Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/07/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 5930

LA PLATA, MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2013

BOLETÍN OFICIAL

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS
POR 5 DÍAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita y emplaza por cinco 5 días en expediente Nº 2138232768 caratulado COSCIA JUAN CÉSAR GUTIÉRREZ ANA NÉLIDA esposa s/
Pensión a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes acreditadas y considerar su derecho a partir de la fecha de su presentación. La Plata, mayo de 2013. Carlos Horacio Basualdo, Suboficial Mayor R.A.
Vicepresidente.
C.C. 6.549 / jul. 4 v. jul. 11

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS
POR 5 DÍAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires cita y emplaza por cinco 5 días en expediente Nº 2138232671 caratulado QUINTANA JORGE ARRIETA MELGAREJO ALEJANDRINA esposa s/ Pensión a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes acreditadas y considerar su derecho a partir de la fecha de su presentación. La Plata, mayo de 2013. Carlos Horacio Basualdo, Suboficial Mayor R.A. Vicepresidente.
C.C. 6.550 / jul. 4 v. jul. 11

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS
POR 5 DÍAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires notifica a la señorita ARAGÓN CYNTHIA ALDANA por cinco 5
días en el expediente N 2138-120253 y agregados caratulado Aragón Hugo César s/
Pensión del contenido de la resolución dictada por el directorio de este Organismo TEX:
La Plata, 24 de agosto de 2011. Visto: el expediente número 2138-35827/09, caratulado Aragón Hugo César, y Considerando: Que por expediente 2138-35825/09 se presenta la señora CASTIA Nélida Ester, en representación de Aragón Cynthia Aldana, en su condición de hija menor del Subteniente Aragón Hugo César. Asimismo y por el presente lo hace la señora Salgado Carrasco Jessica del Carmen, por sí y en representación de Gabriel Lautaro, Víctor Hugo y Yanina Belén Aragón, en su condición de concubina e hijos menores, respectivamente, del causante, quien falleciera el 11 de marzo de 2009, solicitando beneficio de pensión. Que Dirección de Asuntos Jurídicos a fs. 18 dictamina que, con las constancias de fs. 2 y 6 expediente 2138-35825 y fs. 3, 13/15 del presente quedan acreditados el fallecimiento del causante y el vínculo invocado respecto de los menores. Por ello y de conformidad con lo preceptuado por los artículos 25 inciso d, 42, 43
inciso c, 44 y 46 de la Ley 13.236, corresponde otorgar Pensión Móvil a Cynthia Aldana, Yanina Belén, Gabriel Lautaro y Víctor Hugo Aragón en su condición de hijos menores de edad del causante, quedando autorizados a percibir los haberes que se liquiden a nombre de los mismos a sus progenitoras, autorizando el pago de la prestación conforme lo prevé su artículo 56 y reservar la cuota parte de beneficio que pudiere corresponder a Salgado Carrasco Jessica del Carmen quien invoca condición de concubina, hasta tanto se realicen los informes de práctica. Que a fs. 21 Dirección Técnico Previsional practica cómputo. Que Dirección de Administración a fs.23 observa que a fs. 1 vuelta del presente expediente, doña Salgado Carrasco Jessica del Carmen, declara como hijo a Agustín ARAGON y no obrando certificado de nacimiento del nombrado, pase a Dirección de Asuntos Jurídicos a los fines que estime corresponder. Que habiéndose dado nueva intervención a Dirección de Asuntos Jurídicos a fs. 25 dictamina que, con las constancias de fs. 3 y 24 del presente queda acreditado la defunción del causante y el vínculo invocado. Por ello corresponde acceder a lo solicitado y en consecuencia acordar Pensión Móvil al menor Aragón Agustín Emanuel en su condición de hijo menor de edad del causante. El beneficio se liquidará a nombre de la representante Salgado Carrasco Jessica del Carmen. Dicho beneficio se deberá coparticipar con los solicitantes de fs.18. Que Dirección Técnico Previsional a fs. 27 practica nuevo cómputo. Que Dirección de Administración informa a fs. 40 que, el presente beneficio de Pensión nº 24885/0 titulado en Aragón Cynthia Aldana, se procedió a liquidar el retroactivo desde la fecha 1º-7-2009
a 30-8-2009 en Planilla Adicional Nº 42/09, los haberes del mes de septiembre/09 en Planillas Generales de Pago 809/09 con destino Banco Provincia sucursal 6229.
Asimismo, el presente beneficio de Pensión Nº 24885/1 titulado en Gabriel Lautaro, Víctor Hugo, Yanina Belén y Agustín Emanuel Aragón, se procedió a liquidar el retroactivo desde la fecha 1º-7-2009 al 30-8-2009 en Planilla Adicional Nº 42/09, los haberes del mes de septiembre/09 en Planillas Generales de Pago 809/09 con destino Banco Provincia sucursal 6229. Se hace constar que los retroactivos que pudiere corresponder serán liquidados una vez efectuado el acto administrativo. Que se ha efectuado el procedimiento previsto por el artículo 66 del Decreto Ley 7.647/70, citando a toda persona que se considere con derecho a beneficio. Que a fs. 1 del expediente 2138-35827/09, acumulado al presente como fs. 46, se presenta la señora Salgado, denunciando que la señorita Aragón Cynthia Aldana, se halla viviendo en pareja en la calle Argerich Nº 3529
de Villa Harden Green, localidad de Bahía Blanca y se halla esperando un hijo. Que Dirección de Asuntos Jurídicos a 89/90 dictamina nuevamente que, en relación a la solicitud interpuesta por la señora Salgado Carrasco, surge que de la propia declaración de la solicitante adjunta a fs.55, se desprende que la peticionante y el causante habían interrumpido la relación concubinaria, estando separados, pero conviviendo bajo el mismo techo solo por sus hijos, y teniendo en cuenta que esta unión debe prolongarse hasta el fecha de fallecimiento del causante, y que dicha hipótesis no se configura en las presentes actuaciones, es que deberá rechazar la solicitud interpuesta por doña Salgado Carrasco Jessica del Carmen. Con relación al beneficio otorgado a doña Cynthia Aldana Aragón, y atento la denuncia presentada, se procedió a efectuar un contralor ver fs. 84
del que resulta que la misma se unió en concubinato desde hace tres años aproximada-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

mente con el señor Martín Alejandro Pacheco, naciendo de dicha relación una hija. Por ello, corresponde resolver el planteo formulado por doña Salgado Carrasco en forma denegatoria artículo 43 inciso b de la Ley 13.236, dejando sin efecto la reserva oportunamente ordenada a su favor, y dar de baja el beneficio de pensión de doña Cynthia Aldana Aragón conforme lo dispuesto por el artículo 46 inciso b de la Ley 13.236. Que Dirección Técnico Previsional a fs. 92 practica nuevo cómputo. Que habiéndose dado nueva intervención a Dirección de Administración a fs. 100 informa que, al presente beneficio de Pensión nº 25.885/0 titulado en Aragón Cynthia Aldana, se procedió a dar de baja con los haberes del mes de octubre/10 según dictamen de fs. 89/90 párrafo 5to.
Asimismo se procedió a incrementar el beneficio pensionario nº 25.885/1 titulado en los menores Gabriel Lautaro, Víctor Hugo, Yanina Belén y Agustín Emanuel Aragón, con los haberes de octubre/10 del 30% al 75%t del haber, quedando pendiente el retroactivo por dicho incremento. Que sometido a estudio de Comisión de Pensiones comparte los dictámenes legales de fs. 18 expte 2138-35826 y 89/90 del presente, estimando procedente el dictado del acto administrativo pertinente; acordando beneficio de Pensión Móvil a los menores Cynthia Aldana Aragón, representada por su madre Castia Nélida Ester y a Yanina Belén, Gabriel Lautaro, Víctor Hugo y Agustín Emanuel Aragón, hijos del Subteniente Aragón Hugo César, representados por su progenitora Salgado Carrasco Jessica del Carmen. Asimismo corresponde rechazar beneficio de pensión a Salgado Carrasco Jessica del Carmen, y dar de baja el beneficio den pensión acordado a Aragón Cynthia Aldana, conforme lo dispuesto por el artículo 46 inciso b de la Ley 13.236. Que conferida vista al señor Fiscal de Estado estima que, atento los antecedentes obrantes en estas actuaciones, y disposiciones de la Ley 13.236, procede el otorgamiento de pensión a Cynthia Aldana, Yanina Belén, Gabriel Lautaro, Víctor Hugo y Agustín Emanuel Aragón en su condición de hijos de Aragón Hugo César. Respecto de la solicitud interpuesta por la señora Jessica del Carmen Salgado Carrasco, corresponde denegar el beneficio impetrado, conforme lo dispuesto en el artículo 43 inciso b de la Ley citada utsupra, dejándose sin efecto la reserva oportunamente acordada a su favor. Por último, atento que la señora Cynthia Aldana Aragón se unió en concubinato con el señor Martín Alejandro Pacheco, corresponde dar de baja el beneficio que viene percibiendo, conforme lo establecido en el artículo 46 inciso b de la Ley 13.236. Que a fs.107 Dirección de Asuntos Jurídicos estima que corresponde formular el cargo deudor respectivo a Cynthia Aldana Aragón desde la fecha en que fue dado de alta el beneficio en su favor. Que Dirección Técnico Previsional-División Liquidacionesa fs.110 informa que las sumas percibidas indebidamente por el período 1º-7-2009 al 30-9-2010, del beneficio 25.885/0
asciende a un monto líquido de $ 4.349,56, tal como luce a fs. 109. Que sometido a estudio de Comisión de Hacienda entiende que correspondería dictarse el pertinente acto administrativo de cargo deudor por $ 4.349,56, suma percibida indebidamente por el período 1º-7-2009 al 30-9-2010 por aplicación del artículo 46 de la Ley 13.236. Por ello, El Directorio de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires Por unanimidad Resuelve: Artículo 1º. Disponer la baja de la aplicación del artículo 56 efectuado a la señorita Aragón Cynthia Aldana, hija del Subteniente Aragón Hugo César por encontrarse incursa en la causal de caducidad de beneficio previsto por el artículo 46 inc. a de la Ley 13.236. Artículo 2º Acordar beneficio de Pensión Móvil a favor de Gabriel Lautaro, Víctor Hugo, Yanina Belén y Agustín Emanuel Aragón, hijos menores del causante, con un porcentaje del 18,75% del 100% del haber, para cada uno de ellos, a partir del 12 de marzo de 2009, de conformidad a lo normado por los artículos 25 inciso d, 42, 43 incisos c, 44 y 46 de la Ley 13.236. Artículo 3º No hacer lugar a la solicitud de beneficio de pensión interpuesta por la señora Salgado Carrasco Jessica del Carmen, invocando condición de concubina del Subteniente Aragón Hugo César, por encontrarse separada del mismo al momento de su fallecimiento, artículo 43 inciso b de la Ley 13.236. Artículo 4º. El presente beneficio se liquidará a Gabriel Lautaro hasta el 22-5-2024, a Víctor Hugo hasta el 11-1-2023, a Yanina Belén hasta el 10-5-2019 y a Agustín Emanuel Aragón, hasta el 24-3-2017, fechas en que alcanzarán la edad límite requerida por la ley, condicionado a si con anterioridad no se produjera la caducidad por otra causa legal.
Artículo 5. Formular cargo deudor en concepto de haberes percibidos indebidamente por la señorita Aragón Cynthia Aldana, por la suma de pesos cuatro mil trescientos cuarenta y nueve con cincuenta y seis centavos $4.349,56 -total líquido-, por la causa indicada en el considerando del presente acto. Artículo 6. Para su reintegro podrá optar por a Abonar dicha suma personalmente en este Organismo o mediante depósito en cuenta 537/1
Sucursal 2000 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, o por medio de giro bancario o postal, a la orden de Presidente, Contador y Tesorero de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 7º. De no efectuar el pago en la forma ofrecida, consentida y firme la presente resolución, ante su incumplimiento, se remitirán los antecedentes a Fiscalía de Estado, para reclamar judicialmente el cargo deudor a través del procedimiento fijado en la Ley de Apremio art. 20 de la Ley 13.236. Artículo 8º. Regístrese y notifíquese a las partes interesadas con entrega de copia respectiva. Artículo 9. Consentida que sea la presente, pase a Dirección Técnico Previsional-División Liquidaciones para su conocimiento y efectos. Artículo 10. Cumplido, archívese. Resolución N 83.815. Acta N 1949. Fdo. Adriana Lista, Comisario Mayor Adm., Secretaria General - Dr. Carlos Enrique Langone, Comisario Prof. R.A.
Presidente. La Plata, 20 de marzo de 2013. Mario Amadeo Grasso. Suboficial mayor SG
RA. Vicepresidente.
C.C. 6.544 / jul. 4 v. jul. 11

REGISTRO NOTARIAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Nº 1
Del Partido de La Plata POR 3 DÍAS - La Encargada del Registro de Regularización Dominial Nº 1 del Distrito La Plata, en virtud de lo dispuesto por la Ley 24.374, cita y emplaza por el término de treinta días, a quien se considere con derecho:
1 2147-055-1-41/2011. Ubicado en calle 164 sin número entre 531 y 32 de la localidad y Partido de La Plata. Nomenclatura Catastral: Circ. III, Secc. D, Ch. 148, Mz. 148-f, Parc. 30. Titulares: SEMINO, Raúl Juan 2 2147-055-1-13/2012. Ubicado en calle 57 bis número 3018 entre 155 y 156 de la localidad y Partido de La Plata. Nomenclatura Catastral: Circunscripción: III, Sección: C, Chacra: 126, Manzana: 126-d, Parcela: 20. Titulares: Ricardo Mario SABBIONE Y NICOLINI.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/07/2013 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data10/07/2013

Conteggio pagine26

Numero di edizioni3406

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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