Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/05/2012 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 4286

LA PLATA, MIÉRCOLES 30 DE MAYO DE 2012

BOLETÍN OFICIAL

Provincia de Buenos Aires CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
POR 5 DÍAS - Por el presente se notifica al señor CLAUDIO MARCELINO SOLÉ DNI
N 17.069.643, que en el expediente N 2972-2807/08, por el cual tramita sumario administrativo de responsabilidad por perjuicio al Fisco, ordenado por el señor Contador General de la Provincia mediante Resolución N 914/09, con motivo de la desaparición de nueve 9 cámaras de video de red de sistema integral de transmisión de imágenes en vivo, pertenecientes al Hospital Colonia Dr. Domingo Cabred de Open Door, que deberá comparecer ante esta Instrucción, a prestar declaración indagatoria, en el Departamento Instrucción, Dirección de Sumarios de esta Contaduría General de la Provincia, calle 46 e/ 7 y 8, 1er. piso Corredor D, Oficina 142 de la Plata, Tel 02214294400, Int. 84649, el día 14 de junio de 2012 a las 10.00 hs, fijándose supletoria para el día 15 de junio de 2012, a las 10.00 hs. Asimismo se le hace saber su obligación de declarar conforme lo establece el art. 78 inc. p de la Ley N 11.758 que dice: Sin perjuicio de lo que particularmente impongan las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones, los agentes deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: ..
p Declarar en los sumarios administrativos ordenados por autoridad competente, siempre que no tuviere impedimento legal para hacerlo como así también en las informaciones sumarias.; también aquéllo que prescribe el Art. 18 del Apéndice del Decreto N
3260/08, Reglamentario de la Ley N 13.767, que dice: Declaración del presunto responsable. Cuando existan fundadas presunciones acerca de la responsabilidad del hecho que se investiga, se procederá a interrogar al presunto responsable, relevándolo expresamente del juramento o promesa de decir verdad. La declaración se prestará con las formas y recaudos de la audiencia de la declaración indagatoria, con las prevenciones precedentes, en la que se le hará conocer las causas que han motivado la iniciación del sumario, se lo invitará a manifestarse libremente sobre los hechos endilgados, dictar, en su caso, su declaración, e interrogarlo sobre los hechos pertinentes. El sumariado podrá ampliar la declaración en cualquier oportunidad y las veces que lo desee.
Asimismo el instructor podrá llamar al sumariado cuantas veces lo considere conveniente para que amplíe o aclare su declaración. Toda citación a declarar se hará bajo apercibimiento de continuar las actuaciones en el estado en que éstas se hallaren y con transcripción integral de este artículo. Cuando razones de distancia lo justifiquen podrá solicitar al instructor, se lo exceptúe de prestar declaración en la sede de la instrucción, pudiendo hacerlo por escrito en la forma y plazos que el instructor señale la incomparecencia, su silencio o negativa a declarar no hará presunción alguna en su contra. El instructor podrá desistir de esta medida probatoria cuando del expediente surjan constancias suficientes para proseguir el trámite o cuando el requerido no hubiere comparecido a una citación previa. Queda Ud. Notificado. Fdo. Dr. Marcelo A. Ochotorena, Instructor Sumariante C.C. 5.168 / may. 29 v. jun. 4

MUNICIPALIDAD DE MONTE
POR 2 DÍAS La Municipalidad de Monte, cita y emplaza por dos 2 días a CÓPPOLA LUIS ESTEBAN CLAUDIO y GIACHETTI MARÍA LUISA, herederos y a todo aquel que se considere con derecho en relación al bien objeto de la litis, para que dentro del plazo de 10 días de la última publicación comparezca a tomar intervención que le corresponde en autos caratulados Expediente Nº 11280/12, Ley 24.320, Municipalidad de Monte Cóppola y Corvieri s/ Prescripción Adquisitiva Ley 24.320. Monte, mayo de 2012. Raúl Alberto Basualdo. Intendente. Municipalidad de Monte.
C.C. 5.217 / may. 30 v. may. 31

Provincia de Buenos Aires SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
ARCHIVO DEPARTAMENTAL AZUL
POR 3 DÍAS - La Jefa del Archivo Departamental de Azul, Dra. Marta Alicia Piazzi hace saber que el día 11 de junio de 2012, se procederá a la destrucción de expedientes pertenecientes al Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Departamento del Sudoeste Secretaría N 1 de la ciudad de Azul, comprendidos entre los años 1910 y 1953, y a la Secretaría N 2 comprendidos entre los años 1911 y 1969.Conforme el art. 120 del Acuerdo 3.397/09 y demás normas de Ia Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, las partes interesadas podrán manifestar su oposición o solicitar desgloses dentro de los veinte días corridos a la fecha como así también consultar Ia nómina de los expedientes que serán destruidos, en la Mesa de Entradas del Archivo Departamental, sito en la calle 25 de Mayo N 884 de la ciudad de Azul. Azul, 7 de mayo de 2012. Marta Alicia Piazzi, Jefa del Archivo.
C.C. 5.160 / may. 30 v. jun. 1

MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA
DIRECCIÓN DE CEMENTERIO
POR 1 DÍA - Expte. 2-84358/2012. La Municipalidad de Avellaneda pone en conocimiento de los arrendatarios de la bóveda ubicada en la Sección: 13, División: 1, Lotes:
11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42 que registran deudas por derechos de cementerio o tengan vencido el plazo de arrendamiento, que deberán presentarse dentro el término de 15 días para retirar los restos, bajo apercibimiento que si transcurrido dicho plazo no hubieran desocupado los arrendamientos, se procederá a desocupar las sepulturas, y los restos serán remitidos al osario general o serán cremados, según corresponda. Doctor Pablo Vera, Secretario de Gobierno, Ing. Jorge Horacio Ferraresi, Intendente. Silvia Graciela Cantero. Directora de Cementerio.
C.C. 5.196

MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA
DIRECCIÓN DE CEMENTERIO
POR 1 DÍA - La Municipalidad de Avellaneda pone en conocimiento de los arrendatarios de las sepulturas de los sectores 27, 36, 110, 112, 122, 124, 131, 132, 142, 207
que registran deudas por derechos de cementerio o tengan vencido el plazo de arrenda-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

miento, que deberán presentarse dentro del término de 15 días para retirar los restos, bajo apercibimiento que si transcurrido dicho plazo no hubieran desocupado los arrendamientos, se procederá a desocupar las sepulturas, y los restos serán remitidos al osario general o serán cremados, según corresponda. Doctor Pablo Vera, Secretario de Gobierno, Ing. Jorge Horacio Ferraresi, Intendente. Silvia Graciela Cantero. Directora de Cementerio.
C.C. 5.197

MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA
DIRECCIÓN DE CEMENTERIO
POR 1 DÍA - La Municipalidad de Avellaneda pone en conocimiento de los arrendatarios de Nicho Ataúd de los sectores A, B, C, D, E, F, 1 Galería, 3, 5, 6, 11, 18, 28 y 68
que registran deudas por derechos de cementerio o tengan vencido el plazo de arrendamiento, que deberán presentarse por el término de 15 días para retirar los restos, bajo apercibimiento que si transcurrido dicho plazo no hubieran desocupado los arrendamientos, se procederá a desocupar las sepulturas, y los restos serán remitidos al osario general o cremados, según corresponda. Doctor Pablo Vera, Secretario de Gobierno, Ing.
Jorge Horacio Ferraresi, Intendente. Silvia Graciela Cantero. Directora de Cementerio.
C.C. 5.198

MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA
DIRECCIÓN DE CEMENTERIO
POR 1 DÍA - Se cita y emplaza a herederos de PRIMO F. PITA JOSEFA F. de PITA
MARÍA JOSEFA PITA JULIO SILVA CROME EZEQUIEL ACEVEDO PAULINA
FERNÁNDEZ - SANTOS MANUEL PITA MARÍA GONZÁLEZ de PITA NYDIA PITA
MIGUEL CÁCERES DIONISIO GONZÁLEZ EDUVIGES de GONZÁLEZ, a fin de presentarse en la Secretaría de Gobierno, Registro de Bóvedas de la Municipalidad de Avellaneda, a efectos de regularizar la bóveda ubicada en la Sección: 49, División: 6º, Lotes: 49 y 50. Avellaneda, 16 de mayo de 2012. Silvia Graciela Cantero. Directora de Cementerio.
C.C. 5.195

MUNICIPALIDAD DE MONTE
POR 2 DÍAS La Municipalidad de Monte, cita y emplaza por dos 2 días a HALVIDE BAUTISTA, HALVIDE DOMINGA y CASTILLA JOSÉ, herederos y a todo aquel que se considere con derecho en relación al bien objeto de la litis, para que dentro del plazo de 10 días de la última publicación comparezca a tomar intervención que le corresponde en autos caratulados Expediente Nº 7681-H/12, Ley 24.320, Halvide Bautista y ots./
Prescripción Adquisitiva Ley 24.320.- Monte, 21 de mayo de 2012. Raúl Alberto Basualdo. Intendente.
C.C. 5.153 / may. 30 v. may. 31

CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS
PSICÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
REGLAMENTO DE EXENCIÓN APORTES
LEY 12.163 MODIFICADA POR Ley 14.054
POR 1 DÍA - ARTÍCULO 1º: CAUSA.
Establécese como única causa para obtener la exención del pago de los aportes determinados por los artículos 41 y 42 de la Ley 12.163 modificada por Ley 14.054, en adelante t.a., la fehaciente demostración del ejercicio profesional, y de modo exclusivo, en relación de dependencia en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. El trámite deberá iniciarse a petición del afiliado que alegue la superposición de aportes prohibida por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, sin perjuicio del mantenimiento de la inscripción en la matrícula habilitante.
ARTÍCULO 2º: SUPUESTOS NO COMPRENDIDOS.
En ningún caso se dispondrá la exención de pago de aportes previsionales por períodos que hubieran sido efectivamente abonados por el afiliado ARTÍCULO 3º: REQUISITOS.
A efectos de dar inicio al expediente en cuyo marco se dicte el acto administrativo que en forma excepcional disponga la exención de pago de aportes previsionales, el profesional psicólogo deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos:
1 Presentar formulario preimpreso que le suministrará la Caja, completado y suscripto de puño y letra, con alcance de Declaración Jurada, certificada su autenticidad de la manera que establece el artículo 5º del presente reglamento, en el cual formule explícitamente los períodos de Aportes Mensuales exigibles a partir de la entrada en vigencia de la Ley 14.054 a partir de los cuales solicita la exención de aportes.
Para dar curso a un trámite de exención de aportes será menester que el afiliado complete la documentación exigida por esta reglamentación bajo apercibimiento de dejar sin efecto la pretensión deducida.
En la petición, deberá constar:
a Que su ejercicio profesional de la psicología en la provincia de Buenos Aires se efectúa exclusivamente en relación de dependencia, y que a esos efectos cumplimenta aportes jubilatorios al sistema que corresponda;
b Que se encuentra en conocimiento que la no inserción en el universo de la Caja implica la pérdida automática de todos los derechos que reconoce la Ley 12.163 t.a.
y sus reglamentaciones;
c Que está en conocimiento del régimen de multas previsto por el Art. 40 inc. d de la Ley 12.163 t.a. y el Art. 12 de la presente;
d Que se obliga a notificar a la Caja de manera fehaciente cualquier variación que se opere en la relación de trabajo invocada como causa de exención, bajo apercibimiento de las multas que previstas por el Art. 40 inc. d de la Ley 12.163 t.a. y el Art. 12 de la presente anteriormente señaladas;
e Que está en conocimiento que en caso de reingreso al sistema de la Caja será objeto de un examen médico, de acuerdo al Art. 13º de la presente;
f Que de poseer alguna deuda en proceso de cobro judicial asume el pago de los costos y costas derivadas del mismo, toda vez que por su mora o culpa dio lugar a la iniciación del juicio, en función de lo reglado por el artículo 76 de la Ley 12.163 t.a..

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/05/2012 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data30/05/2012

Conteggio pagine31

Numero di edizioni3406

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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