Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/09/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 10 de septiembre de 2021

fuera notificado de la medida y de la necesidad que comparezca ante los juzgados requirentes éste y el Juzgado de Garantías nro. 2 en IPP 03-00-3425-19 para regularizar su situación. Respecto de Lima figura en el informe, acta de notificación y plana que en efecto pesa sobre la misma pedido de averiguación de paradero activo en el marco de la Causa 65916, y habiendo en la fecha requerido informe sobre si la existencia de la misma, personal de la Mesa de Entradas indica que según libro de causas derivadas de los Juzgados de Transición existe la causa 65916 caratulada "Fernandez, Jorge Héctor su denuncia en Dolores", la que en la fecha es requerida al Archivo Departamental para verificar su vinculación con la misma, y a fines que la autoridad de intervención resuelva lo que corresponda. De lo recabado resulta que si obra la existencia de sendas causas penales seguidas contra el nombrado Muñoz, en cuyo marco se dispusiera su rebeldía y comparendo compulsivo vigentes al 24 de agosto de 2020 por dos autoridades judiciales diferentes, y causa donde si bien no se conocen aún mayores datos, si consta que pesa un pedido de averiguación de paradero activo respecto de Lima.
Debo mencionar que tal surge de la IPP 2827/20 de trámite ante la UFIJ N 1 donde si bien la ciudadana Lima denuncia, inicialmente lo hizo en forma anómina, cuestión que sin hesitación dificulta la investigación y la comprobación de la hipótesis que plantea, más vinculado lo alli expuesto con lo ahora mencionado por el presentante, organismo este CPM al que además conforme surge en tal proceso, se le hiciera saber en forma fehaciente por parte de la Fiscalía el 22 de septiembre, los términos de la denuncia, en cuanto afirma que la denunciante es la beneficiaria Lima, aunado a lo que pudo determinar investigación mediante la DDI Dolores por disposición fiscal, y se evidencia de conectar a través del presente toda la informativa, los hechos ocurridos el día 24 de agosto del corriente denunciandos, e informados, se encuentran bajo materia de investigación fiscal, no surgiendo de lo informado por la seccional habida cuenta la veracidad de la información relativa al efectiva existencia de medidas judiciales relativas a los nombrados, que se encuentre violando las garantías constitucionales denunciadas, por lo que no logra generar en esta juez el cuadro convictivo necesario para el dictado de la gravosa medida solicitada sin perjuicio delo que en definitiva surja de la investigación fiscal que se lleva adelante por la Dra. Verónica Raggio. Es dable recordar que la importancia del instituto en trato tiene su correlato, en que su procedencia reviste carácter excepcional: es decir que sólo corresponde conocer en un hábeas corpus cuando se vincule a la solución de comprobadas situaciones de grave afectación de las garantías tuteladas, insusceptibles de hallar remedio por vías procesales ordinarias. En síntesis, tal como se desprende de lo expuesto precedentemente, a tenor de los episodios narrados, entiendo pertinente la extracción de copias de la presentación en proveimiento y de la presente resolución, para su posterior remisión a la Fiscalia 1 en el marco de la IPP 2827-20 a los efectos de que se analice el contenido de las mismas y/o profundice tales manifestaciones ante la eventual posibilidad de que pudiere configurarse a "prima facie " la comisión de un delito de acción pblica por parte de los funcionarios policiales; al Juzgado de Garantias N 2 en cuanto concierne al pedido de comparendo compulsivo dispuesto en IPP 3425-19, haciendo contar como ya se ha venido señalando, que por ante este Juzgado que surbrogo, ya se ha tomado intervención respecto de la IPP 252-17 y por cuerda respecto de Muñoz habiendosé dispuesto en el día de ayer el levantamiento de la rebeldía allí dispuesto, y el requerimiento a sus efectos de la mencionada causa 65916 respecto de Lima, como por último en relación a lo informado actuarialmente relativo a que tramita ante el Juzgado de Familia Departamental expediente de inscripción de nacimiento fuera de término, a fin de regularizar la situación documental de Muñoz agregando además que los pedidos de documento nacional de identidad pueden ser obtenidos en forma digital mediante la intervencion de organismos publicos en esencia en la ciudad de dolores a traves de la oficina de acceso a la justicia mediante presentaciones virtuales lo que por su parte se desprende que el presentante Muñoz cuenta con múltiples organismos públicos y la propia Defensoria Oficial Civil de este Departamento Judicial Dolores, y sólo mediante su propio interés y voluntad en estar documentado, librese asimismo copia de lo mencionado a dicho órgano a fin que en lo que pertinente y de corresponder tenga a bien urgir las medidas que estime menester para que pueda el mismo obtener tan fundamental documentación de ciudadanía, poniendo en conocimiento el domicilio indicado en la presentación a despacho copia de lo mencionado a dicho órgano a fin que en lo que pertinente y de corresponder tenga a bien urgir las medidas que estime menester para que pueda el mismo obtener tan fundamental documentación de ciudadanía, poniendo en conocimiento el domicilio indicado en la presentación a despacho Carmona 683 de Dolores, como la que surge de las actuaciones policiales remitidas, calle 3 de Febrero N 232 de Dolores.
Por ello, argumentos expuestos y lo preceptuado por el Art. 405 "a contrario sensu" del CPP Resuelvo: I.- NO hacer lugar a la acción de hábeas corpus preventivo impetrada en favor de los ciudadanos Lima Elida Marina, y Muñoz, Gastón Alberto.
II.- Extraer copias del presente y de la presentación en proveimiento y remitirlas a la UFIJ N 1 en relación a la IPP 03-002827-20 a los efectos que estime corresponder; al Juzgado de Garantias N 2 Departamental en relación al comparendo compulsivo dispuesto respecto de Muñoz en la IPP 03-00-3425-19, y al Juzgado de Familia en relación al Expte. N 8258
caratulado "Muñoz, Gastón Alberto s/Inscripción de Nacimiento fuera de Término" Regístrese. Notifíquese al peticionante Comision Provincial de la Memoria al correo electrónico aportado y a los beneficiarios por su intermedio a fin de evitar su comparendo a dicho efecto a la seccional policial, al Fiscal y Defensoría en turno al inicio del presente. Proveo como juez subrogante". Fdo. María Fernanda HachmannJuez subrogante. Asimismo, transcribole el auto que dispuso el presente:
"HC-03-00- 000057-20/00 Dolores, 30 de agosto de 2021 Autos y Vistos: Por devuelto este expediente del superior en grado, atento lo expuesto a fs. antecedente por la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, en cuanto expresa que, no habiéndose dictado resolución alguna concediendo recurso de apelación que habilite el ingreso de los autos a estudio de ese tribunal, lo devuelve a esta instancia de origen, tengase presente, y no habiendo sido apelada por parte alguna hasta el momento la resolución dictada el pasado 25 de agosto del corriente por la suscripta, obrante a fs. 178
y vta., a todo evento, previo a archivar este proceso, habiéndose requerido a Policia Federal Dolores, notifique personalmente su contenido a Elida Marina Lima, y habida cuenta su estado, no contando con el domicilio del beneficiario Gastón Alberto Muñoz, indocumentado, nacido el 30/3/96, hijo de Sergio Dante Muñoz y de Elizabeth Fabiana Stagno, quien estaría residiendo según Lima en la localidad de José C.Paz, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Proveo como juez subrogante". Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez subrogante, Juzgado de Garantías Nº 1.
sep. 8 v. sep. 14
POR 5 DÍAS - En la Causa N 11.583 I.P.P. N PP-03-00-003275-99/00 seguida a HÉCTOR EDUARDO ARANDA por el delito Abuso Sexual, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann como Juez Subrogante, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido
SECCIÓN JUDICIAL > página 26

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/09/2021 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data10/09/2021

Conteggio pagine93

Numero di edizioni3395

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/08/2024

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