Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 05 de abril de 2019

Plata, cita y emplaza a AGROGANADERA BELL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, matricula Nº 109736, para que dentro del plazo de 10 días comparezca a contestar demanda y estar a derecho en autos Mahuñ Miguel Angel c/
Agroganadera Bell Srl y Otros s/ Despido, expte. 38673, bajo apercibimiento de tener por no contestada si no lo hiciere y declararlo rebelde en su caso. articulo 28 de la ley 11653. arts. 146, 147 y concs. Del CPCC. El auto que así lo ordena dice: "La Plata, 5 de Febrero de 2016.- De la demanda instaurada y documentación acompañada traslado con adjunción de copias a Agroganadera Bell S.R.L. por el plazo de diez días, quienes deberán contestarla y comparecer a estar a derecho dentro del referido plazo bajo apercibimiento de tener aquélla por contestada si no lo hicieren y declararlos rebeldes en su caso. Artículo 28 de la ley 11653. Notifiquese Arts.16 inc."a" y 63 ley 11653; 120 y 137 del CPCC.- -" Fdo. Victor Hugo Guida - Juez.otro: "La Plata, 25 de abril de 2018. Autos: Mahuñ, Miguel Ángel c/Agroganadera Bell S.R.L. y otros s/Despido, Expediente N 38.673. 2 Ordenando que la notificación del traslado de demanda a Agroganadera Bell Sociedad de Responsabilidad Limitada dispuesto a fojas 53 y vuelta, se realice por edictos, observando las prescripciones de los artículos 145 a 147 del Código Procesal Civil y Comercial arts. 11 y 63, ley 11.653.
Notifíquese art. 16.l, ley 11.653. "Stella Maris Marcasciano - Juez. Mauricio Javier BordinoJuez -Víctor Hugo GuidaJuez .Horacio Rubén Martínez Abogado Adscripto".
abr. 4 v. abr. 8
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a Cargo P.D.S del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dr. Ignacio Miguel Del Castillo. Notifica a ARECO HORACIO GUILLERMO, en la causa Nº 732256/3 nº interno 2690
seguida al nombrado en orden al delito de ROBO, de tramite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 42021327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: field, 26 de marzo de 2019. Y Vistos: Esta causa Nº 732256/3 nº interno 2690 del registro de este Juzgado y Nº 970/2007 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excelentísima Cámara de Apelación de Garantías departamental, caratulada "Areco Rossi Horacio Guillermo s/ Robo" y Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de robo presuntamente ocurrido el 18 de diciembre 2006 en Luis Guillon del que fuera víctima Ramón Baez Lopez, y la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 23 de marzo de 2007 fs. 42, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial. Que a fs. 176/vta. el Sr. Fiscal de Juicio Dr. Jorge Ariel Bettini Sansoni, solicitó la prescripción de la acción penal. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada "O.L.A. s/ recurso de casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo" cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos"
305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent.
del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos b, c y d y aún el a del C.P. que se refiere a la comisión de otro delito, resultando que los tres primeros fueron realizados entre el día 19 de diciembre de 2006 fs. 20 y la radicación de fecha 23 de marzo de 2007 fs.
42, por lo que se encuentra cumplido el plazo de prescripción previsto en el art. 62 inc. 2 del Código Penal, conforme surge de la certificación que antecede. Que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones obrantes a fs.
168/171 y 174 respectivamente, con los cuales se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art.67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, es que Resuelvo: I Declarar Extinguida La Acción Penal Por Prescripción, respecto del encartado Areco Rossi Horacio Guillermo, en la presente causa Nº 732256/3 nº interno 2690 que se le sigue en orden al delito de Robo, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo. Artículos 62 inciso 2do. y 67 del Código Penal. II Sobreseer al imputado Areco Horacio Guillermo, titular de D.N.I. Nº 23.073.806, de nacionalidad argentina, soltero, nacido el día 23 de diciembre de 1972, en Monte Grande, desocupado, hijo de Juan Julio Areco y de Hilda Noemí Rossi, domiciliado en calle San Martín Nº 878, Monte Grande, Pcia. Bs. As., anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U995717, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1221148 AP., en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, notifíquese, comuníquese a quien corresponda. Asimismo, en atención al domicilio denunciado por el imputado de marras a fs. 151 notifíquese la presente resolución por intermedio de edictos.
Fecho, archívese. Fdo.: Ignacio Miguel Del Castillo, Juez a cargo P.D.S. Ante mi: Maximiliano Estevez, Auxiliar Letrado Secretaría, Banfield, 26 de marzo de 2019.
abr. 4 v. abr. 10
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a Cargo P.D.S. del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, cita y emplaza a ALMADA NATANAEL DIEGO, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-00-36716-13 nº interno 5502 seguida al nombrado en orden al delito de Encubrimiento, cuya resolución infra se transcribe: field, 15 de marzo de 2019. Y Vistos Considerando
Resuelvo: 1 Citar a Almada Natanael Diego por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5
días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2
Suspender los términos del plazo de citación a juicio hasta que se obtenga el resultado de los edictos publicados. Notifíquese. Fdo. Ignacio Miguel Del Castillo, Juez P.D.S. Ante mí: Maximiliano Estevez. Auxiliar Letrado
Secretaría, Banfield, 15 de marzo de 2019.
abr. 4 v. abr. 10

SECCIÓN JUDICIAL > página 18

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2019 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data05/04/2019

Conteggio pagine43

Numero di edizioni3382

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione15/07/2024

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