Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/12/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 20 de diciembre de 2022

12.569 T.O. Ley 14509, las Convenciones Internacionales y normas internacionales respecto a la Eliminación de la violencia para con la mujer conocida como "Convención de Belem Do Para" y considerando que las medidas cautelares familiares tienden a la protección de la salud física o moral de los involucrados, se impone al Sr. Rivera Mario Oscar, la medida cautelar de restricción de acercamiento por el perimetro de 300 mts. a la persona de la Sra. Rivera, Maria Cristina, a su respectivo domicilio, y demás lugares donde la misma pudiera encontrarse, entendiéndose por tales trabajo, recreación y/o esparcimiento, medidas que se mantendrán mientras dure el cumplimiento de la pena, y prohibición de contacto por cualquier medio con la nombrada, sea de índole personal, telefónica, electrónica, redes sociales, interpósita persona o de ningún otro tipo, Restricción vigente desde la fecha y hasta el agotamiento total de la pena. La medida ordenada implica el cese y/o abstención de la realización de todo acto violento, sea de carácter físico, psicológico o emocional y por cualquier medio que sea, aún medio de comunicación telefónico y todo tipo de redes sociales. h Comuniquese al ANSES haciendo conocer la resolución recaida en autos y el cómputo de pena practicado. i A los fines de dar fiel cumplimiento a lo normado por el Art. 83 inc. 3 del C.P.P., líbrese oficio a los fines de notificar a la víctima de autos de la sentencia dictada. j Habiéndose impuesto como regla de conducta al condenado una prohibición de acercamiento líbrese oficio a la División Violencia de Género de la Municipalidad de Necoche, haciendo saber la prohibición de acercamiento dictada y el vencimiento de la misma a sus efectos.- k Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nº 11-2451-21 del Juzgado Garantías Nº 2, causa 14534-LE Juzgado en lo Correccional Nº1 Departamental Necochea. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución penal". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 14 de diciembre de 2022. Autos y Vistos En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art.
129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
dic. 19 v. dic. 23
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Sra. AGOSTINA ESTIGARRIBA con último domicilio conocido en calle Carpintero N 2640
Bario El Jardín de este medio, quien fuera víctima en causa Nº INC-17827-1 seguida a -Pedraza Franco Nahuel por el delito de Incidente de Salida Especial-, la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 4 de noviembre. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 8:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 14 de diciembre de 2022. Autos y Vistos
En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
dic. 19 v. dic. 23
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a ULISES OSCAR CEJAS, DNI 37.575.238, que en la causa Nº 0019864 I.P.P. N
PP-18-01-002726-22/00 caratulada "Cejas Ulises Oscar y Otros s/Estupefacientes, Tenencia con fines de Comercialización Art. 5 inc. c - Ley 23.737", la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "Escobar, 2 de diciembre de 2022. Autos y Vistos: Resulta y Considerando Resuelvo: I Sobreseer a Ulises Oscar Cejas, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, en orden al hecho por el que se le recibiera declaración a tenor de lo normado en el Art. 308 del C.P.P., calificado legalmente por el Ministerio Público Fiscal como delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización Art. 5 inc. "c" de la Ley 23.737 hecho ocurrido el día 14 de diciembre de 2021, en la localidad de Garín, Partido de Escobar, Provincia de Buenos Aires, en perjuicio de la Salud Pública; de conformidad con lo normado en el Art. 323 inc. 4 en función del inc. 6 del Código de Procedimientos Penal. II

SECCIÓN JUDICIAL > página 23

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/12/2022 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data20/12/2022

Conteggio pagine72

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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