Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/01/2012 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 738

LA PLATA, MARTES 31 DE ENERO DE 2012

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Oficial Resoluciones


Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 400
La Plata, 28 de diciembre de 2011.
VISTO el expediente Nº 21.100-155.153/11, Alcance 22, a través del cual se gestiona la aprobación del Convenio de Descentralización en Infraestructura, suscripto por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad del Partido de Necochea el día 2 de mayo de 2011, y CONSIDERANDO:
Que a través de dicho instrumento las partes han decidido llevar adelante acciones destinadas a la refacción de una dependencia policial, en el ámbito del distrito, asignando una suma de dinero al municipio para el cumplimiento de dicho objetivo;
Que de acuerdo a lo establecido en la cláusula primera, el Ministerio de Justicia y Seguridad otorgará a la Municipalidad recursos financieros, para afrontar los gastos que demanden las refacciones de la Comisaría 1ra., Comisaría 2da. y Comisaría 3ra., conforme a las especificaciones técnicas del Anexo I, las cuales deberán culminarse en el término de noventa 90 días a partir de la aprobación del mismo;
Que mediante la cláusula segunda, el contralor interno de la afectación de los recursos remitidos para los fines ya establecidos, estará a cargo de la Dirección de Arquitectura Policial dependiente del Programa de Infraestructura Judicial, Penitenciaria y Policial, conforme al Reglamento de Inspección de Obra detallado en el Anexo II del citado Convenio;
Que a su vez la Municipalidad rendirá la partida presupuestaria ante la Dirección General de Administración del Ministerio conforme con los plazos y documentación que la misma establezca;
Que mediante Ordenanza Nº 7.191/11, promulgada por Decreto Nº 1.693 de fecha 6
de junio de 2011, el Honorable Concejo Deliberante de Necochea, convalidó el citado Convenio entre las partes;
Que a través del expediente Nº 21.100-155.153/11 -previa intervención de Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estadopor Decreto Nº 397/11 el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires aprobó la operatoria en cuestión, autorizando al titular de esta Jurisdicción a suscribir y aprobar los apuntados Convenios;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias y el artículo 1º del Decreto Nº 397/11;
Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Aprobar el Convenio de Descentralización en Infraestructura, celebrado entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado por el suscripto y la Municipalidad de Necochea, representada en ese acto por su Intendente Municipal Daniel Anselmo MOLINA, con fecha 2 de mayo de 2011, cuyo texto como Anexo I forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º - En los sucesivos acuerdos y addendas, que se suscriban como consecuencia del Convenio cuya aprobación se propicia, deberán tomar intervención con carácter previo a su suscripciónlos Organismos de Asesoramiento y Control, cuando corresponda de acuerdo con sus leyes orgánicas, los que entrarán en vigencia a partir del dictado del pertinente acto aprobatorio.
ARTÍCULO 3º - Instruir a la Dirección General de Administración para que continúe con los trámites correspondientes a fin de efectivizar el desembolso de los fondos previstos en la Cláusula Primera del Convenio que se aprueba por el artículo 1º de la presente.
ARTÍCULO 4º - Registrar, notificar al Fiscal de Estado y a la Municipalidad de Necochea, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal Ministro de Justicia y Seguridad CONVENIO DE DESCENTRALIZACIÓN EN INFRAESTRUCTURA
Entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su titular, Doctor Ricardo CASAL, con domicilio en calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, en adelante EL MINISTERIO por una parte, y por la otra la Municipalidad de Necochea, representada en este acto por su Intendente Municipal Daniel Anselmo MOLINA, con domicilio en calle 56 Nº 2945 en adelante EL
MUNICIPIO, ad referéndum del respectivo Honorable Concejo Deliberante y denominadas conjuntamente LAS PARTES, acuerdan celebrar el presente Convenio de Descentralización en Infraestructura en orden a las siguientes consideraciones:

Que el artículo 10 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que todos los habitantes de la Provincia tienen el derecho a ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad, siendo dicha premisa responsabilidad primordial del Estado;
Que por su parte la Ley de Seguridad Pública Nº 12.154 prevé la interacción permanente del pueblo de la Provincia de Buenos Aires, a través de la participación comunitaria en materia de seguridad pública;
Que en este contexto, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Necochea han decidido llevar adelante acciones destinadas a la refacción de dependencias policiales en el ámbito de ese distrito, asignando a la Comuna para el cumplimiento de dicho objetivo, una suma de dinero, cuya afectación y contralor estará a cargo de la Dirección de Arquitectura Policial dependiente del Programa de Infraestructura Judicial, Penitenciaria y Policial con la respectiva rendición de cuentas en que se detallará la inversión de los fondos asignados;
Que las acciones mancomunadas que se impulsan tienen como finalidad optimizar la utilización de los fondos públicos destinados a la seguridad ciudadana y así lograr una mayor eficiencia, eficacia y celeridad en cada una de las acciones y tareas que se emprendan;
Por ello, y en virtud de las competencias atribuidas al Ministerio de Justicia y Seguridad por el artículo 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias y las otorgadas por los artículos 41 y 108 inciso 11 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al señor Intendente Municipal y al Honorable Concejo Deliberante, LAS PARTES acuerdan celebrar el presente, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL MINISTERIO otorga a EL MUNICIPIO, la suma de pesos trescientos diecinueve mil ochocientos cincuenta $ 319.850, los que serán destinados por EL
MUNICIPIO, exclusivamente, para afrontar los gastos que demande la refacción de:
Comisaría 1ra. $ 145.000
Comisaría 2da. $ 95.000
Comisaría 3ra. $ 79.850
Ello de conformidad con las especificaciones técnicas que para cada dependencia y como Anexo I forman parte integrante del presente, las que deberán encontrarse concluidas en el término de noventa 90 días a partir de la aprobación del presente.
Sin perjuicio de ello y atento tratarse de varias dependencias policiales la ejecución de las obras podrá adecuarse a las necesidades de la labor policial y requerimientos de la seguridad pública, circunstancia que deberá consensuarse entre LAS PARTES.
SEGUNDA: EL MINISTERIO efectuará el contralor interno de la afectación de los recursos remitidos para los fines establecidos en la cláusula anterior por medio de la Dirección de Arquitectura Policial dependiente del Programa de Infraestructura Judicial, Penitenciaria y Policial, conforme al Reglamento de Inspección de Obra que como Anexo II integra el presente.
TERCERA: EL MUNICIPIO deberá rendir cuenta de la debida inversión de los fondos asignados ante la Dirección General de Administración de EL MINISTERIO, de conformidad con los plazos que la misma establezca y la documentación que a tales fines establezcan de manera conjunta la Dirección General de Administración y la Dirección de Arquitectura Policial de EL MINISTERIO. A todo evento serán de aplicación las previsiones contenidas en los Decretos Nº 467/07, Nº 1.243/07 y modificatorios.
CUARTA: LAS PARTES se comprometen a suscribir en caso de resultar ello necesario los correspondientes Protocolos Adicionales que resulten menester para la debida implementación del presente.
QUINTA: A todos los efectos legales derivados del presente Convenio, LAS PARTES constituyen sus domicilios en los indicados en el acápite del presente, lugar éste donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a los Tribunales del Fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata a los 2 días del mes de mayo de 2011.
Daniel A. Molina Intendente de Necochea
Ricardo Casal Ministro de Justicia y Seguridad C.C. 804

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE SALUD
Resolución Nº 8
La Plata, 6 de enero de 2012.
VISTO el expediente Nº 2900-24497/11 por el cual se propicia la creación del Programa Provincial de Buenas Prácticas de Preparación en Farmacias, con la finalidad de desarrollar acciones tendientes a la implementación, revisión y actualización de las Buenas Prácticas de Preparación en Farmacias, normativa esta última cuya aprobación, asimismo, se propone, y CONSIDERANDO:
Que de las disposiciones de la Ley N 10.606 -que Reglamenta el Ejercicio de la Profesión Farmacéutica en la Provincia de Buenos Aires-, surge que las farmacias se

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/01/2012 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data31/01/2012

Conteggio pagine45

Numero di edizioni3404

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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