Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/10/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 04 de octubre de 2019

habilitar el juicio de reproche. Que corresponde atento los cambios legislativos, adaptar la normativa interna a los preceptos de la Convención de los Derechos del Niño en cumplimiento del mandato constitucional y los compromisos internacionales asumidos por el Estado Nacional. El nuevo sistema legal adoptado por nuestro Estado Provincialcuyas pautas fundamentales han sido diseñadas a través de la ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario 300/05, ha de guiar la interpretación judicial de las disposiciones legales vigentes. Ante ello, con la derogación de la ley 10.067 y el nuevo sistema legal, se impide la criminalización de las conductas de los jóvenes infractores de la ley penal de la franja comprendida entre los 16 y los 18 años que se encuentren conminadas con pena de multa, inhabilitación o privativas de la libertad que no superen los dos años de prisión.- Igual solución adopta para los injustos cometidos por menores que aún no han cumplido los 16 años. En ese contexto, una interpretación progresiva del art. 1 de la ley 22.278, permite atribuir a la expresión referida a que el "Juez dispondrá definitivamente" el sentido que lo hará a través de la derivación a los Servicios Locales y/o Zonales de Promoción y Protección de Derechos del Niño que actuarán en el marco de sus programas específicos establecidos en la normativa provincial, ello en la medida de advertirse la existencia de alguna vulneración de sus derechos específicos art. 63, 2º párrafo de la ley 13.634. Protección de Derechos del Niño que actuarán en el marco de sus programas específicos establecidos en la normativa provincial, ello en la medida de advertirse la existencia de alguna vulneración de sus derechos específicos art. 63, 2º párrafo de la ley 13.634. Por ello, y de conformidad con lo que disponen los arts 1 a 7, 10 a 13, 14, 18, 19, 29,30, 31, 32, 33, 34 y Concordantes de la ley 13.298 ; arts 3, 4, 6, 14, 15,18, 21, 29 a 37 y Concds. del Decreto reglamentario 300/05; arts 1 a 7, y 63 de la ley 13.634; Arts 321 y 326 del C.P.Penal; Art.
1 de la ley 22.278; Art. 37 Inc. B, 40 inc,.3 a y b y 4 de la Convención de los Derechos del Niño y art. 75 Inc. 22 de la Constitución Nacional.- Decreto N 151/05 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, que crea y define el Sistema de la Responsabilidad Penal Juvenil; Resoluciones Ministeriales 166/07; 171/06, 172/06, Resuelvo:1. Sobreseer definitivamente por hecho al menor, Torres, Lopez Nazarena Mora, titular del DNI 47.017.586, argentina, soltera, estudiante, con fecha de nacimiento el dia 05 de marzo del año 2005, en la ciudad de Pinamar, con domicilio en calle Francia n 238 de la localidad de Ostende en orden al delito calificado por el ministerio público fiscal ha calificado como lesiones leves por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el art. 323 incs. 5 del CPP. no sometiendo al mismo a proceso penal. 2. Notifiquese al señor Defensor Oficial del joven y Sra. Agente Fiscal del joven 3 Devuélvase la I.P.P. a la unidad funcional del joven departamental con copia del presente a sus efectos. 4 Líbrese oficio a comisaria para notificar al menor y persona mayor responsable. AC 3886-18. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin mas trámite. Fdo: María Fernanda Hachmann. Juez de Garantías del Joven Dptal Seguidamente, se transcribe el auto que ordena el presente: " lores,30 de setiembre del 2.019.-Visto el estado de la presente causa, agréguese el informe proveniente del Renaper, y no existiendo otro domicilio en la presente causa, y a los fines de no dilatar mas el proceso librese oficio por ante el Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires a los fines de proceder a la notificación por edicto a la joven Torres Lopez, nazarena Mora por el termino de 3 dias. Fdo: María Fernanda Hachmann. Juez de Garantías del Joven Dptal Sin más, saludo a Ud. atte.
oct. 3 v. oct. 9
POR 5 DÍAS - El Señor Juez integrante del Tribunal en lo Criminal Nº 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Darío C. Segundo: Por medio de la presente, notifica, por el término de cinco días, a MAULIN SERGIO DAMIAN de nacionalidad argentino, nacido el día 20 de enero de 1974, hijo de Argentino Horacio y de María Cristina Acosta, D.N.I. nro.
23.812.040, con prontuario policial Nº 968.952 de la sección A.P., conforme lo normado por el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal.-El presente se libra en causa Nº 173/4 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, IPP: 63.282 seguida a Maulin Sergio Damnia y Otro en orden al delito de Robo Simple reiterado en concurso real entre sí dos hechos.- Como recaudo legal se transcribe el auto que se debe notificar: mas de Zamora, 7 de Febrero de 2019. - Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa Nº 173/4, Y
Considerando: Que durante el tiempo fijado por este Tribunal en el decisorio de fs. 133/135, el imputado ha cumplido con la obligación que le fuera impuesta, y no ha cometido nuevo delito.- En consecuencia, siendo de aplicación la normativa del Artículo 76 ter. del Código Penal, corresponde extinguir la acción penal en estos autos, siendo ello así y de conformidad con lo establecido en el 341 del Código Procesal Penal se deberá sobreseer al mencionado.- Por todo lo expuesto, éste Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 Departamental, Resuelve: I.- Declarar Extinguida la Acción Penal en la presente causa Nº 173-4, seguida a Maulin Sergio Damian, en orden al delito de Robo Simple Reiterado en Concurso Real entre siíArtículos 76 ter. -cuarto párrafoy 59 del Código Penal.- II.- Sobreseer a Maulin Sergio Damian cuyos datos filiatorios resultan ser: argentino, nacido el día 20 de enero de 1974, D.N.I. nro. 23.812.040, hijo de Horacio y de María Cristina Acosta, en orden al delito de Robo Simple Reiterado en Concurso Real entre sí en virtud de concurrir a su respecto una causal extintiva de la acción penal art. 341 del C.P.P.- Hágase saber al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires y al Registro Nacional de Reincidencia.- Notifíquese y archívese.- Ante Mi: Se cumplió. Conste.- Doctores Marcos A. Martínez, Eduardo Banchieri y Darío C. Segundo Jueces del Tribunal, ante mí: Sandra Aguilar, Secretaria - artículo 129 del Código de Procedimiento Penal. Secretaría, 26 de septiembre de 2019.
oct. 3 v. oct. 9
POR 5 DÍAS - La Dra. Victoria Ambrosini De Coraita Juez, del Juzgado de 1º Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de 2º Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. María Candelaria Zenteno Nuñez, en los autos caratulados:
"Lopez, Julio César S/ Concurso Preventivo" Expte. n 672.803/19, hace saber: 1 Que con fecha 15 de agosto de 2019 se ha declarado la apertura del Concurso Preventivo del Sr. JULIO CÉSAR LÓPEZ, DNI Nº 5.409.046, CUIT Nº 20-5409046-4, con domicilio real en calle Los Ceibos nº 221, Barrio Tres Cerritos y domicilio procesal en calle Avda. Reyes Católicos nº 1330, Oficina 26, ambos de ésta ciudad. 2 Que ha sido designado Síndico Titular el C.P.N. Francisco Roque Nievas, con domicilio en calle Martín Cornejo Nº 267, de esta Ciudad, donde atenderá al público los días martes, miércoles y jueves de 9:00 a 12 hs. 3 Que se ha fijado fecha hasta el 1 de noviembre de 2019, para que los acreedores presenten sus solicitudes de verificación por ante la Sindicatura acompañando los títulos justificativos de sus créditos. art. 14 inc. 3. Se hace saber que de conformidad con la reforma introducida por la Ley Nº 27.170/15, el arancel para solicitar la verificación de créditos art. 32 LCQ se establece en el 10% del SMVM, esto es, $ 1.250,00 Pesos un mil doscientos cincuenta. 4 Señalar el día 17 de diciembre como fecha tope para la presentación del informe individual; y, el 20 de marzo de 2020 para la presentación del Informe General. art. 14 inc. 9. Por lo que corresponde ordenar la publicación de edictos en la forma establecida en los arts. 27 y 28 de la LCQ, la que estará a cargo de la Concursada en el término y bajo apercibimiento de
SECCIÓN JUDICIAL > página 26

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/10/2019 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data04/10/2019

Conteggio pagine64

Numero di edizioni3381

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

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