Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/11/2022 - Sección Judicial
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 09 de noviembre de 2022
Adolescentes y en consecuencia declarar el Estado de Desamparo y Adoptabilidad del niño M. I. O. DNI N 55.115.831
nacido el día 7 de septiembre de 2015, hijo de Morel Elizabeth Del Carmen DNI N 32.650.810 conforme lo dispone los Art. 7, 8, 9, 20, 21 y afines de la Convención sobre los Derechos del Niño, OC- 17/2002 CIDH, Arts. 607, 608, 609, 610 del Código Civil y Comercial de la Nación, Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 13.298; Ley 14.528 jurisprudencia citada. Segundo Dar cumplimiento oportunamente con la Ac. 3708/12 de la SCBA, a cuyo fin efectuense las comunicaciones de estilo. Tercero Sin costas atento el objeto de autos Art. 68 del C.P.C.C. y diferir la regulación de honorarios de la Abogada del Niño para el momento procesal oportuno, debiendo el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires asumir el pago del 100% de los mismos. Cuarto Notifíquese a los progenitores, al SLPPD de Moreno, al Servicio Zonal, al Hogar Convivencial Belen Ciudad de Luz, al Programa Ahijando, a la Abogada del Niño y a la Sra.
Asesora de Incapaces. Registrese" Fdo. Maria Alejandra Galati. Juez. Secretaria, Moreno, PD.
nov. 8 v. nov. 10
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 1 del Departamento Judicial de Moreno/Gral. Rodríguez, a cargo de la Dra. Maria Alejandra Galati, Secretaría a cargo de la Dra. Paula Andrea Rumolo, y del Dr. Dario Carlos Collado, sito en la calle Asconape 180 de la localidad de Moreno, en los autos caratulados: "M. A. s/Abrigo Exp. N MG-15258-2019", se ha dispuesto notificar a la Sra. MOREL ELIZABETH DEL CARMEN DNI N 32.650.810, por el plazo de tres días la sentencia decretada con fecha 20 de octubre de 2021 y que a continuación se transcribe: En razón de todo lo expuesto Resuelvo: Primero Hacer lugar a lo peticionado por el Servicio Local de Protección y Promoción de Derechos de Niñas Niños y Adolescentes y en consecuencia declarar el Estado de Desamparo y Adoptabilidad de la niña M. A. B. DNI
N 57.668.095 nacido el día 19 de abril de 2019, hija de Morel Elizabeth Del Carmen DNI N 32.650.810 conforme lo dispone los Art. 7, 8, 9, 20, 21 y afines de la Convención sobre los Derechos del Niño, OC-17/2002 CIDH, arts. 607, 608, 609, 610 del Código Civil y Comercial de la Nación, Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 13.298, Ley 14.528
jurisprudencia citada. Segundo Dar cumplimiento oportunamente con la Ac. 3708/12 de la SCBA, a cuyo fin efectuense las comunicaciones de estilo. Tercero Sin costas atento el objeto de autos Art. 68 del C.P.C.C. y diferir la regulación de honorarios de la Abogada del Niño para el momento procesal oportuno, debiendo el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires asumir el pago del 100 % de los mismos. Cuarto Notifíquese a los progenitores, al SLPPD de Moreno, al Servicio Zonal, al Hogar Convivencial Siand, al Programa Ahijando, a la Abogada del Niño y a la Sra. Asesora de Incapaces. Regístrese" Fdo. Maria Alejandra Galati, Juez. Secretaria, Moreno.
nov. 8 v. nov. 10
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 1 del Departamento Judicial de Moreno/Gral. Rodríguez, a cargo de la Dra. Maria Alejandra Galati, Secretaría a cargo de la Dra. Paula Andrea Rumolo, y del Dr. Dario Carlos Collado, sito en la calle Asconape 180 de la localidad de Moreno, en los autos caratulados: "M. M. s/Abrigo Exp. N MG-15254-2019", se ha dispuesto notificar a la Sra. MOREL ELIZABETH DEL CARMEN DNI N 32.650.810, por el plazo de tres días la sentencia decretada con fecha 20 de octubre de 2021 y que a continuación se transcribe: En razón de todo lo expuesto Resuelvo: Rimero Hacer lugar a lo peticionado por el Servicio Local de Protección y Promoción de Derechos de Niñas Niños y Adolescentes y en consecuencia declarar el Estado de Desamparo y Adoptabilidad de la niña M. M. M.
DNI N 56.935.551 nacido el día 1 de julio de 2017, hija de Morel Elizabeth del Carmen DNI N 32.650.810 conforme lo dispone los Art. 7, 8, 9, 20, 21 y afines de la Convención sobre los Derechos del Niño, OC-17/2002 CIDH, Arts. 607, 608, 609, 610 del Código Civil y Comercial de la Nación, Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 13.298; Ley 14.528
jurisprudencia citada. Segundo Dar cumplimiento oportunamente con la Ac. 3708/12 de la SCBA, a cuyo fin efectuense las comunicaciones de estilo. Tecero Sin costas atento el objeto de autos Art. 68 del C.P.C.C. y diferir la regulación de honorarios de la Abogada del Niño para el momento procesal oportuno, debiendo el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires asumir el pago del 100 % de los mismos. Cuarto Notifíquese a los progenitores, al SLPPD de Moreno, al Servicio Zonal, al Hogar Convivencial Jesus de Nazareth, al Programa Ahijando, a la Abogada del Niño y a la Sra. Asesora de Incapaces. Registrese." Fdo. Maria Alejandra Galati, Juez. Secretaria, Moreno.
nov. 8 v. nov. 10
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 1 del Departamento Judicial de Moreno/Gral. Rodríguez, a cargo de la Dra. Maria Alejandra Galati, Secretaría a cargo de la Dra. Paula Andrea Rumolo, y del Dr. Dario Carlos Collado, sito en la calle Asconape 180 de la localidad de Moreno, en los autos caratulados: "M. B. s/Abrigo Exp. N MG-15259-2019", se ha dispuesto notificar a la Sra. MOREL ELIZABETH DEL CARMEN DNI N 32.650.810, por el plazo de tres días la sentencia decretada con fecha 20 de octubre de 2021 y que a continuación se transcribe: En razón de todo lo expuesto Resuelvo: Primero Hacer lugar a lo peticionado por el Servicio Local de Protección y Promoción de Derechos de Niñas Niños y Adolescentes y en consecuencia declarar el Estado de Desamparo y Adoptabilidad del niño M. B. E. DNI N
50.608.549 nacido el día 11 de marzo de 2012, hijo de Morel Elizabeth Del Carmen DNI N 32.650.810 conforme lo dispone los art. 7, 8, 9, 20, 21 y afines de la Convención sobre los Derechos del Niño, OC-17/2002 CIDH, arts. 607, 608, 609, 610 del Código Civil y Comercial de la Nación, Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 13.298; Ley 14.528
jurisprudencia citada. Segundo Dar cumplimiento oportunamente con la Ac. 3708/12 de la SCBA, a cuyo fin efectuense las comunicaciones de estilo. Tercero Sin costas atento el objeto de autos Art. 68 del C.P.C.C. y diferir la regulación de honorarios del Abogado del Niño para el momento procesal oportuno, debiendo el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires asumir el pago del 100 % de los mismos. Cuarto Notifíquese a los progenitores, al SLPPD de Moreno, al Servicio Zonal, al Hogar Convivencial Belen Ciudad de Luz, al Programa Ahijando, al Abogado del Niño y a la Sra. Asesora de Incapaces. Registrese." Fdo. Maria Alejandra Galati, Juez. Secretaria, Moreno.
nov. 8 v. nov. 10
POR 3 DÍAS - El Archivo del Departamento Judicial Morón, hace saber que el día 20 de diciembre del 2022, se llevara a cabo la DESTRUCCIÓN autorizada por Resolución de Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Nro. 2549 del día 26 de octubre del 2022 A-26, correspondiente a 279 legajos integrados por 721 expedientes iniciados en el periodo comprendido entre los años 1996 y 2011 pertenecientes al JUZGADO EN LO CORRECCIONAL Nº 1 y al TRIBUNAL EN
LO CRIMINAL Nº 2 DEPARTAMENTALES, que se encuentran alcanzados por los plazos establecidos en el artículo 115
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