Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/09/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 27 de septiembre de 2021

recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, 21 de septiembre de 2021. En atención de lo informado por la Sra. Defensora Oficial y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional".
sep. 27 v. oct. 1
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, hace saber 5 días que en los autos: "Patalagoity Yesica Luciana s/Quiebra Pequeña", que el 27 de agosto de 2021 se ha decretado la Quiebra de YESICA LUCIANA PATALAGOITY, DNI N 32.103.004, CUIT N 27-32103004-7, con domicilio en calle Eusebio Freidiaz N 1294 de la ciudad de Adolfo Gonzales Chaves, intimándose a los deudores y a quienes detentan bienes de aquellos los entreguen al Síndico Cr. José Luis Fernández, con domicilio en calle Caronti N 695 de esta ciudad.
Prohibiéndose hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Se ha fijado el día 10 de noviembre de 2021 hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al síndico.- Se señalaron los días 28 de diciembre de 2021 para la presentación del informe individual y 14 de marzo de 2022 para el informe general. Bahía Blanca, 22 de septiembre de 2021.- Fdo: Alicia Susana Guzmán, Secretaria.
sep. 27 v. oct. 1
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 8, a cargo de la Dra. Claudia Celerier, Secretaría única, Departamento Judicial Quilmes, sito en Alvear N 465 de Quilmes, en autos "Lorente Danisa Soledad s/Quiebra Pequeña" se hace saber que el día 27/08/21 se ha decretado la Quiebra de LORENTE DANISA SOLEDAD, DNI 28.076.935 CUIT 27-28076935-0
con domicilio en calle San Juan N 514 De F. Varela, provincia de Buenos Aires, Síndico actuante Julio Cesar Horacio Harisgarat, con domicilio en Alvear N 869 de Quilmes, y electrónico en 20227164981@cce.notificaciones, Tel.: 0221154209605 Correo electrónico: sjquesada@yahoo.com.ar ante quien deberán presentarse las insinuaciones verificatorias en la siguiente casilla de esta Sindicatura: sjquesada@yahoo.com.ar hasta el día 19 de noviembre de 2021 debiendo abonar el diez por ciento 10 % del salario mínimo vital y móvil que se sumará a dicho crédito por cada pedido verificatorio en concepto de arancel en la cuenta nro. 110-323782/7 del BBVA Banco Francés S.A. CBU nº 0170110040000032378274, a nombre de Santiago Julián Quesada. CUIT 20-25570365-0 art. 200 de la ley citada, modificada por la Ley 27.170. El día 4 de febrero de 2022 deberá el Síndico presentar el informe individual y el día 18 de marzo de 2022 presentará el informe previsto por el Art. 39 de la citada ley. Queda prohibido a la fallida percibir y/o efectuar pagos, los que se consideraran ineficaces, asimismo se ordena a la fallida y a terceros para que entreguen a la Síndico los bienes de la fallida. Intímese a la fallida a entregar a la Síndico dentro de las 24 hs., los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad Art. 88 inc.3, 4 y 5 LCQ. Quilmes, septiembre de 2021. Firmado Digitalmente por: Martin Isidro Bilbao, Auxiliar Letrado.
sep. 27 v. oct. 1º POR 5 DÍAS - En I.P.P. Nº PP-06-00-031518-15/00, caratulada "Barragan, Hugo s/Abuso Sexual - Art. 119 párr. 1ro" a fin de solicitarle se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo, el auto que a continuación se transcribe La Plata, 17
de septiembre de 2021. Autos y Vistos: La presente I.P.P. N PP-06-00-031518-15/00, caratulada "Barragan, Hugo s/Abuso Sexual - Art. 119 párr. 1ro". Y Considerando: Que de las constancias obrantes en la presente, surge que no se ha podido dar con el paradero actual de la denunciante de autos resultando imprescindible contar con la misma para la prosecución de la presente. Asimismo, teniendo en consideración que desde la fecha de inicio de los presentes obrados no se han obtenido elementos de prueba que permitan tener por acreditada la materialidad ilícita del hecho investigado, no siendo objetivamente razonable la incorporación de nuevos elementos de cargo, atento el tiempo transcurrido; es que Resuelvo:
Archivar la I.P.P. de referencia, en conformidad con lo normado con el Art. 268, cuarto párrafo del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitar el libramiento de edictos por el término de 5 días a los fines notificar a MARIN ROSANA
ELIZABETH, de lo resuelto precedentemente. Comuníquese al Sr. Juez de Garantías. A tal fin líbrese oficio. Fdo. Betina J.S. de Lacki, Agente Fiscal.
sep. 27 v. oct. 1
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a LUIS ADÁN CABRERA y LORENA PAOLA STRADA en causa Nº 17628 la Resolución que a continuación de transcribe: /del Plata, 21 de septiembre de 2021. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que
SECCIÓN JUDICIAL > página 27

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/09/2021 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data27/09/2021

Conteggio pagine76

Numero di edizioni3393

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione30/07/2024

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