Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/02/2024 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 21 de febrero de 2024

13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima - En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.-Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 8 de febrero de 2024.- Autos Y Vistos: En atención a lo informado por la Fiscalía respecto de la víctima de autos, no contando con el domicilio de la misma, notifíquese a la misma a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
feb. 15 v. feb. 21
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, interinamente a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a LUCAS FROIO, en la causa Nro. 7086-P del registro de éste Juzgado, DNI nº 43.973.395 con último domicilio en la calle 2 Bis N 1726 o 1728 Departamento "C", entre calles 515 y 515 Bis, de la localidad de Ringuelet, partido de La Plata, provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5
días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante éste Juzgado con el fin de ponerse a derecho en la presente causa nº 7086-P que se le sigue por el delito de Robo, bajo apercibimiento de declararlo Rebelde, revocarle la excarcelación oportunamente concedida y ordenar su detención. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: Isidro, No habiendo sido posible dar con el paradero del encausado de autos, intímeselo por edictos, a que dentro del quinto día de publicados, comparezca a éste Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo Rebelde, Revocarle la Excarcelación oportunamente concedida y ordenar su detención arts.
129, 303 y sstes del C.P.P Dr. Andrés Martín Mateo, Juez Interino. Ante mí: María A. Borella. Secretaria. Secretaría.
feb. 15 v. feb. 21
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter Lopez, notifica a JULIO MARCOS CERVANTES CALVO, en causa N PP-07-00-064985-09/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la Resolución que a continuación se transcribe por el termino de 5 días habiles: "Lomas de Zamora, 22 de enero de 2024. Resumen: Me pidió la Fiscalía que dicte el sobreseimiento por prescripción. Considero el argumento y corresponde que haga lugar por los fundamentos que a continuación expreso. Decido: Declarar Extinguida la Acción Penal y Sobreseer totalmente a Calvo Julio Marcos Cervantes. Fundamentos: El pedido está fundado en la circunstancia de que ha operado la prescripción de la acción penal. Desde la fecha del hecho imputado, es decir desde el día 30 de octubre de 2009, hasta hoy, ha transcurrido por demás el plazo de 2 años años que determinan la prescripción de la acción penal. Sostiene que no han operado causales de interrupción de la prescripción. Para que pueda determinar si ha operado la prescripción de la acción penal debo determinar, en primer lugar, la fecha de comisión del hecho en cuestión, que según la denuncia y los restantes elementos de cargo agregados, fue el día 30 de octubre de 2009. La prescripción comienza a correr desde la medianoche del día en que se cometió el delito, en caso de ser un delito de ejecución instantánea. En este caso, debo tener por momento inicial a los fines de la prescripción, las 0 horas del día mencionado. En cuanto a la actualización de antecedentes, estos se encuentran agregados con fecha 17 de enero de 2024, los cuales dan cuenta que no existe causal interruptiva del plazo. Por todo ello considero que la acción penal prescribió el día 30 de octubre de 2011. Jorge Walter Lopez, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: "De acuerdo al tiempo transcurrido, notifico a Julio Marcos Cervantes Calvo de la resolución correspondiente al Sobreseimiento total, de fecha 22 de enero de 2024, mediante la publicación de edictos por el término de 5 días habiles". Sebastian Monelos, Juez de Garantías P.D.S. Vanzini Matias Marcelo, Auxiliar Letrado.
feb. 15 v. feb. 21
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús, Dr.
Ramiro G. Varangot, por medio del presente, notifica a CARLOS EZEQUIEL ACOSTA, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2000-10404-23, seguidas al nombrado en orden al delito de Encubrimiento Calificado del auto que a continuación se transcribe: "Lanús, fecha de firma digital. En atención al estado de autos, practíquese por Secretaría el cómputo de vencimiento de pena y liquidación de costas del proceso art. 500 del CPrP". Ramiro G. Varangot Juez.
Cómputo: "Que practicó a los efectos de determinar el vencimiento de la sanción impuesta a Carlos Ezequiel Acosta mediante el veredicto y sentencia dictado el día 30 de noviembre de 2023 cuando se lo condenó a la pena de seis 6
meses y deiciséis 16 días de prisión de cumplimiento efectivo y costas, más declaración de reincidencia, en orden al delito de encubrimiento, en el marco de estas actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2000-10404-23. A partir de ello, y luego de compulsar las actuaciones referidas, pude advertir que Carlos Ezequiel Acosta fue aprehendido el día 18
de mayo de 2023, permaneciendo privado de su libertad hasta el día 3 de diciembre de 2023, fecha en que fue excarcelado por haber agotado en prisión preventiva la condena impuesta por sentencia no firme. En razón de ello y habiendo adquirido firmeza el fallo aludido, la pena impuesta a Carlos Ezequiel Acosta venció el día 3 de diciembre de 2023. Es el cómputo que practico. Secretaría, fecha de firma digital. Certifico: En cuanto ha lugar por derecho, que practicada la correspondiente liquidación de costas, la misma arroja la suma de pesos dos mil quinientos un $2.501,00. Art. 80 de la Ley impositiva para el año 2023 de la Provincia de Buenos Aires N 15391. Modificación del Código Fiscal de la Provincia". Secretaría, fecha de firma digital. Lucia Copertino. Auxiliar Letrada. "Lanús, fecha de firma digital. Apruébase el cómputo del vencimiento de pena y la liquidación de costas practicada por Secretaría art. 500 del CPrP. Notifíquese". Ramiro G. Varangot, Juez; en fecha 28 de diciembre de 2023. Lanús, 8 de febrero de 2024. Copertino Lucia, Auxiliar Letrado.

SECCIÓN JUDICIAL > página 7

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/02/2024 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data21/02/2024

Conteggio pagine66

Numero di edizioni3377

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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