Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/06/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 03 de junio de 2022

teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el termino de 5 días a los fines notificar a MACARENA CORONEL, de lo resuelto precedentemente". Fdo Dra. Betina Lacki. Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata.
may. 30 v. jun. 3
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-011838-16/00, caratulada "Ramos Joel s/Abuso Sexual. Art. 119 párr. 1ro", a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe: Y
Considerando. Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante y víctima de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente.
Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo: Archivar la I.P.P.
de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el termino de 5 días a los fines notificar a VALDEZ SANDRA MARILUZ, de lo resuelto precedentemente". Fdo Dra. Betina Lacki. Agente Fiscal Departamento Judicial La Plata.
may. 30 v. jun. 3
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 13 de Mar del Plata, sito en calle Brown 1771 de Mar del Plata, cargo del Dr. Maximiliano Colangelo, anoticia del inicio de los autos "ASOCIACIÓN CIVIL DE USUARIOS
BANCARIOS ARGENTINOS ACUBA c/Industrial And Commercial Bank of China s/Materia a Categorizar", expte. N
125175, e invita a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y a los consumidores a participar del procedimiento o en su caso denunciar la existencia de otro proceso judicial con el mismo objeto al del presente proceso hasta el día 16/08/2022, fecha que se establece como límite para dicha presentación y/o denuncia en los presentes actuados, que fueran iniciados por actora, Asociación Civil de Usuarios Bancarios Argentinos ACUBA, en representación de la totalidad de los consumidores usuarios de las tarjetas de crédito emitidas por la accionada que hayan realizado el financiamiento de los saldos deudores de las tarjetas de crédito Visa y Mastercard emitidas por la entidad demandada, Industrial and Commercial Bank of China s/Materia a Categorizar, con vencimiento de pago previsto entre los días 20 de marzo de 2020 y 30 de abril de 2020. El objeto de la acción es la declaración de ilegalidad y abusividad de la financiación de los saldos deudores de las tarjetas de crédito Visa y Mastercard emitidas por el Banco Industrial and Commercial Bank of China Argentina S.A I.C.B.C, en adelante, con vencimiento de pago entre los días 20 de marzo del 2020 y el 30 de abril del 2020, y su adecuación a lo prescripto en la comunicación A 6964 del Banco Central de la República Argentina; ii La declaración de ilegalidad del cobro de los conceptos inscriptos como "Total Comisiones y Ajustes" en las tarjetas Mastercard en contravención a la comunicación A 6964 del Banco Central de la República Argentina; iii La devolución de las sumas percibidas a cada usuario de tarjeta de crédito, tomadores de la financiación y afectados por el concepto impugnado, con más los intereses previstos por la normativa de Protección de Usuarios de Servicios Financieros del Banco Central y la aplicación del daño punitivo para cada uno de ellos. Mar del Plata, 12 de mayo de 2022.
may. 30 v. jun. 3
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús, Dr.
Ramiro G. Varangot, por medio del presente, notifica a MIGUEL ALEJANDRO GONZALEZ, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2000-1595-21, seguidas al nombrado en orden al delito de Hurto Calificado en grado de Tentativa, del auto que a continuación se transcribe: nús, 14 de febrero de 2022. En atención al estado de autos, practíquese por Secretaría el cómputo de vencimiento de pena y liquidación de costas del proceso Art. 500 del CPrP. Cómputo: Que practico a los efectos de determinar el vencimiento de la sanción impuesta a Victor Manuel Castillo y a Miguel Alejandro Gonzalez mediante el veredicto y sentencia dictado el día 14 de diciembre del año 2021 cuando se los condenó a la pena de once 11 meses de prision de efectivo cumplimiento y costas, en orden al delito de Hurto Agravado Por Escalamiento en Grado de Tentativa cfr. fs. 201/205 y vta., en el marco de estas actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2000-1595-21. A partir de ello, y luego de compulsar las actuaciones referidas, pude advertir que Victor Manuel Castillo y Miguel Alejandro Gonzalez fueron aprehendidos el día 26 de enero del año 2021 ver fs. 2 vta., permaneciendo privados de su libertad hasta el día 25 de diciembre del año 2021, fs. 2 del incidente de excarcelación. En razón de ello y habiendo adquirido firmeza el fallo aludido, la pena impuesta a victor manuel castillo y Miguel Alejandro Gonzalez venció el día 25 de diciembre del año 2021- Es el cómputo que practico. Secretaría, 14 de febrero de 2022.
Certifico: En cuanto ha lugar por derecho, que practicada la correspondiente liquidación de costas, la misma arroja la suma de pesos mil trecientos quince $1.315,00. Art. 80 de la Ley Buenos Aires 15311 Ley impositiva para el año 2022.
Modificación del Código Fiscal de la Provincia. Secretaría, 14 de febrero de 2022". -//nús, 14 de febrero de 2022.
Apruébase el cómputo del vencimiento de pena y la liquidación de costas practicada por Secretaría Art. 500 del CPrP.
Notifíquese. En la fecha se libraron los oficios de notificacion. Conste". Ramiro G. Varangot, Juez. Como recaudo legal transcribo a continuación la resolución que lo dispuso: nús, 23 de mayo de 2022. En atención al estado de autos y en teniendo en cuenta que los imputados Miguel Alejandro Gonzalez no se encuentra notificado del cómputo de pena recaído en la presente, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P., líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Se cumplió. Conste". Secretaría, 23 de mayo de 2022. Lanús, 23 de mayo de 2022.
Manuel Nitto. Secretario.
may. 30 v. jun. 3
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 de La Plata, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en I.P.P. Nº PP-06-00-041125-14/00, caratulada "Nn, Roberto s/Abuso Sexual. Art. 119 párr. 1ro", a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe: Y
Considerando. Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la
SECCIÓN JUDICIAL > página 8

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/06/2022 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data03/06/2022

Conteggio pagine80

Numero di edizioni3393

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione30/07/2024

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