Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/03/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 11 de marzo de 2022

Protección de los Derechos del Niño de Pilar, respecto de Nehemias Eloy Maximiliano Castillo, de 4 años de edad y de Tahiel Roman Castillo, de 3 años de edad, quienes se encuentran bajo el cuidado de la Sra. Leonidas Benitez, por el plazo máximo de 180 días, produciéndose el vencimiento de la medida el día 25/09/2021. 2 Notificar lo resuelto a la madre de los menores Sra. Castillo Eliana Soledad, domiciliada en Venezuela 165, Monterrey, Pte. Derqui, Partido de Pilar, haciéndole saber que puede contar con patrocinio letrado de la Defensoría Oficial ubicada en la calle Sarratea 61, Pilar frente al ACA
Pilar Art. 18 y 75 inc. 22 Constitución Nacional, Art. 5 y 18 CIDN; Art. 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Arts. 264 y sdtes CC.. A tales fines, líbrese Oficio a la Comisaría correspondiente Fdo. Dra. SIlvina M Galeliano.
Juez. "Pilar, 26 de febrero de 2022 Notifíquese a la Sra. Eliana Soledad Castillo, DNI Nº 38.325.272, la legalización de la medida de abrigo dictada con fecha 19/05/2021, haciéndole saber que deberá presentarse en el Juzgado en plazo de 10
diez dias y constituir domicilio dentro del radio del juzgado, en el cual se considerarán válidas todas las notificaciones, y que en caso de incomparecencia injustificada, se podrá declarar la situación de adoptabilidad de sus hijos Tahiel Roman y Nehemias Eloy Maximiliano Castillo, y que en caso de no tener recursos para contratar un abogado de la matrícula, le asiste el derecho de hacerse patrocinar por un Defensor Oficial Sarratea 61 de Pilar. A tales fines, procédase a la publicación de Edictos Arts. 145 y 146 CPCC en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, exento de costo y por el término de tres días". Fdo. Dra. Silvina M Galeliano. Juez. En la ciudad de Pilar, a los 3 de marzo de 2022.
mar. 9 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., Doctor Guillermo Alberto Arecha, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1
de Tandil, Secretaría a mi cargo, dirijo a Usted el presente en causa N 185-4517-2018, caratulado "Ulibarri Fabio Enrique s/Portación Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil en Concurso Ideal con Abuso de Armas y Amenzas Agravadas y Lesiones Culposas IPP N 1219/17 y su acumulada causa N 327-5292-2020", caratulada "I Izarriaga Cristian Maximiliano - II Ulibarri Fabio Enrique S/I Atentado a la Autoridad. II Resistencia a la Autoridad IPP M 2655/20", a fin de solicitarle tenga a bien publicar como edicto el siguiente texto, en forma gratuita, por el término de cinco días: "Tandil, 2
de marzo de 2022. Atento el estado de la causa, desconociéndose el actual domicilio del imputado FABIO ENRIQUE
ULIBARRI, cíteselo a efectos que comparezca a este Juzgado -sito en calle Uriburu Sur N 750 de Tandily fije domicilio, en el término de cinco días a contar desde el día siguiente a su notificación, bajo el apercibimiento que si no lo hiciere, será declarado Rebelde en los términos de los Arts. 303 y concs. del C.P.P Fdo: Doctor Guillermo Alkberto Arecha. Juez mar. 9 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri N 242 de ésta ciudad de Dolores, en Causa N 1429-19, Interno N 2443 caratulada "Vallejos Sandra Monica s/Lesiones Leves -Hecho 1-, Amenazas -Hecho 2- Art. 89 y 149 bis del C.P. a Elida Cristina Mansilla en San Bernardo", Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 déas a fin de notificar a VALLEJOS SANDRA MONICA, titular del DNI
20.024.638, la siguiente resolución dictada la que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: "Dolores, 21 de diciembre de 2021. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I. Declarar la Extinción de la Acción Penal en la presente Causa N 1429-19 Interno N 2443 caratulada "Vallejos Sandra Monica s/Lesiones Leves -Hecho 1-, Amenazas Hecho 2- Art. 89 y 149 bis del C.P. a Elida Cristina Mansilla en San Bernardo", correspondiendo Sobreseer en forma total a la imputada Vallejos Sandra Mónica, de nacionalidad argentina, de estado civil casada, nacida el 29 de enero de 1968 en San Justo, Provincia de Buenos Aires, titular del DNI N 20.024.638, domiciliada en Calle Hernández Nº 1735 de San Bernardo, hija de Sixto Fortunato Vallejos y de Ramona Miranda, registrada bajo el Prontuario N 113144 Sección A.P., por el delito de Lesiones Leves -hecho 1- y Amenazas -hecho 2-, previsto y sancionado en el Artículo 89 y 149 bis del Código Penal, en San Bernardo, por el que fuera elevada a juicio, sin costas. Art. 76 bis y ter del Código Penal y Art. 323, 530 y concordantes del C.P.P.. II. Regístrese. Notifíquese al representante del Ministerio Público Fiscal y al Defensor Oficial mediante cédula electrónica. A fin de notificar a la imputada, líbrese el oficio de estilo con transcripción de la parte resolutiva. Una vez firme, cúmplase con las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento del Patronato de Liberados interviniente. Oportunamente, archívese". Fdo. Analía H. C. Pepi. Juez en lo Correccional N 3 Departamento Judicial Dolores. Ante mí: Inés Lamacchia. Secretaria. Dolores, 3 de marzo de 2022.
mar. 9 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - Los integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Dolores, Provincia de Buenos Aires, en Acuerdo Ordinario, a objeto de dictar sentencia en el juicio caratulado:
"Gonzalez Gabriel Andres s/Incidente de Eximición IPP N 03-02-5393-21 J.G. N 4 Causa N 25079", se procedió a practicar el sorteo que determinan los Artículos 41 Ley 5.827 Orgánica del Poder Judicial y 266 del Código Procesal Ley 7.425, resultando del mismo que la votación debía ser en el orden siguiente: Doctores: Susana Miriam Darling Yaltone.
Fernando Sotelo. El Tribunal resolvió plantear y votar las siguientes: Cuestiones. 1ra.- Se ajusta a los hechos y a derecho la resolución recurrida? 2da.- Qué pronunciamiento corresponde dictar? A la primera cuestión la señora Juez Dra.
Yaltone, dijo: El señor Juez de Garantías Dr. David Leopoldo Mancinelli, mediante resolución obrante a fs. 10 y vta., resolvió: No hacer lugar al pedido de Eximición de Prisión impetrado en favor de GABRIEL ANDRES GONZALEZ
Contra dicha resolución interpone recurso de apelación el Sr. Defensor Oficial del encartado, Dr. Leonardo Enrique Paladino a fs. 15/16 y vta. El recurso es concedido en legal forma a fs. 18. Recepcionado el incidente en esta Alzada, notificada su radicación, y practicado por secretaría el sorteo de ley, se encuentra la presente en condiciones de recibir pronunciamiento sin más trámite. La defensa se agravia de la resolución en crisis toda vez que considera que la misma afecta derechos y garantías de raigambre constitucional como lo son el principio de inocencia y del derecho a la libertad personal, así como la garantía del debido proceso. Sostiene que no puede hacerse tabla rasa con las disposiciones de los artículos que parecería consagrar la inexcarcelabilidad de imputados, puesto que por imperio del Art. 144 que hunde sus raíces en el principio de inocencia, no puede sostenerse razonablemente que no opere, en todos los casos, la eventual excepción que consagra el Art. 170, todos ellos del CPP. Aduna a ello que el Art. 144 y siguientes del CPP explicitan que la regla general es la libertad del imputado durante el proceso y que el encierro preventivo es siempre la excepción y el Art.
146 del CPP en primer lugar reafirma que el único fin legítimo de los medios de coerción es la frustración de los peligros procesales y en segundo lugar establece que su imposición solo podrá efectuarse cuando dicho peligro haya sido verificado de manera cierta. Por ello, considera que al momento de resolver el pedido de eximición de prisión formulado se debe
SECCIÓN JUDICIAL > página 13

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/03/2022 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data11/03/2022

Conteggio pagine71

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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