Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 08 de marzo de 2023

POR 5 DÍAS - En causa Nº 353/2016, I.P.P. Nº 03-02-005944/15, de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Dpto. Judicial Dolores a cargo del Dr. Jorge Agustín Martinez Mollard, Secretaría Única, seguida a "GREGORUTTI
GUILLERMO ABEL s/Lesiones Leves Calificadas", a los efectos de que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era Tucuman N 4059 de la localidad de Costa del Este, Partido de Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, marzo de 2023. Autos y Vistos Por todo ello, Resuelvo: I. Declarar Extinguida la Pena de seis meses de prisión de ejecución condicional y de las obligaciones dispuestas en el Art. 27 bis del CP, impuesta a Gregorutti Guillermo Abel, argentino, nacido el 16/07/75 en la Plata, hijo de Rodolfo Roque Gregorutti y de Nora Mabel Marcelio, DNI Nº 24.704.479, último domicilio conocido en Tucumán N4059 de Costa Azul, por sentencia de fecha 30/05/18 donde se lo condenara por resultar autor responsable del delito de Lesiones Leves Calificadas Art. 80 inc.1 y Arts. 89 y 92 del CP, al haber operado la prescripción de la misma, Arts. 65 inc. 3, 66, 67 y conc. del C. Penal Notifiquese a las partes en la forma de ley, y al imputado mediante Edicto a publicarse en el Boletín Oficial, oportunamente, y firme que quede el presente, practíquense las comunicaciones de Ley. Fecho archívese". Fdo: Jorge Agustín Martinez Mollard. Juez. Dolores, Juzgado Correccional Nº 2, marzo de 2023.
mar. 7 v. mar. 13
POR 5 DÍAS - La Señora Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 de Avellaneda-Lanús, Dra. Brenda L. Madrid, notifica a JOSE GABRIEL RODRIGUEZ, soltero, changarín, nacionalidad argentina, nacido el 13 de abril de 1993 en Lanús, DNI
41.767.140, instruído, hijo de Gonzalo javier, y Roxana Maria José, Leguizamón, en causa N 20-01-015949-22, Registro de interno N 719, de la Secretaría del Juzgado en lo Correccional N 1 Avellaneda-Lanús, resolución que a continuación se transcribe: llaneda, 2 de marzo del 2023. En atención al estado de autos, teniendo en cuenta el resultado negativo que han arrojado las actuaciones obrantes a fojas 114/115, sumado a la respuesta brindada a fs. 116/117, por parte de la Sra.
Defensora del acusado respecto a que ha perdido contacto con el mismo, en razón de ignorarse el domicilio del encausado de autos, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del código de Procedimiento Penal. Se cita y emplaza a José Gabriel Rodriguez, por el término de cinco días, a estar a derecho. A sus efectos, líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días". Fdo. Brenda L. Madrid, Juez. Ante mi.
mar. 7 v. mar. 13
POR 5 DÍAS - Por disposición del Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción N 10 Departamental, en I.P.P. Nº PP-06-00-033626-17/00, caratulada: "Postigo Cesar Alberto s/Lesiones Culposas Agravadas, a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de citar al señor POSTIGO CESAR ALBERTO para comparezca, en el término de cinco días, a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 10 de Delitos culposos sita en calle 55 N 726 e/ 9 y 10 de la ciudad de La Plata, con el objeto de estar a derecho, aportando su domicilio real. La resolución que así lo dispone dice: Plata, 02 de marzo de 2023. Visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Cesar Alberto Postigo, DNI 17.569.372, cíteselo en la forma prevista por el Artículo 129 del C.P.P. para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín oficial, ante la sede de esta Fiscalía, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la pertinente declaración de rebeldía en su contra Fdo. Dr. Carlos Alpino Vercellone. Agente Fiscal. Secretaría, 02 de marzo de 2023. Dr. Damian Nasif, Auxiliar Letrado.
mar. 7 v. mar. 13
POR 5 DÍAS - El Señor Juez P.D.S. Titular a cargo Del Juzgado Correccional N 3 del Departamneto Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Carlos Gualtieri notifica a ROMERO CESAR RODOLFO, en el marco de la causa Nº 07-00-19686-18 Nº interno 6616 seguida al nombrado en orden al delito de Hurto en grado de tentativa de tramite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 3751-1100 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3lz@jusbuenosaires.gov.ar,de la resolución que infra se transcribe: field, Y Vistos: Esta causa Nº 07-00-19686-18 nº interno 6616 del registro de este Juzgado y Nº 3264/2018 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excelentísima Cámara de Apelación de Garantías departamental, caratulada "Romero Cesar Rodolfo y Romero Jorge Raul s/Hurto en Grado de Tentativa" Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de robo presuntamente ocurrido el 21 de abril de 2018 en la localidad de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora, y la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 25 de junio de 2018, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial. Que en fecha 28 de febrero de 2023, la Sra. Agente Fiscal de Juicio Dra. Carolina Zugasti solicitó la prescripción de la acción penal. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada "O.L.A. s/recurso de casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo"
cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos" 305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set.
del 14-IV-2004, entre muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos b, c y d y aún el a del C.P. que se refiere a la comisión de otro delito, resultando que los tres primeros fueron realizados entre el día 22 de abril de 2018 fs.
21/vta y la radicación de fecha 25 de junio de 2018 fs. 51/vta., por lo que se encuentra cumplido el plazo de prescripción previsto en el art. 62 inc. 2 del Código Penal, conforme surge de la certificación que antecede. Que habiéndose glosado los informes del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, y las planillas de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires, según las actuaciones obrantes en autos, con los cuales se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art.67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la Acción Penal por Prescripción, respecto de los encartados Romero Cesar Rodolfo y Romero Jorge Raul, en la presente causa Nº 07-00-19686-18 nº interno 6616 que se le sigue en orden al delito de Hurto en grado de tentativa, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo.

SECCIÓN JUDICIAL > página 19

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2023 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data08/03/2023

Conteggio pagine71

Numero di edizioni3396

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione02/08/2024

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