Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/04/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 22 de abril de 2022

abr. 22 v. abr. 25
POR 2 DÍAS - El Tribunal de Trabajo del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Bv. Colón 220 a cargo de los Sres. Jueces Dr. Leonardo Miguel Villanueva, Dra. Denise Scaglia, Dra. María Alicia Luppi Barbella, Secretaría Única Dra.
María José Annan, cita y emplaza por 2 días a los Herederos del Sr. QUEVEDO EDUARDO CAYETANO, a efectos que dentro del término de 10 días concurran a hacer valer sus derechos en autos, "Quevedo Eduardo Cayetano c/Sociedad Anónima Importadora y Export. de la Patagonia y Otros s/Daños y Perjuicios", Expte. Nº 41480, bajo apercibimiento de archivo en los autos caratulados. Como recaudo se transcribe el auto que ordena la medida "Pergamino, 8 de abril de 2022. Autos y Vistos: Atento el estado de autos, déjese sin efecto el pase a autos de fecha 6/04/2022. Habiéndose acreditado el fallecimiento del actor Sr. Quevedo Eduardo Cayetano, suspéndase la tramitación de las presentes actuaciones y cítese a sus herederos por edictos que se publicarán por el término de dos días en el Boletín Judicial y en el diario de mayor circulación de la localidad de Salto para que comparezca dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos en autos, bajo apercibimiento de archivo Arts. 145, doctrina Art. 529 Inc. 2º y 540 del C.P.C Denise Scaglia, Jueza. Annan Maria Jose. Secretario abr. 22 v. abr. 25
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de San Isidro, cita al demandado SANTA
CATALINA S.R.L. y a quien se crea con derechos al dominio del inmueble C. VII, S. M, Mza. 32, Parc. 22 de San Fernando, para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer sus derechos en las presentes actuaciones caratuladas "Larrosa Maria Ester y Otro/a c/Santa Catalina S.R.L. s/Prescripción Adquisitiva Larga" Expte. Nº SI-293102015, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente Art. 341 del CPCC y 681 del CPCC. Dra. Romina N. Bejares. Secretaria.
abr. 22 v. abr. 25
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº2 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo de la Dra. Belén Loguercio, Secretaría a mi cargo, en los autos caratulados: "Rodriguez C.G. sobre Abrigo", notifica a la Sra. CLAUDIA
INSAURRALDE, DNI N 30.577.285 y al Sr. VICTOR ARMANDO RODRIGUEZ, DNI N 28.569.689, que con fecha 29 de marzo de 2022, se dicto la siguiente Sentencia: Por Todo Ello; y en virtud de lo dispuesto por los Arts. 3, 4, 6, 7.1, 8.1, 9, 12, 19, 20 y ccds. de la Convención de los Derechos del Niño, Arts. 31 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, Arts. 595
inc. c, 607 inc. c, 700 y cctes. del C.C. y C., Arts. 17, 18 y 19 de la Ley 14.528; Arts. 1º, 4, 6, 7, 10, 12, 35 y 35 bis y ccds.
de la Ley 13.298 y su modificatoria Ley 14.537, Resuelvo: 1º Declarar al niño C. G. R., con DNI Nº 57.761.551, nacido el día 31 de mayo de 2019, quien resulta ser hijo de Claudia Beatriz Insaurralde, con DNI N 30.577.285 y del Sr. Victor Armando Rodriguez, con DNI N 28.569.686, en Situación de Adoptabilidad importando ello la privación de la responsabilidad parental de sus progenitores, haciendo saber que se procederá a otorgar su guarda con fines de adopción Arts. 3, 4, 6, 7.1, 8.1, 9, 12, 19, 20 y ccds. de la Convención de los Derechos del Niño, Arts. 31 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, Arts. 595 inc. c, 607 inc. c, 700 y cctes. del C.C. y C., Arts. 17, 18 y 19 de la Ley 14.528; Arts. 1º, 4, 6, 7, 10, 12, 35 y 35 bis y ccds. de la Ley 13.298 y su modificatoria Ley 14.537. 2º Procédase a la selección de aspirantes a la guarda con fines de adopción, del Registro correspondiente, dentro del plazo de cinco días contados a partir del día de la fecha, debiendo mantener entrevistas con la Suscripta y Equipo Técnico del Juzgado a fin de poder evaluar: su idoneidad para cumplir con las funciones de cuidado, educación, sus motivaciones y expectativas frente a la adopción, el respeto asumido frente al derecho a la identidad y el origen de la niña de autos, todo ello teniendo en cuenta el interés superior de C.G.R. Arts. 17, 18, 19 Ley 14.528. Seleccionado/s que fuera/n el/ los postulantes se procederá al otorgamiento de la guarda con fines de adopción del niño de autos Arts. 13 Ley 14.528. 3º Notifíquese lo resuelto precedentemente a los progenitores del infante Sres. Claudia Beatriz Insaurralde y Sr. Victor Armando Rodriguez, vía electrónica al domicilio por ella oportunamente constituido y mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el Plazo de 3 días en forma gratuita. 4º Oportunamente comuníquese a la Secretaría de Asuntos Institucionales de la S.C.J.B.A., vía Fase II. 5º Notifíquese a la Asesoría de Incapaces N 3, al Servicio Local y Zonal de Promoción y Protección de Derechos de Lomas de Zamora y a Hogares de Belén. 6 Regístrese.
Notifíquese. Agréguese. Téngase presente lo dictaminado. Líbrese oficio al ANSES a efectos que deposite en la cuenta de autos el beneficio AUH a favor del niño de autos. A tales fines líbrese oficio al Banco de la Provincia de Bs. As. Sucursal Lomas de Zamora anexo Tribunales". Fdo. Belén Loguercio. Juez.
abr. 22 v. abr. 26
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº Uno de Necochea, Secretaría Única, hace saber que en autos "ASOCIACIÓN DE DEFENSA DE DERECHOS DE USUARIOS Y CONSUMIDORES
c/Cooperativa de Provisión de Servicios Electricos San Cayetano s/Materia a Categorizar", expte. Nº 8154, se ha dictado sentencia homologatoria del acuerdo transaccional celebrado, mediante el cual la parte demandada, sin reconocer hechos ni derechos, asumirá una bonificación en favor de todos los miembros de la clase representada por A.D.D.U.C. mediante la acreditación en su correspondiente factura de consumo de energía eléctrica o, a opción de la demandada, mediante nota de crédito, y así se registrará en la/s misma/s, adjudicada en partes iguales en favor de cada uno de ellos a prorrata, cuyo monto total único y convenido ascenderá a $4.000.000, pagadero en seis cuotas mensuales, iguales, fijas y consecutivas de $666.666 cada una, con vencimiento o aplicable la primera en el tercer mes siguiente al mes de haberse dictado, notificado, firme y consentido la sentencia judicial homologatoria del acuerdo. De este modo se dará fin al reclamo incoado concerniente a la restitución de los montos debitados y/o percibidos en concepto Cuota Capital o denominación similar que hayan sido pagados juntamente con los consumos de energía eléctrica. La presente publicación tiene por finalidad dar a conocer el acuerdo homologado judicialmente y hacer saber la posibilidad de que los consumidores o usuarios individuales que así lo deseen puedan apartarse de la solución general adoptada para el caso Art. 54 Ley 24.240. Carlos Herrera. Juez.
abr. 22 v. abr. 26
POR 3 DÍAS - Por Disposición de S.S., en causa Nº ME-2568-2018-7021, caratulada: "Ferraro Alberto Luis s/Apelación Falta Municipal, en Mercedes -B-", que tramita ante este Juzgado en lo Correccional N 3 de Mercedes B, se notifica al
SECCIÓN JUDICIAL > página 27

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/04/2022 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data22/04/2022

Conteggio pagine77

Numero di edizioni3374

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione28/06/2024

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