Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/02/2015 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Disposiciones


Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
REGISTRO PROVINCIAL DE LAS PERSONAS
Disposición N 668
La Plata, 28 de enero de 2015.
VISTO el Expediente N 2209-96.451/12, el Expediente 2200-3.226/06, el Decreto N
1.824/06 y la Resolución N 493/06 ratificada por el Decreto N 2.301/06, y CONSIDERANDO:
Que por las normas citadas en el exordio, el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, a través de sus Delegaciones expide diversos certificados, entre los que se encuentran los de noticias de extravío de bienes muebles o semovientes y Documento Nacional de Identidad, de otros documentos nacionales, cédulas nacionales o provinciales de licencias de conductor y cualquier otro instrumento o documento emitido por autoridad nacional, provincial, o municipal; de certificado de supervivencia y certificado de domicilio bajo régimen de declaración jurada;

LA PLATA, VIERNES 20 DE FEBRERO DE 2015

PÁGINA 1011

Que el artículo 4 de la Resolución N 493/06 encomienda a la Dirección Provincial del Registro de las Personas, el diseño y la confección de los formularios y boletas de pago y a reglamentar lo necesario para la mejor prestación de los nuevos servicios;
Que se actualizaron los importes de las tasas, quedando los formularios obsoletos, siendo necesario implementar una solución definitiva que contemple futuros incrementos;
Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar los nuevos Certificados de Supervivencia, Exposición por extravío, la Declaración Jurada de domicilio y las boletas de depósito, conforme las copias que se adjuntan y forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2º. Implementar en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires los certificados y boletas referidos en el artículo 1, a partir del 1 de marzo de 2015.
ARTÍCULO 3º. Solicitar a la Dirección Delegada de la Dirección General de Administración del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, arbitre los medios necesarios para proceder a la impresión y distribución de los nuevos formularios.
ARTÍCULO 4º. Registrar. Comunicar. Publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Claudia M. Corrado Directora Provincial

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/02/2015 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data20/02/2015

Conteggio pagine23

Numero di edizioni3405

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione04/07/2024

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