Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/07/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO 4º - Regístrese en Actas; vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación, cumplido pase a la Dirección de Determinación y Liquidación de Haberes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.053 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-113525-08 LENCINAS RAÚL ESTEBAN la Resolución Nº 690.855 de fecha 20 de octubre de 2010.
Corresponde al expediente Nº 21557-113525-08
VISTO el presente expediente por el cual Raúl Esteban Lencinas, solicita se le acuerde el beneficio de jubilación especial, en los términos de la Ley Nº 12.875, y CONSIDERANDO:
Que se encuentran reunidos los requisitos establecidos por la Ley Nº 12.875 y por Decreto Ley Nº 9.650/80 T.O 1994;
Que, contando con la vista del Señor Fiscal de Estado a fojas 54, Por ello,
LA PLATA, LUNES 25 DE JULIO DE 2011

PÁGINA 6515

ARTÍCULO 1º - Mantener firme la Resolución Nº 388.399 de fecha 20 de junio de 1996 por la cual se le acordara el beneficio jubilatorio a Juana Angélica Lorenzo LC
5.125.459, atento devenir legítima según los argumentos expresados precedentemente.
ARTÍCULO 2º - Declarar legítimo el cargo deudor formulado por haberes percibidos indebidamente por la Sra. Lorenzo por el período comprendido entre el 8/8/95 al 15/4/09
en función de las normas de compatibilidad limitada e incompatibilidad absoluta, que asciende a la suma de $ 643.067,80 pesos seiscientos cuarenta y tres mil sesenta y siete con ochenta centavos, debiendo intimar a la misma para que en el plazo perentorio de 10 días proponga forma de pago bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales para el recupero pertinente de conformidad con el Art. 61 último párrafo del Dec. Ley 9.650/80.
ARTÍCULO 3º - Oportunamente las presentes actuaciones deberán volver al trámite atento lo solicitado en el ítem III del dictamen obrante a fs. 54.
ARTÍCULO 4º - Regístrese en Actas; Hecho, vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación al interesada. Cumplido pase a Determinación y Liquidación de Haberes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.055 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
La Plata, 1º de octubre de 2009.

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de jubilación especial, en los términos de la Ley Nº 12.875, a Raúl Esteban Lencinas, fecha de nacimiento el 16 de diciembre de 1962, con Documento DNI Nº 16.313.740 y domicilio real en la calle Villa Vengochea y Saldia s/nº, de la Localidad de Villa Vengochea, partido de General Rodríguez, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será liquidado a partir del 1º de abril de 2008, y será equivalente al 80 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Obrero Cat.
21, 30 hs. Con 23 años de antigedad, desempeñado en la Municipalidad de General Rodríguez.
ARTÍCULO 3º - Notificar por la presente lo dispuesto en el artículo 60 de Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994, cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º - El Departamento de Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Municipalidades. Percibió anticipo jubilatorio por la Municipalidad de General Rodríguez.
ARTÍCULO 5º - Oportunamente las presentes actuaciones volverán al trámite atento lo solicitado a fs. 41.
ARTÍCULO 6º - Establecer que han sido computados 25 años y 07 meses de servicios con una remuneración al cese 03/2008 de $ 3721,65 en la Municipalidad de General Rodríguez.
Determinar que deberán efectuarse los aportes y contribuciones faltantes a cargo del empleador citado a los fines de alcanzar los 30 años de servicios por una cantidad de 04
años y 05 meses.
ARTÍCULO 7º - La Dirección de Recaudación y fiscalización, de conformidad con las pautas dispuestas en el artículo 8º de la Ley Nº 12.875, fijara la Municipalidad de General Rodríguez el procedimiento a seguir para el recupero de las sumas adeudadas, conforme el articulo anterior, generando el debido registro y verificación del cumplimiento de pago.
ARTÍCULO 8º - Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9.650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
ARTÍCULO 9º - El haber correspondiente al cargo establecido en el artículo 2º es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 10 - Regístrese en Actas; vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación. Hecho a la Dirección de Recaudación y Fiscalización Departamento Recursos Entes Provinciales a sus efectos Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.054 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2918-66394-95, LORENZO JUANA ANGÉLICA, la Resolución Nº 689854 de fecha 6 de octubre de 2010.
Corresponde al expediente Nº 2918-66394-95
VISTO el presente expediente por el cual Juana Angélica Lorenzo Jubilada Nº 205.125.459 de la sección Magisterio continuo en actividad en tareas comunes sin efectuar la correspondiente denuncia; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 388.399 de fecha 20 de junio de 1996 se otorgo a la titular de autos el beneficio de jubilación, detectándose posteriormente la continuidad en las tareas comunes sin la correspondiente denuncia, por lo que corresponde formular cargo deudor en función de las normas de compatibilidad limitada e incompatibilidad absoluta vigentes en dicho lapso;
Que contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fojas 53 y lo dictaminado por el Departamento Relatoria a fs.54, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2350-056883-99 MARTÍNEZ MARÍA CRISTINA s/Suc., La Plata, 1º de Octubre de 2009. Señora Vallejos Carolina. Domicilio calle 11 Nº 1347 esq. 60 P.B, La Plata. Tengo el agrado de dirigirme a Usted con referencia al expediente Nº 21557-954805 perteneciente a Vallejos Edmundo Jorge. En consecuencia se encuentra a disposición el mismo, pudiendo tomar conocimiento en el departamento asesoramiento de la Dirección de Prestaciones originarias de 8:30 a 12:30 hs. de lunes a viernes. De no contar con vuestra presencia en los próximos 20 días hábiles de recibida la misma sin dar respuesta o aviso fehaciente alguno, se procederá a la remisión al archivo si correspondiere. Sin otro particular, saludo a Usted muy atentamente.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.056 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-036192-06, MARTORELL EDUARDO ANTONIO s/Suc., el acto administrativo de fecha 14/08/2008, aprobado por Acta Nº 2.920.
Corresponde al expediente Nº 21557-0036192-06.
VISTO las presentes actuaciones por medio de las cuales se analiza la situación planteada en autos, y CONSIDERANDO:
Que de las constancias de autos surge que, con fecha 24/12/05 fallece el Señor Martorell, jubilado de este organismo;
Que durante el trámite se detecto que hubo percepción indebida de sumas liquidadas por este organismo con posterioridad al fallecimiento del causante, conforme surge de fs. 204;
Que teniendo en cuenta ello y atento que prima facie nos encontraríamos ante la posible comisión de un eventual delito de acción pública, deberá intervenir la Dirección de Planificación y Control de Gestión a efectos de que proceda a efectuar la correspondiente denuncia ante la justicia;
Que, finalmente este cuerpo hace suyos los argumentos de hecho y de derecho vertidos en el dictamen que antecede;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Efectuar la pertinente denuncia ante la justicia, a fin de determinarse la posible comisión y autoría de un eventual delito de acción pública, tomando intervención la Dirección de Planificación y control de Gestión para el trámite de la misma, dejándose constancia que individualizado el responsable de las percepciones mencionadas se accionara para el recupero de lo adeudado a este Instituto.
ARTÍCULO 2º - Dejar constancia que la Dirección de Planificación y Control de Gestión deberá tomar intervención, atento la presentación de Teresita ESPINOSA a fs. 1
del alc. Glosado como Fs. 203, teniendo en consideración el plan de saneamiento de deudas con el Personal Activo policial y Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires dispuesto por Ley 14.437, relacionado con las sumas emergentes de la bonificación dispuesta por el Decreto 1.014/97 y sus sucesivas prórrogas, a fin de informar si la titular ha suscripto el acuerdo transaccional correspondiente e imprimir el trámite que estime pertinente, en su caso, a efectos de verificar si se han liquidado las diferencias previstas en la norma citada;
ARTÍCULO 3 º - Pasen las actuaciones a la Dirección de Planificación y Control de Gestión a los efectos indicados en los artículos que anteceden Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.057 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-124273-09 PETERS MARÍA ESTER la Resolución Nº 703770 de fecha 18 de mayo de 2011.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/07/2011 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data25/07/2011

Conteggio pagine47

Numero di edizioni3408

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

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