Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 03 de julio de 2023

posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía". Dr. Ignacio M. del Castillo. Juez. Secretaría, 23 de junio de 2023.
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POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a ARIA JIMENA GALVÁN en causa nro. INC-15613-8 seguida a -Lemos Ezequiel Alberto por el delito de Incidente de Régimen Abierto. Incidente de Salidas Transitorias-, la Resolución que a continuación de transcribe:
del Plata, 14 de junio de 2023. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.-Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 23 de junio de 2023. Autos Y Vistos En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
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POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías en lo Criminal y Correccional nro. 2 del Departamento Judicial San Isidro, con asiento en la ciudad de Tigre, notifica a MARIANO RAFAEL PICO, con DNI Nº 25.234.837, nacido el 22 de marzo de 1976, de lo resuelto en el marco de la I.P.P. Nro. 14-10-10091-17/00, con intervención de la U.F.I. Distrito Rincón de Milberg, cuya parte pertinente se transcribe a continuación: gre, 11 de mayo de 2023 Resuelvo: I Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción en favor de Mariano Rafael Pico, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden al delito de Estafa, previsto por el art. 172 del Código Penal, por las razones expuestas en el considerando arts. 59
inciso 3ero., 62 inc. 2º, 67 y ccdtes. del Código Penal. II Sobreseer totalmente a Mariano Rafael Pico, en orden al delito de estafa, previsto por el Art. 172 del Código Penal, por haberse extinguido la acción penal por prescripción, de conformidad con lo normado por el art. 323 inc. 1º del Código Procesal Penal, por las razones vertidas en el considerando. III Declarar abstracto el tratamiento de lo peticionado por Dres. Patricio G. Poplavsky y Tomás A. Guido a fs. 476/486, 506/516, 595/598 y 669/671, en función de lo resuelto en los puntos que anteceden Orlando Abel Díaz. Juez de Garantías. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "Tigre, 23 de junio de 2023. Atento al estado de la presente, restando notificar del decisorio de mención al imputado Mariano Rafael Pico, procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial durante cinco días, de conformidad con lo establecido en el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin, líbrese oficio al Director del Boletín Oficial". Orlando Abel Díaz. Juez de Garantías. Secretaría, 23 de junio de 2023.
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POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a YFRAN MARCELO ALEJANDRO, poseedor del DNI N DNI
38585227; nacido el 16/11/1994 en Adrogué, hijo de Reynaldo Ismael y de Elizabeth Lavega, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro. 0700-492622200 Registro Interno Nº 10185, caratulada "Yfran Marcelo Alejandro s/Robo Simple en grado de Tentativa". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, Fecha de Firma Digital. En atención a lo informado por la prevención y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo". Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
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SECCIÓN JUDICIAL > página 14

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2023 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data03/07/2023

Conteggio pagine85

Numero di edizioni3397

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/08/2024

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