Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/09/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 24 de septiembre de 2021

Espinola Nicolás Gabriel a quien se le imputara el delito de Abuso de Armas, hecho presuntamente ocurrido el día 10 de octubre de 2016 en el partido de Lomas de Zamora.-. Artículo 76 ter del C.P..II.- Sobreseer al encartado Espindola Nicolás Gabriel, titular de DNI Nº 37.279.462, de nacionalidad Argentina, nacido el día 18/6/1993, en Capital Federal, hijo de Laura Liliana Vega y de Leandro Atilio Espindola, domiciliado en calle Bariloche N 451 de Lomas de Zamora, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U3651392, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº AP1478439, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial.
Regístrese, Notifíquese, comuníquese y archívese. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Natalia Carril Zicarelli. Auxiliar Letrada Banfield, 15 de septiembre de 2021.
sep. 21 v. sep. 27
POR 5 DÍAS - En IPP 03-02-004953-21/00 caratulada "Gudiño, Víctor Hugo s/Abuso Sexual" de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4 a cargo del Dr. David Mancinelli, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado VÍCTOR HUGO GUDIÑO cuyo último domicilio conocido era en calle la siguiente resolución:"Villa Gesell, 14 de septiembre del 2021. Autos y Vistos; Para resolver respecto de la Eximición de Prisión del encartado Victor Hugo Gudiño en el marco de la IPP 03-02-4953-21 de trámite por ante este Juzgado de Garantías n 4 Deptal a mi cargo por subrogación de su Titular; Y Considerando; Que en fecha 20 de agosto del corriente año, el Sr. Juez de Garantías, Dr. Gastón Giles concedió la eximición de prisión en favor de Víctor Hugo Gudiño. Que habiendo efectuado un relevamiento de la incidencia de referencia se desprende que al momento el encartado no ha formalizado el acta respectivo ni ha podido ser ubicado por el agente notificador. Tal circunstancia se halla inmersa en las previsiones del inc. 1 del Art. 190 de C.P.P., esto es revocación de la eximición de prisión. Asimismo es dable mencionar que con la incorporación de nuevos elementos a la investigación la calificación legal a quedado sentada como Abuso Sexual con Acceso Carnal en Concurso Real con Abuso Sexual Gravemente Ultrajante por su duración y circunstancias de su realización ambos agravados por ser cometidos por el ascendiente y ser contra una Menor de 18 Años de edad aprovechando la situación de Convivencia Preexistente, previsto y reprimido en los Artículos 119
primer, segundo tercer y cuarto párrafo incisos b y f del Código Penal, calificación que no permite la concesión del beneficio de eximición de prisión. En virtud de lo expuesto, entiende el suscripto que la eximición de prisión oportunamente concedida debe ser revocada en razón de lo establecido en el Art. 190 inc. 1 y 2 del C.P.P., este último inciso en relación al 2 del Art. 189 del C.P.P. Por último y en relación al recurso de apelación interpuesto por el Sr. Agente Fiscal, y en razón de las conclusiones arribadas, corresponde declarar abstracto el mismo. Por lo brevemente expuesto y en razón de los Arts. 1, 23, 99, 106, 148, 189,190 del C.P.P. que; Resuelvo: I.- Revocar la eximición de prisión otorgada al imputado Víctor Hugo Gudiño.- II.- Declarar abstracto el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Agente Fiscal.- Notifiquese.-" David Mancinelli. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores.Asimismo transcribole el auto que dispuso el presente: "Villa Gesell, 15 de septiembre del 2021.-Atento no conocerse el paradero del imputado procédase a la notificación de la revocación de la eximición por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal". David Mancinelli, Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores.
sep. 21 v. sep. 27
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a RANDAZZO LEONARDO DAVID, poseedor del DNI
N 41764173; nacido el 21 de marzo de 199 en Ezeiza, hijo de Walter Alberto Randazzo y de María José Ledesma, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro.
07-01-5172-20 Registro Interno Nº 9008, caratulada "Randazzo Leonardo David s/Robo en grado de Tentativa". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, 15 de septembre de 2021. En atención a lo que surge del informe de fecha 31 de agosto de 2021 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletin Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional".
sep. 21 v. sep. 27
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Ignacio M. del Castillo, Secretaría Única, cita y emplaza a EDUARDO ALFREDO MARCOVICH, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho en la causa Nº 4692-17 RI 8911 caratulada "Marcovich Eduardo Alfredo s/Encubrimiento-8911-", cuya resolución se transcribe: "Lomas de Zamora, 15 de septiembre de 2021. Atento a la incomparecencia del imputado Eduardo Alfredo Marcovich, la imposibilidad de ubicar al mismo para notificarlo en autos en virtud de lo informado en el día de la fecha, más lo manifestado por la Defensa, cíteselo por medio de edictos, los que se publicarán por el término y en la forma establecida en el Artículo 129 del C.P.P. Déjese constancia dentro del texto del edicto, que en caso de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía". Dr. Ignacio M. del Castillo, Juez. Secretaría, 15 de septiembre de 2021.
sep. 21 v. sep. 27
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a Titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamneto Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana Maria Tenuta notifica a ARIEL ALBERTO PERAITA, por el término de cinco 5 de lo resuelto por el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-00-8971-19 Nº interno 7174 seguida al nombrado en orden al delito de Tenencia Simple de Estupefacientes, cuya resolución infra se transcribe: field, 19 de Agosto de 2021. Autos y vistos:
Para resolver en la presente causa N 07-00-8971-19 Nº interno 7174 seguida a Peraita Ariel Alberto por el delito de Tenencia Simple de Estupefacientes, y considerando: Que habiendo transcurrido el término por el cual se concediera el
SECCIÓN JUDICIAL > página 7

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/09/2021 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data24/09/2021

Conteggio pagine78

Numero di edizioni3396

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione02/08/2024

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