Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/07/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 18 de julio de 2023

Alberto. Juez. Funcionario Firmante: 14/04/2023. 16:17:41. Caparelli Silvia Liliana, Secretario.
jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en Causa Nº 3.484 seguida a Norberto Oscar Marquesano por el delito de Lesiones Leves Agravadas, del registro de la Secretaría Única, notifíquese a NORBERTO OSCAR MARQUESANO, de nacionalidad argentina, titular del DNI N 33.546.089, nacido el día 26 de marzo de 1988 en la ciudad de Castelar, partido de Morón, de estado civil soltero, instruido, con educación secundaria completa, de profesión parquista, con último domicilio conocido en la calle La Yerra N
4.400 de la localidad de Villa Udaondo, partido de Ituzaingó, provincia de Buenos Aires, hijo de Ricardo Alfonso Marquesano y Beatriz Morales con Prontuario N O-4.770437 del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Prontuario N 1.608.212 de la Sección AP del Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días la resolución que se transcribe en su totalidad a continuación: rón, firmado el día y la hora de la firma digital al pie. Autos y Vistos: Los de la Causa N 3.484 del registro de la Secretaría Única de esta Judicatura caratulada: "Marquesano Norberto Oscar s/Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo". Y Considerando: Que en la presente causa, las partes arribaron a un acuerdo y solicitaron se remitieran los presentes obrados a la Oficina de Resolución Alternativa de Conflictos O.R.A.C. para resolver las diferencias que dieron origen a la presente causa. Que el día 12 de julio de 2022 se realizó una audiencia de confidencialidad en los términos de los arts. 14 y 24 de la Ley N 13.433
logrando las partes zanjar las diferencias que tenían, habiendo arribado en la misma a un acuerdo definitivo, por el cual se comprometieron para el futuro, a mantener una convivencia y/o relación pacífica, libre de todo roce y/o conflicto, basada en el respeto mutuo, dando con ello por enteramente satisfechas sus pretensiones en los términos del Art. 20, párrafo primero, primera parte de la Ley 13.433. Así las cosas, una vez devuelta, ordené sin más el archivo de los presentes obrados. Ahora bien, con fecha 20 de noviembre de 2022, la Sra. Defensora Oficial de la Unidad Funcional de Defensa N
1-B Descentralizada de Ituzaingó solicitó el sobreseimiento del imputado Marquesano por haberse extinguido la acción penal por conciliación de conformidad con lo regulado por el art. 59 inc. 6 del Código Penal y art. 341 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. De lo solicitado se corrió vista al Sr. Agente Fiscal, quien dictaminó que habiéndose dado acabado cumplimiento con lo pactado, corresponde se disponga el archivo de la presente en los términos que establece el art. 20 párrafo primero, parte primera de la Ley 13.433, en virtud de haber cesado las causales que dieran inicio al conflicto. Ahora bien, considero que asiste razón a la Sra. Defensora Oficial, toda vez que el art. 59 del C.P.
enumera en forma taxativa las causales de extinción de la acción penal, incluyendo en su inciso sexto t.o. según Ley 27.147; publicada en el B.O. el 18-06-2015: "Por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes". Entonces, en virtud de lo enunciado en el párrafo que antecede y en el contenido del acta de acuerdo definitivo labrada el día 12 de julio del corriente año, toda vez que las pretensiones de ambas partes han sido satisfechas en su totalidad, corresponde a pedido de la parte interesada, dictar un pronuncimiento definitivo en relación a la imputación que oportunamente se le endilgara al encausado, declarando extinguida la acción penal y en consecuencia el sobreseimiento del imputado Norberto Oscar Marquesano en orden al delito de Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo, lo que así consagraré en la parte dispositiva. Por los argumentos expuestos: Resuelvo: I.- Declarar Extinguida la Acción Penal en la presente causa N 3.484, por haber arribado las partes a una conciliación o reparación integral del perjuicio. Rigen Art. 59, Inc. 6 del C.P., y Arts. 14 y 24 de la Ley 13.433. II.- Sobreseer a Norberto Oscar Marquesano en orden al delito de Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo. Rigen Arts. 89 y 92, en función del art. 80 inc.
1 del C.P. y art. 341 del C.P.P.. III.- Regístrese, notifíquese al Sr. Agente Fiscal, a la Sra. Defensora Oficial y al causante, y firme que sea comuníquese a los órganos pertinentes y archívese". Referencias: Funcionario Firmante: 16/12/2022.
12:19:01. Leppen Daniel Alberto, Juez. Funcionario Firmante: 16/12/2022. 12:48:10. Caparelli Silvia Liliana. Secretario.
jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, Anastasia Marqués, notifica a ALEJANDRO EDGARDO CONESA, la resolución que en su parte pertinente se transcribe: que Lauquen, 1 de febrero de 2023. Resuelvo: I.- Sobreseer por Extinción de la acción Penal por Prescripción en la presente causa Nº 16255 seguida a Alejandro Edgardo Conesa nacionalidad argentino, nacido el 09 de julio de 1973 en Trenque Lauquen, DNI Nº 23530446, domicilio en calle 25 de Mayo y Urquiza de la localidad Trenque Lauquen, hijo de Edgardo v, y de Gelos Ana María v en orden al delito de Defraudación por Retención Indebida art. 173 inc. 2 del C.P investigado en la I.P.P. Nº 52122/07, cometido el día 20 de abril de 2007 en la ciudad de Trenque Lauquen. II.- Regístrese. Notifíquese, firme comuníquese y oportunamente archívese". Fdo. Anastasia Marqués. Jueza de Garantías. Ante mí: Fdo. Virginia Gabriela Goycoechea. Secretaria. Trenque Lauquen, 05 de julio de 2023.
jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial La Matanza con asiento en la calle Entre Ríos Nº 3339 de la Ciudad de San Justo, Partido de La Matanza, Dr. Diego Sebastian Burgueño, cita y emplaza a RICARDO DANIEL VALENZUELA, DNI N 31.543.002, de nacionalidad argentina, nacido el 16 del mes de febrero de 1985, hijo de Lisandro Raul Valenzuela y de Santa Beatriz De Jesús, titular del expediente nro. O4649802 del Registro Nacional de Reincidencia y nro. de prontuario 1596546 de la sección AP del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires; por el plazo de cinco días, a contar desde la publicación del presente, a que comparezca ante el citado Juzgado y estar a derecho en la CAUSA LM-222-2021, R.I. 278-4, I.P.P. Nº 0501-10944-20/00, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y disponer lo que corresponda en cuanto a su situación ambulatoria. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Justo, de julio del 2023. Atento a los resultados de las notificaciones remitidas respecto de Ricardo Daniel Valenzuela, cítese al mismo por edicto a el que se publicará en el Boletín Oficial, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y disponer lo que corresponda en cuanto a su situación ambulatoria art. 303 y ccdtes. del CPP Fdo.: Claudio Damian Raciti, Juez. Secretaría, julio de 2023.
jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Mariel E.
Alegre, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a BRIAN GERONIMO GARAY, a estar a
SECCIÓN JUDICIAL > página 16

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/07/2023 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data18/07/2023

Conteggio pagine77

Numero di edizioni3394

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione31/07/2024

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