Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/11/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 07 de noviembre de 2022

25 de noviembre de 1991, hijo de Carlos Alberto Panuccio y de Sandra Edith Nappio, domiciliado en calle Constitución N
2855
de San Justo, Partido de La Matanza, en orden al delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de vehículo automotor, previsto y reprimido en el art. 84 inc. 2 del Código Penal, que se denunciará en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal. Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. Fecho, devuélvase la IPP en formato papel a la Fiscalía interviniente. Regístrese, notifíquese al Defensor Oficial Dr. Paul Orellano, al Sr. Agente Fiscal Dr. Martín Miguel Prieto y al imputado Panuccio mediante oficio de estilo." Fdo. Mariano Cazeaux. Juez. Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Como recaudo transcribo el auto que ordena el presente: "Dolores, 28 de octubre de 2022. Atento lo que surge del oficio proveniente de la Comisaría de San Justo en el que se informa que el imputado Abraham Alan Panuccio no pudo ser notificado de la resolución de fecha 6 de julio del corriente, ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento Penal. Fecho, practíquense las comunicaciones de ley correspondientes y devuélvase la IPP a la Fiscalía interviniente a sus efectos." Fdo. Mariano Cazeaux. Juez. Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Maria Paula Racioppe Diaz, Auxiliar Letrado.
nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - Autos y Vistos: I.- Para resolver en relación a la excusación planteada por la Sra. Juez interinamente a cargo del Juzgado de Garantias Nº 1 Departamental, Dra. María Fernanda Hachmann, Y Considerando: Que la Sra. Juez Subrogante, a cargo del Juzgado de Garantias Nº 1 Departamental, Dra. María Fernanda Hachmann mediante resolución obrante a fs. 310, requiere se la excuse de intervenir en la presente Investigación Penal Preparatoria, toda vez que la misma ha intervenido en el presente proceso como Agente Fiscal ver fs.243/244, resultando atendibles los fundamentos de determinan su decisión, corresponde al suscripto aceptar su competencia para entender en las presentes actuaciones.
II.- Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento requerida por el Sr. Agente Fiscal, Dr. Mario Rafael Perez, a cargo de la UFIYJ N 3, Deptal, en favor de la ciudadana ARGENTINA RAMONA ROMALDE, y teniendo para ello a la vista la I.P.P de referencia, corresponde al Suscripto expedirse en relación a la pretensión perseguida por el Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal. Que en fecha 23 de agosto de 2021, el señor Agente Fiscal, a cargo de la UFIYJ N 3, Dr. Mario Rafael Perez, requiere se sobresea a la imputada Romalde Argentina Ramona por el delito de Defraudación por Desbarataiento de los Derechos Acordados, previsto y reprimido en el art. 173. Inc. 9 del C.Penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción en autos. Funda su petición en la circunstancia de considerar que desde la fecha de comisión del hecho 12 de septiembre de 2005, ha transcurrido en exceso el término previsto por el art.
62. Inc. 2 en su relación con el art. 173. Inc. 9 del C. Penal. En consecuencia de conformidad con lo estatuído por el art.
324 del Código de Procedimiento Penal, y luego de analizar las causales en el órden dispuesto por el art. 323 del ritual, arribo a la conclusión de que le asiste razón al Dr. Perez. Si bien existencias constancias fehacientes a efectos de acreditar la comisión del hecho, lo cierto es que desde la fecha de la denuncia, al presente, ha transcurrido en exceso el término que la citada norma y el art. 62 prevee como plazo de prescripción de la acción, sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito art. 67. Inc. 4 del C. Penal.
Consecuentemente debe sobreseerse a la imputada en órden al delito que se le imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el art.323 del C.P.P.- Por ello Resuelvo : A Tener presente el planteo de excusación esgrimido por la Sra. Juez Subrogante, a cargo del Juzgado de Garantias Nº 1 Departamental, Dra.
María Fernanda Hachmann mediante resolución obrante a fs. 310.art. 47 inc. 1 y 13 del C.P.P. B Aceptar la competencia delegada en el suscripto para entender en las presentes actuaciones.C Disponer el ingreso de las presentes actuaciones a este Juzgado bajo el número de Carpeta 29607. D Sobreseer totalmente a Ramona Argentina Romalde, de nacionalidad argentina, con DNI N 14.615.234, nacida el 2 de junio de 1961, hija de Enrique Romalde y de doña Argentina Lobo, con último domicilio conocido en calle Córdoba Nº 435 e/Mitre y Catamarca y/o en San Juan N 900 de la ciudad de Mar de Ajó, en órden al delito de Defraudación por Desbaratamiento de los Derechos Acordados, art.173. Inc. 9 del C. Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripcion la acción penal. E Advirtiendo en éste acto que la imputada Ramona Argentina Romalde registra orden de Averiguación de Paradero mediante decreto obrante a fs.298 de fecha 6 de junio de 2011, habiéndose dispuesto el sobreseimiento total y definitivo de la misma en el presente proceso por los fundamentos mas arriba vertidos, déjese sin efecto la orden que pesa sobre la nombrada, librándose el oficio de estilo al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Pcia de Buenos Aires.Firme y consentida la presente resolución practíquese las comunicaciones de ley.- Regístrese, notifíquese al Sr. Agente Fiscal, Dr. Mario Rafael Perez, al Sr. Defensor Oficial, Dr.
Brown y a la imputada mediante oficio policial. Mariano Cazeaux, Juez nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - En relación a la I.P.P. N 03-04-001727-22/00 seguida Alex Fabian Sebastian Gauna de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo de la Dra. Maria Fernanda Hachmann, sito en calle Pellegrini N
19 de esta localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, al menor GAUNA ALEX FABIAN SEBASTIAN y persona mayor responsable cuyo último domicilio conocido es en paseo 142 al lado de la iglesiade la localidad de Villa Gesell. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución a notificar:
"Dolores, 29 de junio de 2022. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: 1.- Sobreseer definitivamente al menor Alex Fabián Sebastián Gauna DNI 48.000.054 nacido el 26/08/07 hijo de Medina Ivanna domiciliado en calle paseo 142 de villa Gesell al lado iglesia por haberse decretado la nulidad parcial de la declaración testimonial de la presente I.P.P. no existiendo en la presente un cauce independiente que amerite su prosecución en relacion al nombrado. arts. 201, 202, 203
y sgtes., 205, 323 inc. 5 del C.P.P.. Notifíquese al Señor Defensor Oficial del joven y Sra. Agente Fiscal del joven de conformidad con la acordada 3886/18. Líbrese oficio a comisaria para notificar al menor y persona mayor responsable.
Regístrese." Fdo. Maria Fernanda Hachamann Juez de Garantías del Joven Departamental dispuso el presente: "Dolores, 26 de octubre de 2022. I/ Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Villa Gesell, las que se encuentran adjuntadas al presente en formato digital, y en virtud de lo que la ella se desprende, ordénese la notificación de dicha resolución al menor Gauna Alex Fabian Sebastian con DNI N 48.000.054 y persona mayor responsable, mediante edictos conf. Art. 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días. II/ A fin de que se de cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletin Oficial de la
SECCIÓN JUDICIAL > página 16

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/11/2022 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data07/11/2022

Conteggio pagine81

Numero di edizioni3395

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/08/2024

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