Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/01/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

comestibles, bebidas, artículos del hogar, vestimenta, bazar, menaje, perfumería y toda otra actividad afín, que directamente se relacione con el giro del negocio de supermercados y autoservicios. También podrá realizar toda clase de operaciones financieras permitida por las leyes, con exclusión de las comprendidas de la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público y cualquier otra actividad que se relacione directamente con el citado objeto. Efectuar y conceder toda clase de mandatos y comisiones comerciales.
Realizar cualquier acto o contrato con personas de existencia visible o jurídica a fin de lograr el objeto social, para lo cual la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato, inclusive para los establecidos en el artículo 1881 y concordantes del código civil y Art. 5 del libro II, Título X del Código de comercio, y para librar y endosar las letras de cambio y cheques, otorgar mandatos y querellar. 6 90 años. 7 $10.000. 8 La Administración social será ejercida por el socio He Shanping el cual ha quedado designado como socio gerente en todo el término de duración de la sociedad, la fiscalización de la sociedad la realizarán los socios no gerentes en los términos del artículo 55 de Ley N 19.550. 9 La representación legal de la sociedad corresponde al socio He Shanping. 10 31/07 de cada año. Germán Jesús Pérez, Abogado.
Jn. 70.470


PUNTA INDIO GANADERA S.A.
POR 1 DÍA - 1 Manuel Alfredo Caldenes DNI
5.214.219 argentino 25/04/1943 comerciante casado con domicilio en Calle 32 N 1145 Loc. Verónica, Part. Punta Indio, Prov. Bs. As. y Miriam Verónica Bissio DNI
26.831.575 argentina comerciante 08/02/1979 soltera domiciliada en Calle 32 N 1145 Loc. Verónica Part. Punta Indio Prov. Bs. As. 2 10/10/2012 4 Calle 32 N 1145 Loc.
Verónica Part. Punta Indio Prov. Bs. As. 5 Agropecuaria:
mediante la explotación integral agrícola ganadera en campos propios o de terceros o arrendados a terceros.
La comercialización de productos obtenidos de la explotación agrícola ganadera 6 99 años 7 $ 100.000 8
Dirección y administración 1 a 5 directores titulares por 3
años e igualo menor número de suplentes por el mismo plazo. Sin Síndicos. 9 El Presidente. Presidente Manuel Alfredo Caldenes Suplente Miriam Verónica Bissio 10
30/09. C.P.N. Osvaldo Cramer.
L.P. 28.596


URBANIZACIONES Y DESARROLLOS
REGIONALES S.R.L.
POR 1 DÍA - Por Instrumento Privado de fecha 12 de octubre de 2012 se constituyó una S.R.L. integrada por Fernando Ostheguy, argentino, DNI N 10553414 CUIT
20-10553414-1, de 59 años de edad, hijo de Magdalena Adelina Chiavassa y Bautista Ostheguy, nacido el 04 de febrero de 1953, casado con Alicia Noemí Lincuiz; de profesión prestador de servicios agropecuarios, con domicilio en calle Sargento Bautista Cabral sin número, entre las de Balcarce y Pueblos originarios, de Magdalena; Mónica Patricia Ostheguy, argentina, DNI N 22.646.799 CUIT 2722646799-3, de 39 años edad, hija de Fernando Ostheguy y Alicia Noemí Lincuiz, nacida el 10 de abril de 1973, casada en primeras nupcias con Mario Alberto May, de profesión docente, con domicilio real en calle Suipacha sin número, entre las de Formigo y CajaravilIe, ciudad y partido de Magdalena, Provincia de Buenos Aires; y Fernando Gabriel Cappelletti Bupié, argentino, soltero, de 35 años de edad, DNI N 25720352, CUIT 2025720352-3, hijo de Gabriel Guillermo Cappelletti y Mirta Susana Bupié, nacido el 7 de enero de 1977, de profesión comerciante, domiciliado en calle El Pericón y Charrúas sin número, de la localidad y partido de Punta Indio, Provincia de Buenos Aires, Denominación:
Urbanizaciones y Desarrollos Regionales S.R.L., Domicilio Social: Suipacha s/n entre las calles Formigo y CajaravilIe de la localidad y partido de Magdalena, provincia de Buenos Aires. Objeto: promover la formación y administrar desarrollos inmobiliarios tales como barrios cerrados, barrios privados, clubes de campo, urbanizaciones, proyectos especiales, o similares; pudiendo para ello por sí, por terceros o asociada a terceros: comprar, vender, hipotecar, constituir fideicomisos y leasing, alquilar y arrendar, inmuebles, urbanos o rurales, propios o de terceros según sea la índole de los emprendimientos; y
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 11 DE ENERO DE 2013

realizar las construcciones, obras civiles y de infraestructura necesarias para su desarrollo. Capital: $ 12.000 dividido en 120 cuotas de $100 cada una. Administración y Representación legal: dos gerentes, Gabriel Cappelletti Bupié y Mónica Patricia Ostheguy, que actuarán en forma conjunta. Los actos simples, de mera gestión administrativa, podrán ser realizados de manera individual por cada uno de los gerentes. Para los actos de disposición de inmuebles propiedad de la Sociedad, es requerida la firma conjunta de ambos gerentes y previa reunión de socios que así lo hayan decidido en Asamblea con el voto favorable de las dos terceras partes del Capital Social; y durarán en su cargo tres ejercicios pudiendo ser reelegidos. Fiscalización: artículo 55 Ley N 19.550. Cierre de ejercicio 31/12 de cada año. Carlos Pedro Ajamil, Abogado.
L.P. 28.780


MERCADOTECNIA S.A.
POR 1 DÍA - Por Esc. Nro. 438, F. 1749, Rgtro. 9 Alte.
Brown, Not. Adscripto Ricardo Ezequiel Bruzone se hace saber: que el artículo Tercero queda redactado de la siguiente manera: Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: Constructora: Mediante la construcción de todo tipo de obras civiles y edificios, obras viales, de desages, gasoductos, oleoductos, diques, usinas y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, de carácter público o privado; elaboración y desarrollo de proyectos, urbanizaciones, barrios privados, clubes de campo y chacras. Inmobiliaria: mediante la adquisición, explotación, locación, arrendamiento, venta construcción, permuta y/o administración en general de toda clase de bienes inmuebles urbanos y rurales, pudiendo sobre los mismos crear, modificar, transmitir y extinguir toda clase de derechos reales, incluso las operaciones comprendidas en las disposiciones legales y decretos reglamentarios del régimen de propiedad horizontal. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y estos estatutos autorizan. Financiera:
Otorgar préstamos con o sin garantías, a corto o largo plazo, aporte de capitales a personas, empresas o sociedades existentes o a construirse, para el consumo, para la concertación de operaciones realizadas o a realizarse, así como la compra, venta y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito de cualquiera de las modalidades creadas o a crearse; acreedor prendario en los términos del artículo 5 de la Ley N 12.962; financiación, contratación y otorgamiento de créditos en general. Se excluyen las operaciones comprendidas en la Ley N 21.526.
Asesoramiento: se incluye dentro del objeto social todo aquello destinado al asesoramiento para la ejecución de cualquiera de las actividades mencionadas precedentemente, ya sea en lo referente a las prestaciones de servicios personales como así también en lo atinente al ámbito o ámbitos donde éstas deban tener lugar, al transporte privado de personas y/o cosas destinadas a la prestación y/o de quienes participen de dichas actividades. Se excluyen operaciones comprendidas en Ley de Entidades Financieras que requieran el concurso público. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todo acto y contrato que no fueren prohibidos por las leyes.
Ricardo Ezequiel Bruzone, Notario.
L.P. 28.428


RENO PROTECCIÓN S.A.
POR 1 DÍA - Por Esc. N 436, F. 1744, Rgtro. 9 Alte.
Brown, Not. Titular Celia Ester Martínez se hace saber:
que el artículo tercero queda redactado de la siguiente manera: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: Seguridad:
Servicios de Seguridad: a Venta, concesión e instalación de alarmas, central privada de monitoreo de alarmas con conexión de alarmas a centrales de monitoreo; b venta, instalación y prestación de servicios de dispositivos electrónicos de detección en edificios, casas de familia, residencias, establecimientos industriales y comerciales;
c Prestaciones de servicios de seguridad, incluso en eventos sociales, profesionales, musicales, deportivos, centros de compras, shoppings; d mantenimiento de todos los sistemas de seguridad enunciados, asistencia
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técnica y de asesoramiento en materia de seguridad; y e compra, importación, exportación, de todos los equipos materiales repuestos y accesorios de los productos enunciados precedentemente, así como elementos conexos, accesorios y complementarios. Logística y Distribución:
a Logística y Distribución de cargas nacionales e internacionales, fletes terrestres , marítimos, fluviales, aéreos, de importación, exportación, consolidación y desconsolidación de contenedores de importación, y exportación e importación y exportación de productos y mercaderías, con sujeción a las normas aduaneras, y b mandatos y representaciones de todo tipo de comercialización para empresas nacionales y extranjeras, gestiones y diligencias administrativas bancarias, aduaneras, ante reparticiones públicas o comercio internacional o comercio exterior y también ante embajadas o consulados extranjeros. Constructora: Mediante la construcción de todo tipo de obras civiles y edificios, obras viales, de desages, gasoductos, oleoductos, diques, usinas y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, de carácter público o privado; elaboración y desarrollo de proyectos, urbanizaciones, barrios privados, clubes de campo y chacras. Inmobiliaria: mediante la adquisición, explotación, locación; arrendamiento, venta construcción, permuta y/o administración en general de toda clase de bienes inmuebles urbanos y rurales, pudiendo sobre los mismos crear, modificar, transmitir y extinguir toda clase de derechos reales, incluso las operaciones comprendidas en las disposiciones legales y reglamentarias del régimen de propiedad horizontal. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y estos estatutos autorizan. Financiera:
Otorgar préstamos con o sin garantías, a corto o largo plazo, aporte de capitales a personas, empresas o sociedades existentes o a construirse, para el consumo, para la concertación de operaciones realizadas o a realizarse, así como la compra, venta y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito de cualquiera de las modalidades creadas o a crearse; acreedor prendario en los términos del artículo 5 de la Ley N 12.962; financiación, contratación y otorgamiento de créditos en general. Se excluyen las operaciones comprendidas en la Ley N 21.526. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todo acto y contrato que no fueren prohibidos por las leyes.
Celia Ester Martínez, Notaria.
L.P. 28.429


GRUPO AMBAR LATAM S.A.
POR 1 DÍA - Por Esc. N 437, F. 1746, Rgtro. 9 Alte.
Brown, Not. Adscripto Ricardo Ezequiel Bruzone se hace saber: que el artículo Tercero queda redactado de la siguiente manera: Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: Constructora: Mediante la construcción de todo tipo de obras civiles y edificios, obras viales, de desages, gasoductos, oleoductos, diques, usinas y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, de carácter público o privado; elaboración y desarrollo de proyectos, urbanizaciones, barrios privados, clubes de campo y chacras. Inmobiliaria: mediante la adquisición, explotación, locación, arrendamiento, venta construcción, permuta y/o administración en general de toda clase de bienes inmuebles urbanos y rurales, pudiendo sobre los mismos crear, modificar, transmitir y extinguir toda clase de derechos reales, incluso las operaciones comprendidas en las disposiciones legales y reglamentarias del régimen de propiedad horizontal. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y estos estatutos autorizan. Financiera:
Otorgar préstamos con o sin garantías, a corto o largo plazo, aporte de capitales a personas, empresas o sociedades existentes o a construirse, para el consumo, para la concertación de operaciones realizadas o a realizarse, así como la compra, venta y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito de cualquiera de las modalidades creadas o a crearse; acreedor prendario en los términos del artículo 5 de la Ley N 12.962; financiación, contratación y otorgamiento de créditos en general. Se excluyen las operaciones comprendidas en la Ley N 21.526. Hotelera:
mediante la explotación del rubro de hotelería nacional e internacional en cualquiera de sus formas, ya sea mediante hoteles, hosterías, albergues, hospedajes, tiempo compartido o albergue transitorio. Gastronómica: mediante la

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/01/2013 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data11/01/2013

Conteggio pagine30

Numero di edizioni3428

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione09/08/2024

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