Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/06/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 4840

LA PLATA, MARTES 4 DE JUNIO DE 2013

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ARTÍCULO 5º. Regístrese en actas. Elévese para su notificación al Sr. Fiscal de Estado. Cumplido, vuelva a fin de publicar Edictos.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 4.161 / may. 29 v. jun. 4

DO S/SUC., a toda persona que se considere con derecho al beneficio subsidio por fallecimiento, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 4.163 Bis / may. 29 v. jun. 4

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente Nº 21557-125423-09, MARQUESANO, CIRILO OBISPO la Resolución Nº 695508 de fecha 9 de febrero de 2011.

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente Nº 21557-45684-06, PULIDO MARÍA MAGDALENA, la Resolución Nº 720892 de fecha 09 de mayo de 2012.
Visto el expediente Nº 21557-45684-06 iniciado por la ex pensionada hoy fallecidaMaría Magdalena PULIDO, en el cual se analiza el caso de autos en virtud de lo actuado con posterioridad al acto administrativo de foja 27 y;

Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y;
CONSIDERANDO:
Que el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9.650 texto ordenado 1994.
Que, se han expedido los organismos técnicos y legales correspondientes.
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Acordar el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada Serv. Puros a Marquesano, Cirilo Obispo nacido/a el 09/02/1939, con Documento de identidad DNIM
5046468 y domiciliado/a en Sarretea Nº1757 Quilmes OesteQuilmes.
ARTÍCULO 2º. El beneficio acordado será liquidado a partir del día 28/05/2008, y será equivalente al 49 % del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Obrero IV 30 hs.
con 20 años de antigedad, desempeñado en Municipalidad de Quilmes.
ARTÍCULO 3º. Notificar por la presente lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Ley 9.650, cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º. Aprobar el computo de servicios de fs. 58 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 20 años 00 meses y 27 días de servicio.
ARTÍCULO 5º. El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Municipalidades.
OBSERVACIONES:
Se deja constancia que la movilidad establecida en el art. 50 del Decreto Ley 9.650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
El haber correspondiente al cargo establecido en el art. 2 es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.
Percibió anticipo Jubilatorio por la Municipalidad de Quilmes. Oportunamente las presentes actuaciones volverán al trámite atento lo solicitado a fs. 57.
ARTÍCULO 6º. Regístrese en Actas; Notifíquese al interesado y Pase al Departamento de Adecuaciones y Altas para su cumplimiento.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 4.162 / may. 29 v. jun. 4

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente Nº 2337-27246-81 a los derechohabientes de MESSINA MARÍA
ANGÉLICA la resolución de fecha 10 de junio de 2009 aprobada por Acta Nº 2958.
VISTO, las presentes actuaciones, en razón de la situación en la que se encuentran los derechohabientes de la Sra. María Angélica MESSINA, fallecida beneficiaria de este Organismo Previsional, por la percepción indebida de haberes al haberse detectado la percepción por parte de la titular de autos de un beneficio idéntico en el orden nacional Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Declarar legítimo el saldo deudor formulado a la Sra. María Angélica MESSINA, por la percepción indebida de haberes jubilatorios el que arroja un total de $
26.196,29 por beneficiarse de una Jubilación Ordinaria simultánea en el Orden nacional, durante el período comprendido entre el 01/01/1984 al 01/04/1994.
ARTÍCULO 2º. Intimar de pago a los derechohabientes, bajo apercibimiento de iniciar las acciones que por derecho correspondan contra el acervo sucesorio.
ARTÍCULO 3º. A fin de posibilitar la notificación del acto administrativo que se dicte en consecuencia y habitan en su caso la confección del pertinente título ejecutivo se deberá arbitrar el trámite de estilo tendiente a la notificación del mismo por medio de edictos.
ARTÍCULO 4º. Pase a Asesoramiento para su notificación.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 4.163 / may. 29 v. jun. 4

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco 5 días en el expediente Nº 21557-242455-13 NÚÑEZ GUMERSIN-

CONSIDERANDO:
Que asimismo y respecto del cargo deudor resultante como consecuencia de las percepciones indebidas con posterioridad al deceso del causante, corresponde su archivo habida cuenta que la investigación penal no ha indicado autoría alguna en las mismas;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Continuar, por los argumentos vertidos precedentemente, con el trámite interrumpido del pago de los haberes sucesorios y reconocer el derecho al cobro de los haberes mencionados, a Lía Beatriz SCAGLIONE. Pagar, la suma liquidada a fs. 26, por la cantidad de pesos ciento doce con doce 112,12; ello conforme el procedimiento previsto en las Resoluciones Nº 4/93 y Nº 7/93, vigentes al momento de la solicitud de pago de los haberes.
ARTÍCULO 2º. Dejar establecido, respecto al cargo deudor resultante como consecuencia de las percepciones con posterioridad al deceso de la causante, que corresponde su archivo habida cuenta que la investigación penal no ha indicado autoría alguna en las mismas.
ARTÍCULO 3º. Registrar. Pasar al Departamento Técnico Administrativo Edictos para la notificación. Cumplido, siga su trámite como por derecho corresponda para hacer efectivo el pago y en su oportunidad archivar.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 4.164 / may. 29 v. jun. 4

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente Nº 21557-167570-10 ROMERO JUANA s/SUC. la Resolución Nº 725061 de fecha 1 de agosto de 2012.
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Reconocer que a Juana Romero, LC 5.318.145, clase 1946 le asistía el derecho al goce de un beneficio de Jubilación Ordinaria , equivalente al 70 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de personal de salud, categoría 11, Enfermero B
con 30 años de antigedad desempeñado en la Municipalidad de Avellaneda, el que debía ser liquidado a partir del día 01/05/2010 y hasta el 03/09/2010, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia, declarar legítimo el abono de las sumas devengadas en dicho concepto a favor de los herederos que acrediten en forma legal el carácter de tales. Se deberá tener en cuenta que la causante percibió anticipo jubilatorio de la Municipalidad de Avellaneda..
ARTÍCULO 2º. Imputar los haberes devengados a la cuenta del Instituto de Previsión SocialSección Municipalidades.
ARTÍCULO 3º. Establecer que han sido computados 35 años, 5 meses y 2 días de servicios.
ARTÍCULO 4º. Oportunamente las presentes actuaciones serán giradas a las áreas técnicas competentes Liquidación y Pago de Haberes y posteriormente a Contabilidad de Prestaciones de acuerdo a lo indicado a fs. 138 vta., procediéndose a compensar las sumas resultantes del retroactivo con lo abonado en concepto de anticipo jubilatorio.
ARTÍCULO 5º. Regístrese en actas. Elévese para su notificación al Sr. Fiscal de Estado. Publíquense los Edictos de Ley.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 4.165 / may. 29 v. jun. 4

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente cita por el término de cinco 5 días en el expediente Nº 21557227342-12 RUIZ SEGUNDO VICENTE S/SUC., a toda persona que se considere con derecho al beneficio subsidio por fallecimiento, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 4.166 / may. 29 v. jun. 4

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/06/2013 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data04/06/2013

Conteggio pagine43

Numero di edizioni3425

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione06/08/2024

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