Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2023 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 02 de enero de 2023

invitación, bajo apercibimiento en caso de no presentarse a la citada audiencia, de designarse nueva fecha de audiencia y decretarse su comparendo compulsivo con traslado al Depto. judicial de Mar del Plata. III. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla de la audiencia fijada en autos, y que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II.
Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad
Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado. IV. Respecto de lo informado de la víctima Sra. Lopez Norma Susana, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P. el presente auto, por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
dic. 27 v. ene. 2
POR 5 DÍAS - Dr. Ignacio Etchepare, Vicepresidente del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, Secretaría Única, cita y emplaza por el término de cinco días -contados a partir de la última publicación-, a PENAYO GOMEZ, MATIAS GABRIEL en causa Nº 0701-4578-20/2 seguida a aquel, en orden al delito de Robo Calificado por cometerse con Escalamiento, con Efracción y en lugar poblado y en banda, comparezca ante los estrados de éste Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, sito en calle Larroque y Cno. Negro, Edificio de Tribunales, 4to. piso, Sector "A" de la localidad de Banfield, partido de Lomas de Zamora, a los efectos de notificarse en los presentes obrados del estado de la causa de mención y su deber de estar a derecho, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y decretarse su captura. Arts. 129, 303, 304 del C.P.P.- Fdo. Dr. Ignacio Etchepare.
Juez. Banfield, 15 de diciembre del 2022. Ante mí: Dra. Martina Liendro. Auxiliar Letrado.
dic. 27 v. ene. 2
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 11 del Departamento Judicial San Isidro, a cargo de la Dra. Marta Mónica Capalbo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Cynthia Cristina Varela, sito en Ituzaingó 340 Piso 3º de San Isidro, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, comunica por cinco días que con fecha 31 de octubre de 2022, en los autos caratulados Mareco, Edgardo Oscar s/Quiebra Pequeña Expediente SI 36.204 2022 se decretó la quiebra de EDGARDO OSCAR MARECO CUIT 20-10259821-1, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico, de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizarle pagos, los que serán ineficaces. Fíjase hasta el día 14 de marzo de 2023 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes, formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas 25 de abril de 2023
y el 25 de junio de 2023 para las presentaciones de los informes individuales y generales, previstos en los artículos 35 y 200
Ley 24.522. El síndico designado es el contador Pedro Alfredo Valle con domicilio en Ituzaingó 476 San Isidro, teléfonos 15-5416-7809 con mail pedroalfredovalle@gmail.com rogando solicitar turno para presentar las insinuaciones. El presente deberá ser publicado por el término de 5 días sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art 89 inc 3 LCQ. San Isidro, diciembre de 2022. Dra. Cynthia Cristina Varela. Secretaria.
dic. 27 v. ene. 2
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Hernán Félix Krzyszycha, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8, Secretaría Única del Depto. Judicial de Mar del Plata, hace saber que con fecha 06/10/2022 se ha decretado la quiebra del Sr. MARCOS TOMAS SADABA ECHEVARRIA, DNI 36.217.485, CUIT 20-36217485-7, con domicilio real en la calle Perú Nº 2640, de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. Fijar la fecha del 24/02/2023 hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de sus créditos. Intimase al fallido y a los terceros para que entreguen al Síndico la documentación y los bienes de aquellos. Prohíbese hacerle pagos al fallido los que serán considerados ineficaces. Síndico designado CP Analia Verónica Costagliola quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos en el domicilio de calle Avda. Luro 3894-1A de Mar del Plata, los días lunes a viernes en el horario de 14:00 a 20:00 hs., Tel. 0223 474-7739/472-5058. Cel 2235259912. E-mail:
estudiojewkes@gmail.com. Mar del Plata, diciembre de 2022.
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SECCIÓN JUDICIAL > página 6

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2023 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data02/01/2023

Conteggio pagine68

Numero di edizioni3380

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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