Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/01/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 06 de enero de 2021

Valeria Judith Brand. Juez.- - San Miguel de Tucumán, 8 de agosto de 2019.- Téngase por cumplido con el Art. 159
Procesal. Atento a las constancias de autos notifíquese al Sr. Marcelino Zamora, DNI N 25.377.301, a fin de que en el plazo de cinco días se apersone a derecho en la presente causa y manifieste su postura en relación a la acción instaurada por Daniel Alberto Pomare y Samuel Andrés Zamora. Personal. Notifíquese por edictos a publicarse por 2 dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el de esta Provincia, con transcripción extractada de la demanda. Fdo.
Dra. Valeria Judith Brand, Juez. A continuación se transcribe parte extractada de la demanda: Inicia Adopción por Integración. Pomare, Daniel Alberto, DNI N 21.335.178, casado, de profesión comerciante, con domicilio real en Av.
Solano Vera 2800, El Manantial, Tucumán, constituyéndolo a todos los efectos legales en casillero de notificaciones N 944
perteneciente a mi abogada apoderada Budeguer, Adriana Celina, M.P. N 4284 a V.S. respetuosamente dice: I.- Objeto:
Que por la presente viene a Iniciar Juicio de Adopción por Integración de Zamora, Samuel Andres, DNI N 38.998.875, argentino mayor de edad, domiciliado en Av. Solano Vera 2800, El Manantial, Tucumán, quién es hijo biológico de mi cónyuge Estevez, Ana Maria, DNI N 24.646.962, argentina, con domicilio en Av. Solano Vera 2800, El Manantial. II.Presta Consentimiento Exreso: Por medio de la presente se apersona Zamora, Samuel Andres, mayor de edad, y manifiesta: I.- Que Presta Consentimiento Expreso con el progreso de la acción de Adopción por Integración, iniciada por el cónyuge de su madre: Pomare, Daniel Alberto. Siendo su Voluntad Reemplazar el Apellido Actual Zaora por Pomare con el que realmente se siente identificado personal y socialmente. Todo lo anterior expuesto en consideración de los hechos que a continuación se desarrollan. Hechos Con las pruebas que se acompañan queda demostrado que en este caso particular están cumplidas las exigencias legales pues ha existido y perdurado en el tiempo la posesión de estado de hijo mientras Samuel era menor de edad y hasta la actualidad. Samuel reconoce como único padre a Daniel Pomare. En este caso existen supuestos fácticos en lo que el pretenso adoptado integra o completa su núcleo familiar con la figura del pretenso adoptante, conjuntamente con su madre biológica formando una misma familia con el resto de los hijos del matrimonio. Esta arte solicita que, al No tener Samuel vínculo con su familia paterna se otorgue la adopción plena
Derecho: Fundo mi pretensión en los Arts. 617, 619, 620, 630, 631, 632 y concordantes de C.C. y C. Nación; Leyes complementarias. Petitorio: Por todo lo anterior expuesto, esta parte solicita: 1.- Se nos tenga por presentados, con domicilio legal constituido y se dé intervención de ley. 2.- Se Corra Vista al Ministerio Público oportunamente corresponda.
3.- Se tenga por presentadas las pruebas documental y testimonial ofrecidas. 4.- Se haga lugar a la presente Acción de Adopción por Integración con efecto pleno por ser la misma ajustada a derecho. Proveer de conformidad. Justicia.
Guillermo Batista, Secretario.
ene. 5 v. ene. 14
POR 1 DÍA - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº 3112 I.P.P. Nº 13-02-010200-14 seguida a Maximiliano Ezequiel Ramirez y a Jorge Ariel Pelozo por el delito de Robo Simple en Grado de Tentativa, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: dad de Quilmes, 18 de diciembre de 2020.- Resuelvo:
I.- Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción en Causa Nº 3112 seguida a Maximiliano Ezequiel Ramirez y a Jorge Ariel Pelozo por el delito de Robo Simple en Grado de Tetativa, de conformidad con lo normado por los Arts. 42 y 164
del C.P. y 62 inc. 2, 67 inc. d del Código Penal.- II.- Sobreseer a JORGE ARIEL PELOZO, nacido el 25 de septiembre de 1982 en Santiago del Estero, de nacionalidad argentina, con DNI Nº 29.625.068, hijo de Jorge Daniel Pelozo y de Josefa de Jesús Cuella, con ultimo domicilio en calle Velez Sarfield Nº 139 de Florencio Varela, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 12 de noviembre de 2014 en Fcio. Varela. Arts. 322, 323 inc. 1 y 341 del C.P.P..- III.Sobreseer a MAXIMILIANO EZEQUIEL RAMIREZ, nacido el 8 de enero de 1994 en Florencio Varela, de nacionalidad argentina, con DNI Nº 39.960.916, de ocupación estudiante, hijo de Marcelo Fabián Ramirez y de Catalina Beatriz Arrua, con ultimo domicilio en Av. mitre 5061 casa de 3 pisos, Localidad de Dominico, del partido de Avellaneda, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 12 de noviembre del año 2014 en Florencio Varela. Art. 1del C.P. y Arts. 322, 323 inc. 1 y 341 del C.P.P..- IV.- Levantar la Averiguación de Paradero, dispuesta respecto de Maximiliano Ezequiel Ramirez, y que fué insertada bajo el Nº 2779955. Comuníquese al Ministerio de Seguridad planilla y al Registro Nacional de Reincidencia.- V. Levantar la Averiguacion de Paradero, dispuesta respecto de Jorge Ariel Pelozo, y que fué insertada bajo el Nº 2779963. Comuníquese al Ministerio de Seguridad planilla y al Registro Nacional de Reincidencia.Regístrese, notifíquese al Sr. Fiscal y al Sr. Defensor Oficial. A fin de no dilatar más el libramiento de las comunicaciones de la resolución que antecede, en tanto que la misma no causa gravamen a quien fuera imputado de autos, cúmplase con la notificación al imputado, mediante publicación de la misma en Boletín Oficial, con la transcripción del Art. 54 Decreto Ley 8904. A tal fín líbrese oficio. Por último, cúmplase con la comunicaciones de Ley. Fecho, archívese. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.
POR 1 DÍA - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº 2861, seguida a "Matías Torres por el delito de Encubrimiento Agravado por el Ánimo de Lucro", a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente:
dad de Quilmes, 22 de diciembre de 2020- Autos Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I.- Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción en Causa N 2861 seguida a Matías Torres por el delito de Encubrimiento Agravado por el Ánimo de Lucro, de conformidad con lo normado por los Arts. 277 del C.P. y 62 inc. 2, 67 inc. D del Código Penal. II.Sobreseer total y definitivamente a MATÍAS TORRES, de nacionalidad argentina, nacido el día 31 de mayo de 1984 en la localidad de Bernal, del partido de Quilmes, hijo de Dora Elisa Pedeferri y Miguel Angel Torres, con último domicilio en calle Fabián Onzari N 127 de la localidad de Wilde, del partido de Avellaneda, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 22 de junio de 2013 en Quilmes, conforme Arts. 322, 323 inc. 1 y 341 del C.P.P.. III.- Levantar la Averiguación de Paradero dispuesta sobre el imputado Matías Torres. Comuníquese al Ministerio de Seguridad planilla y al Registro Nacional de Reincidencia. Regístrese, notifíquese a las partes al domicilio legal correspondiente jsqueo@mpba.gov.ar; mcejas@mpba.gov.ar; mslopez@mpba.gov.ar; jmpaz@mpba.gov.ar, conforme Ac. 3991 de la S.C.B.A, y al imputado a través de publicación en el Boletín Oficial. Firme que sea, cúmplase con la comunicaciones de ley y archívese. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez".
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº 1461 seguida a MARÍA LAURA MARONI s/Suministro de Estupefacientes a Titulo Gratuito
SECCIÓN JUDICIAL > página 32

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/01/2021 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data06/01/2021

Conteggio pagine66

Numero di edizioni3401

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione09/08/2024

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