32, 60 y 63, 88/89, 91/92, 96/97, 101/102, 107/108 y 112/113 del expediente Nº 2350-29745-97 se acompañan certificados de alumno regular correspondientes a los ciclos lectivos 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y hasta el 28 de marzo de 2005 con lo que cumplimenta los extremos exigidos por la norma aplicable;
Que en consecuencia, corresponde en esta instancia conceder prórroga al beneficio pensionario en estudio por el lapso comprendido entre el 19/07/98 hasta el 28/03/05;
Que a fojas 138 se formuló cargo deudor por el lapso comprendido entre el 29/03/05
y el 30/07/05 que asciende a la suma de $ 10.564,96, de acuerdo con lo normado por el art. 37 y 61 del Decreto Ley Nº 9.650/80 TO 600/94;
Que a foja 144/145 interviene la Comisión de Finanzas y Asuntos Administrativos;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Organismo en fecha 30/10/2013, según consta en el Acta N 3176;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Prorrogar el beneficio pensionario de Jessica Vanesa Bruno desde el 19/07/98 hasta el 28/03/05 en los términos del art. 37 del Decreto Ley Nº 9.650/80.
ARTÍCULO 2. Determinar la caducidad del beneficio acordado a la beneficiaria, Jessica Vanesa Bruno, el 28 de marzo de 2005, conforme lo normado por el art. 37 del Decreto Ley Nº 9650/80 T.O. 600/94.
ARTÍCULO 3. Declarar legítimo el cargo deudor por la indebida percepción de haberes durante el lapso comprendido entre el 29/03/05 y el 30/07/05 que asciende a la suma de $ 10.564,96, de acuerdo con lo normado por el art. 37 y 61 del Decreto Ley Nº 9.650/80
TO 600/94.
ARTÍCULO 4. Intimar a Jessica Vanesa BRUNO para que en plazo perentorio de 10
días proponga forma de pago de lo adeudado, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales tendientes al recupero, de conformidad al art. 61 del Decreto Ley Nº 9.650/80.
ARTÍCULO 5. Establecer para el supuesto de resultar infructuosa la intimación dispuesta en el presente acto y no existiendo una sugerencia más favorable en la modalidad de recupero de la deuda liquidada, deberá confeccionarse el pertinente título ejecutivo.
ARTÍCULO 6. Registrar. Pasar al Departamento Notificaciones. Hecho, seguir con el trámite como por derecho corresponda. Oportunamente, archivar.
Sector Orden del día Mariano Cascallares, Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución N 739.739
La Plata, 17 de febrero de 2013.
VISTO el Expediente N 21.557-170.957-10 iniciado por Bibiana Mabel PICONE, por el cual se solicitara reconocimiento de servicios insalubres, y CONSIDERANDO:
Que se presenta la titular solicitando reconocimiento de servicios insalubres desem-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/03/2016 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data09/03/2016

Conteggio pagine27

Numero di edizioni3421

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione31/07/2024

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