Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/02/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 05 de febrero de 2019

mismos y que actualmente se encuentren en la Unidad Penal 44 a la Unidad Penal 15. V. Solicítese a los Magistrados a cargo de los Juzgados de Ejecución anteriormente reseñados que aquellos detenidos que transitoriamente deban ser trasladados a otras Unidades carcelarias de la Provincia de Buenos Aires en razón de la situación descripta, sean reintegrados a esta ciudad mensualmente y por un término razonable para asegurarle a los afectados el contacto familiar con su grupo familiar y tomándose en cuenta lo también resuelto por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal.
Sala IIIa. en la causa 13.367, "Dra. Cecilia Boeri s/ Habeas Corpus colectivo correctivo" en fecha 17/11/2008, en cuanto resolviera Disponer que en aquellos casos en los cuales penados alojados en la Unidad Penal 44 deban ser trasladados hacia la Unidad Penal 15 en razón de la situación en cuestión, las Jefaturas de ambas Unidades estén exentas de llevar a cabo el procedimiento fijado en el presente hábeas corpus, debiendo materializarlo en los términos previstos en los arts. 97
y 98 de Ley 12.256 dada la conflictiva situación de cupos existente en las Seccionales Policiales de la Provincia y la función de Alcaidía que cumple la mencionada Unidad Penal, requiérase a la Jefatura de la Unidad Penal 44 Batán se adopten las medidas pertinentes para procederse al traslado del interno a la Unidad Penal 15, Batán, o en su defecto, de no ser ello posible, se informe tal circunstancia a este Juzgado así como se requiera a estos estrados el aval correspondiente para su reubicación en otras dependencias carcelarias. 2.- Informe el señor Actuario el cómputo de pena practicado, el que se encuentra firme, y ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante, a fin que se tome debida nota del cómputo de pena aprobado en este proceso en el Legajo Personal del condenado.- 3.- Téngase presente que respecto del decomiso del revólver secuestrado en autos, se han librado los oficios de rigor en la causa 15511 de este Juzgado-4.Solicítese cuádruple juego de fichas dactiloscópicas. 5.- Comuníquese al Patronato de Liberados la fecha a partir de la cual el condenado deberá comenzar la tarea de preegreso prevista en el art. 166 de la ley 12.256. 6.- Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nº 08-00-006525/17 y su acumlada IPP 08-00-006435-17, causa Nº 1575 del Tribunal en lo Criminal n 4 Deptal. 7.- Comuníquese a la Unidad Penal que aloja al causante para que tome debida nota en el correspondiente legajo que la Defensa del Mismo es ejercida por el Dr. Sebastian Nicollier .-8.- Ofíciese al ANSES Mar del Plata, a efectos de comunicarle a dicho organismo la sentencia dictada en autos así como el cómputo de pena practicado, todo ello a los fines que entienda pertinentes. 9.- Atento lo resuelto por la Sala II de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Deptal. en c.20.527 - Vázquez Walter M. s/hurto, en cuanto que al Juzgado de Ejecución le compete el control de legalidad del cumplimiento de la condena impuesta a un penado en un caso concreto, tanto en su aspecto cuantitativos como cualitativos, mas no en la ejecución de las costas que se hubieran impuesto a la misma Arg.
conf. 25 del CPP y 3 ley 12.256. ", hágase saber al Sr. Juez sentenciante que este Juzgado de Ejecución Penal no ejecutará las costas impuestas, quedando las mismas a cargo del organismo que dictó sentencia.-10.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de las víctimas Gambino Gabriela y Castellanos Enrique a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias;
régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada.-11.- Informe el Actuario los antecedentes del causante.-Oportunamente vuelvan los autos a despacho.- ñor Juez:Informo a V.S. que a fs.2/7, se encuentra agregada la sentencia dictada en este proceso, en la que con fecha 19/3/2018 se sanciona a Ortiz Joel Ariel a la pena de cinco años y seis meses de prision , por resultar coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por el empleo de arma cuyo poder vulnerante no ha sido acreditado y por la causación de lesiones graves, el Hecho I, . y cometido en Mar del Plata el 25 de marzo de 2017 en perjuicio de Gabriela Cecilia Gambino; y robo agravado por el empleo de arma de fuego sin poder vulnerante el Hecho II, y cometido en Mar del Plata el 26 de marzo de 2017 en perjuicio de Enrique Francisco Castellanos, los que concurren materialmente entre sí. Que de acuerdo al cómputo de pena practicado por el Juzgado de Origen, a fs. 14, aprobado a fs. 15, la pena impuesta a Ortiz Joel Ariel vence el día veinticinco de septiembre de dos mil veintidos 25/9/2022.. Así también hago saber a V.S. que al no habérsele declarado reincidente está habilitado para acceder a la libertad condicionalart. 13 del C.P. al cumplir en detención dos terceras partes de su condena, lo que opera el día 25/11/2020. Secretaría, 9 de Noviembre de 2018. Ricardo Perdichizzi , Juez del Plata 29 de enero de 2019. Autos y Vistos: Desconociéndose el domicilio actual del Sr. Castellanos Enrique Francisco notifíquese al mismo a tenor de lo normado por el art. 129 CPP por medio de la publicación de edictos en el Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días hábiles. Ricardo G. Perdichizzi, Juez".
feb. 4 v. feb. 8
POR 5 DÍAS - Por Disposición Superior de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 1 de Saladillo, en I.P.P. N 06-01000794-16, caratulada "s/Encubrimiento - Portillo Sandro Damián Imp - Lobos", a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de citar al señor SANDRO DAMIÁN PORTILLO para que comparezca, en el término de cinco días, a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción de Saladillo, sita en calle Alvarez de Toledo N 2903 de la ciudad de Saladillo, con el objeto de estar a derecho, aportando su domicilio real. La resolución que así lo dispone dice: Saladillo, de enero de 2019. Visto que hasta el día de la fecha no se ha logrado notificar en el domicilio aportado en autos, al imputado Sandro Damián Portillo, cíteselo en la forma prevista por el artíulo 129 del C.P.P. para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín Oficial, ante la sede de esta Unidad Funcional de Instrucción con sede en Saladillo, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, bajo apercibimiento, e caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la pertinente declaración de rebeldía en su contra." Fdo. Dr. Alberto Espartaco Sarramone - Agente Fiscal UFIJ N 1 Saladillo P.D.S. Mariela Yael Mendes - Secretaria.
feb. 4 v. feb. 8
POR 2 DÍAS - Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N4 Secretaría Ejecución Tributaria de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de Misiones, con domicilio en Avda. Santa Catalina N1735, Planta Baja,, de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, cita por diez días a ARON RABE E HIJOS S.A. 30-53976222-9 a comparecer en juicio "Expte. N110381/18, Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones c/ Aron Rabe E Hijos S.A. s/ Ejecución Fiscal", bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial. Posadas, Misiones.
feb. 5 v. feb. 6

SECCIÓN JUDICIAL > página 6

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/02/2019 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data05/02/2019

Conteggio pagine7

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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