Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/12/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 16 de diciembre de 2019

del anterior Juzgado de Menores 1 Deptal., iniciada el 14/3/2007 en orden al delito de robo en tentativa, de la que se desconoce estado actual.-- Causa 41762 del anterior Juzgado de Menores 1 Deptal., iniciada el 3/3/2008 en orden al delito de robo calificado, de la que se desconoce estado actual.-- Causa 42038 del anterior Juzgado de Menores 1, iniciada el 27/6/2008 en orden al delito de Robo Doblemente Agravado por Efracción y Escalamiento, de la que se desconoce estado actual.-- IPP Nº 08-00-254872-08, causa 31089 del Juzgado de Menores 2, radicada bajo el número 42071 del anterior Juzgado de Menores 1 Deptal, iniciada el 10/7/2008 en orden al delito de robo en tentativa, en la que el 22/7/2008
suspensión del juicio a prueba por un año, dictándose en fecha 11/6/2009 su sobreseimiento.-- IPP 08-00-000086-09 JG
del Joven 1, causa 11/2009 del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil 1, iniciada el 4/1/2009 en orden al delito de tenencia ilegal de arma. En estas actuaciones en fecha 26 de marzo del año 2.010 se le otorga al causante la suspensión del juicio a prueba, posteriormente revocada por corroborarse la comisión en el transcurso de ésta del delito por el que fuera condenado en IPP 08-00-014162-10 , causa nº 3.625 del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2, cuya pena está comprendida en la presente causa. Finalmente, en fecha 17/8/2012, a la que se acumulan las causas 39/2009, 42/2009, 100/2010, 116/2010 y 241/2010, y en la que el 17/8/2012 se dicta sentencia imponiéndole la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo en orden a los delitos de portación ilegal de arma de uso civil, conforme lo normado por el 189 bis., inc. 2, 3 párrafo del CP Hecho Nro. I, IPP.86-09; de Robo agravado por su comisión en poblado y en banda en grado de Tentativa, de acuerdo a los normado en los arts. 42, 167 inc. 2 y 4 del CP Hecho nro. II, IP10781-09, robo agravado por efracción en grado de tentativa, según lo dispuesto por los arts. 42 Y 167 inc. 3 del CP Hecho Nro. III, IPP.
16171-09, robo agravado por efracción en grado de tentativa, según lo dispuesto 42 y 167 inc. 3 del CP Hecho Nro. IV, IPP 1244-10 y robo en grado de tentativa, según lo dispuesto por el art. 42 y 164 del CP Hecho Nro. V, IPP 1740-10, todos ellos en concurso real art. 55 del CP.. Conforme al cómputo practicado se agotaría el 25 de octubre del año 2013, estanto en condiciones de acceder a la libertad condicional el dia 25 de diciembre de 2012. En la misma el Sr. Fiscal requirió se dicte pena única comprendiendo la impuesta en fecha 15/10/2010 de cinco años de prisión ante el TOC 2
Deptal., declarándose tras ello la rebeldía del imputado en fecha 10/4/2013, desconociéndose resolución final en relación al pedido de unificación de penas producido.-- IPP 08-00-010781-09, causa Nro. 39/2009 del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil 1, iniciada el 9/6/2009 en orden al delito de robo calificado. En estas actuaciones en fecha 26 de marzo del año 2.010se le otorga al causante la suspensión del juicio a prueba, posteriormente revocada por corroborarse la comisión en el transcurso de ésta del delito por el que fuera condenado en IPP 08-00-014162-10 , causa nº 3.625 del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2, cuya pena está comprendida en la presente causa. Finalmente, se acumula a la IPP 08-00-000086-09
antes descripta, en la que se dicta sentencia en relación a estos hechos.-- IPP 08-00-015605-09 JG del Joven 2, iniciada el 7/9/2009 en orden al delito de robo, de la que se desconoce estado actual.-- IPP 08-00-016171-09, causa Nro. 42/2009 del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil 1, iniciada el 14/9/2009 en orden al delito de robo calificado en tentativa En estas actuaciones en fecha 26 de marzo del año 2.010 se le otorga al causante la suspensión del juicio a prueba, posteriormente revocada por corroborarse la comisión en el transcurso de ésta del delito por el que fuera condenado en IPP
08-00-014162-10 , causa nº 3.625 del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2, cuya pena está comprendida en la presente causa.
Finalmente, se acumula a la IPP 08-00-000086-09 antes descripta, en la que se dicta sentencia en relación a estos hechos.-- IPP 08-00-016968-09 JG del Joven 2, iniciada el 1/10/2009, en la que el 7/7/2010 se desestima la denuncia.-IPP 08-00-001244-10, iniciada el 20/1/2010 en orden al delito de robo calificado en tentativa, la que es acumulada a la IPP
08-00-000086-09 antes descripta, en la que se dicta sentencia en relación a estos hechos.-- IPP 08-00-001740-10, iniciada el 27/1/2010 en orden al delito de robo calificado en tentativa, la que es acumulada a la IPP 08-00-000086-09 antes descripta, en la que se - IPP 08-00-007328-10 JG del Joven 1, iniciada el 15/4/2010 en orden al delito de robo calificado, de la que se desconoce estado actual.-- IPP 08-00-014162-10, causa nº 3.625 del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2
Departamental, en la que resultó condenado el día 15 de octubre de 2010 a la pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, por resultar coautor jurídicamente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma blanca CP, 166 inc. 2º, primera parte, acaecido en esta ciudad el día 2 de agosto de 2010 en perjuicio de Norma Liliana Lopez; pena ésta unificada con la dictada en estos actuados.-- IPP 08-00-025785-12 JG6, iniciada el 28/11/2012 en orden al delito de lesiones, en la que se dispone el archivo fiscal de lo actuado.-- IPP 08-00-005232-14 JG6, iniciada el 25/2/2014
en orden al delito de tenencia ilegítima de estupefacienes, en la que se dispone el archivo fiscal de lo actuado.-- IPP NRO.
08-00-014683/14 iniciada el 27 de mayo de 2014 por el delito de tenencia de estupefacientes ante el Juzgado de Garantías nro. Dos Departamental, en la que con fecha 17 de junio de 2014 se ordenó el archivo.--IPP NRO. 08-00-22360/14 iniciada el 25 de septiembre de 2014 por el delito de abuso de arma y resistencia a la autoridad ante el Juzgado de Garantías nro.
Uno Departamental, en la que con fecha 23 de abril de 2015 se dictó el sobreseimiento.--IPP NRO. 08-00-23053/14 iniciada el 24 de septiembre de 2014 por el delito de tenencia de estupefacientes ante el Juzgado de Garantías nro. Uno Departamental, en la que con fecha 9 de octubre de 2014 se ordenó el archivo.--IPP NRO. 08-00-25653/14 iniciada el 2 de noviembre de 2014 por el delito de7/ portación de arma y robo agravado ante el Juzgado de Garantías nro. Seis Departamental, siendo la causa nro. 14492 de este Juzgado n la que se dictó sentencia condenando al nombrado a la pena única de ocho años y diez meses de prisión en orden al delito de robo agravado en tentativa, siendo la misma comprensiva de la dictada en la causa nº 3.625 del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 Departamental, en la que resultó condenado el día 15 de octubre de 2010 a la pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, por resultar coautor jurídicamente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma blanca CP, 166 inc. 2º, primera parte, acaecido en esta ciudad el día 2 de agosto de 2010; y la dictada en la causa nº 4.514 del Tribunal Criminal 1 Deptal., en la que se lo condenó a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, accesorias legales, costas del proceso y declaración de reincidencia, por hallárselo coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma y por su comisión en lugar poblado y en banda en grado de tentativa CP, 42, 166 inc. 2º, párrafo 1º y 167 inc. 2º, cometido en esta ciudad el día 1º de noviembre de 2014; pena ésta unificada con la dictada en la presente causa.- - Causa número 3077/2017 del Juzgado Federal 1 Secretaría 4 de Mar del Plata , de la que se desconoce estado actual.--IPP NRO.
08-00-14719/18 iniciada el 4 de julio de 2018 por el delito de uso de documento falso ante el Juzgado de Garantías nro.
cuatro Departamental,, de la que se desconoce estado actual.- Es todo cuanto puedo informar a V.S.- Secretaría, 7 de Noviembre de 2019.- del Plata, 7 de noviembre de 2019.- Visto lo informado, ofíciese comunicando el fallo recaído, el cómputo practicado y los antecedentes del causante, a sus efectos, a los siguientes órganos jurisdiccionales:a Juzgado que hubiera absorvido al Juzgado de Menores 1 en causas 41145, 41762 y 42038.-b Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil 1 en causas 11/2009 y acumuladas, requiriéndose se informe a este Juzgado el resultado del proceso de
SECCIÓN JUDICIAL > página 24

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/12/2019 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data16/12/2019

Conteggio pagine56

Numero di edizioni3397

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/08/2024

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